Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2006 (13/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2006

10. Dirigir, organizar y supervisar el funcionamiento del Archivo Central; 11. Coordinar con las diferentes gerencias de la institucion aspectos relacionados a la operatividad y funcionamiento de las Oficinas Desconcentradas que establezca CONSUCODE en las distintas regiones del Peru. 12. Representar a la Presidencia del CONSUCODE en actos oficiales; 13. Asesorar al Presidente de CONSUCODE en el planeamiento, programacion y ejecucion de las acciones de seguridad y defensa nacional; 14. Las demas que le sea asignada por la Presidencia, en el ambito de sus funciones. CAPITULO IV: DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL SUBCAPITULO UNICO: DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Articulo 10º.- Definicion El Organo de Control Institucional (OCI) es el organo integrante del Sistema Nacional de Control de acuerdo a lo previsto en el Art. 13º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; es el encargado de conducir, programar, ejecutar y evaluar las acciones de control, de conformidad con las Normas del Sistema Nacional de Control, asi como ejecutar el control interno posterior, referido a la mision de la Ley, y el control gubernamental externo. Articulo 11º.- De su mision El OCI tiene como mision promover la correcta y transparente gestion de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, asi como el logro de sus resultados, mediante la ejecucion de acciones y actividades de control, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales. Articulo 12º.- De la designacion, dependencia y vinculos del OCI Esta a cargo de un Jefe, que es designado por la Contraloria General de la Republica, manteniendo vinculacion y dependencia funcional y administrativa con dicha entidad, en su condicion de ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control; e informa directamente al titular de la entidad, sobre los requerimientos y resultados de las acciones y actividades de control inherentes a su ambito de competencia. Es responsabilidad del jefe de la OCI administrar el Organo sujetandose a las politicas y normas de la entidad y de la Contraloria General de la Republica. Articulo 13º.- De sus funciones y atribuciones Las funciones y atribuciones del OCI son las siguientes: 1. Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad sobre la base de los lineamientos y el cumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere el articulo 7º de la Ley Nº 27785, y el control externo a que se refiere el Art. 8º de la citada Ley, por encargo de la Contraloria General de la Republica. 2. Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, asi como a la gestion de la misma, de conformidad con las pautas que senale la Contraloria General. Alternativamente estas auditorias podran ser contratadas por el CONSUCODE con sociedades de auditoria externa, con sujecion al reglamento de la materia. 3. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad que disponga la Contraloria General, asi como las que MORDAZA requeridas por el Presidente del CONSUCODE. Cuando estas ultimas tengan caracter de no programadas, su realizacion sera comunicada a la Contraloria General por el Jefe de la OCI. Se consideran actividades de control, entre otras, las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verificaciones. 4. Efectuar control preventivo sin caracter vinculante, al organo de mas alto nivel de la entidad con el proposito

de optimizar la supervision y mejora de los procesos, practicas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinion que comprometa el ejercicio de su funcion, via el control posterior. 5. Remitir los informes resultantes de sus acciones a la Contraloria General, asi como al Presidente del CONSUCODE y del Sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia. 6. Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omision, o de incumplimiento, informando al Presidente del CONSUCODE para que adopte las medidas correctivas pertinentes. 7. Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores publicos y ciudadanos sobre actos y operaciones de la entidad, otorgandole el tramite que corresponda a su merito y documentacion sustentatoria respectiva. 8. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloria General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para tal efecto. 9. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte el CONSUCODE, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materializacion efectiva, conforme a los terminos y plazos respectivos. Dicha funcion comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control. 10. Apoyar a las comisiones que designe la Contraloria para la ejecucion de las actividades de control en el ambito del CONSUCODE. Asimismo, el Jefe de la OCI y su personal, colaboraran, por disposicion de la Contraloria General, en otras acciones de control externo, por razones operativas o de especialidad. 11. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables al CONSUCODE, por parte de las unidades organicas y personal de estas. 12. Formular y proponer el presupuesto anual del OCI para su aprobacion correspondiente por el CONSUCODE. 13. Participar en la preparacion de los documentos de gestion de la institucion; 14. Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloria General. 15. Otras que establezca la Contraloria General de la Republica. CAPITULO V: DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO SUBCAPITULO I: DE LA GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA Articulo 14º.- Definicion La Gerencia de Asesoria Juridica es el organo encargado de brindar asesoramiento legal a los organos del CONSUCODE en materia de administracion y gestion de la Institucion. Representa a la institucion en las diferentes instancias administrativas, judiciales y de solucion de controversias en general. Tiene a su cargo el seguimiento de la cobranza de las acreencias de la institucion. Esta a cargo de un Gerente que depende directamente de la Presidencia del CONSUCODE. La Gerencia de Asesoria Juridica no cuenta con divisiones. Articulo 15º.- De sus funciones y atribuciones Las funciones y atribuciones de la Gerencia de Asesoria Juridica son las siguientes: 1. Brindar asesoramiento legal a la Presidencia y unidades organicas de la Institucion en materia de administracion y gestion; 2. Emitir opinion legal en los recursos impugnativos que MORDAZA de conocimiento de la Presidencia del CONSUCODE; 3. Mantener informadas a las areas y dependencias de las disposiciones legales, reglamentarias y demas normas relacionadas a las actividades de la Institucion; 4. Compilar, sistematizar y mantener actualizados las disposiciones legales de los procesos de gestion que tengan incidencia en el funcionamiento del CONSUCODE; 5. Proyectar y visar las resoluciones y directivas en el ambito de su competencia;

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