Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2006 (13/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA ABUSADA HERESI, Permiso de Operacion sobre otras actividades aeronauticas ­ Ultraligeros, de acuerdo al inciso d) del Articulo 167º de la Ley de Aeronautica Civil, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Otras actividades aeronauticas ­ Ultraligeros, segun el inciso d) del Articulo 167º de la Ley de Aeronautica Civil. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MXP-1000 TAYRONA. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS - Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. BASE DE OPERACIONES: - Lima. SUBBASE DE OPERACIONES: - Ica y Arequipa. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas al senor MORDAZA MORDAZA ABUSADA HERESI deben adecuarse a lo senalado por la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP Nº 103. De efectuarse operaciones comerciales, la aeronave debera contar con un Certificado de no objecion tecnica operacional, matricula, el correspondiente permiso de operacion y todo otro requerimiento que la Direccion General de Aeronautica Civil prescriba al respecto para el uso que el operador pretenda realizar. Asimismo, el tripulante que conduzca la operacion comercial debera contar con una licencia de piloto comercial. Articulo 3º.- El senor MORDAZA MORDAZA ABUSADA HERESI podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 4º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion. Articulo 5º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 6º.- El senor MORDAZA MORDAZA ABUSADA HERESI debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 7º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento, la Regulacion Aeronautica del Peru; y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CROVETTO MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e) 05920 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 044-2006-MTC/12 MORDAZA, 22 de marzo del 2006 Vista la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre Permiso de Operacion respecto de otras actividades aeronauticas ­ Ultraligeros;

Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 0682006-MTC/12.AL, Nº 135-2006-MTC/12.AL y Nº 1502006-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memoranda Nº 0610-2006-MTC/12.04 y Nº 911-2006-MTC/12.04, emitidos por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, literal g), de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Permiso de Operacion - Otras actividades aeronauticas ­ Ultraligeros, de acuerdo al inciso d) del Articulo 167º de la Ley de Aeronautica Civil, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Otras actividades aeronauticas ­ Ultraligeros, segun el inciso d) del Articulo 167º de la Ley de Aeronautica Civil. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MXP-100 TAYRONA. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS - Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. BASE DE OPERACIONES: - Lima. SUBBASE DE OPERACIONES: - Ica y Arequipa. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA deben adecuarse a lo senalado por la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP Nº 103. De efectuarse operaciones comerciales, la aeronave debera contar con un Certificado de no objecion tecnica operacional, matricula, el correspondiente permiso de operacion y todo otro requerimiento que la Direccion General de Aeronautica Civil prescriba al respecto para el uso que el operador pretenda realizar. Asimismo, el tripulante que conduzca la operacion comercial debera contar con una licencia de piloto comercial. Articulo 3º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 4º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el

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