Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2006 (25/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano viernes 25 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

326837

VISTO: El Oficio Nº 1243-2006-MTPE/3/11.2, de fecha 5 de MORDAZA de 2006, de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por el articulo 1º de la Ley Nº 27779, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, disena y promueve las politicas activas de empleo a fin de obtener un mejoramiento en su calidad y cantidad; desarrolla mecanismos que aseguren la productividad y empleabilidad de la fuerza laboral; fomenta el dialogo social; y disena, propone y supervisa el cumplimiento de las normas y leyes laborales; Que, el Centro de Investigacion de la Universidad del MORDAZA (CIUP), el Grupo de Analisis para el Desarrollo (GRADE) y el Centro de Estudios para el Desarrollo y la Participacion (CEDRED), organizaron la "I Conferencia de Economia Laboral - CEL I", que se llevo a cabo el 23 y 24 de noviembre de 2004, evento auspiciado, entre otros, por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, acordando sus organizadores, la realizacion de una "II Conferencia de Economia Laboral - CEL II", la misma que se realizara en el presente ano; Que, en merito a lo expuesto, mediante Resolucion Ministerial Nº 137-2006-TR, de fecha 30 de marzo de 2006, se ha autorizado la participacion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, como uno de los organizadores de un evento denominado "II Conferencia de Economia Laboral - CEL II", a realizarse del 23 al 24 de noviembre de 2006; Que, dicha Conferencia tiene por objetivo concentrar los estudios mas recientes y destacados trabajos, desde las perspectivas de la economia y el derecho laboral, contando para ello, con la participacion de destacados investigadores nacionales e internacionales, incentivando el dialogo y concertacion entre los actores sociales y el Estado y que contribuyan a la mejor toma de decisiones en el diseno de politicas del sector; Que, dicho evento es organizado, entre otros, por la Pontificia Universidad Catolica del Peru - PUCP, institucion dedicada a la educacion superior, a la investigacion academica y a la proyeccion y extension universitaria, orientando a la capacidad transformadora de la sociedad peruana; Que, en ese sentido, corresponde oficializar la "II Conferencia de Economia Laboral - CEL II" y constituir una Comision de Trabajo, encargada de implementar las acciones que contribuyan a su realizacion; Con la visacion de la Directora Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De la oficializacion del evento Dar caracter oficial al evento denominado "II Conferencia de Economia Laboral CEL - II", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 23 al 24 de noviembre de 2006, la misma que no irrogara gastos al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- De la Constitucion de una Comision de Trabajo Constituir una Comision de Trabajo encargada de implementar las acciones que contribuyan a la realizacion efectiva de la Conferencia a que hace referencia el articulo anterior. Articulo 3º.- Conformacion de la Comision La Comision encargada de implementar las acciones para la realizacion de la citada Conferencia estara integrada por los siguientes miembros: Representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo - Coordinadora del Programa de Estadisticas y Estudios Laborales - PEEL, quien la presidira;

- Directora Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional. Representantes de la Pontificia Universidad Catolica del Peru - PUCP - Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesor del Departamento de Economia de la Facultad de Ciencias Sociales de la Pontificia Universidad Catolica del Peru PUCP. Articulo 4º.- Participacion de terceros. Las instituciones publicas y privadas, asi como las personas naturales y juridicas interesadas en el trabajo de la comision podran efectuar sus propuestas y recomendaciones, las mismas que deberan canalizarse a traves de la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional. Articulo 5º.- Del plazo La Comision debera ser instalada en un plazo de tres (3) dias habiles a partir de la publicacion de la presente Resolucion y tendra un plazo de quince (15) dias habiles para cumplir con lo dispuesto en el MORDAZA articulo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 01366-1

Designan representante del Ministerio ante Comision Multisectorial encargada de armonizar disposiciones sectoriales en materia de seguridad y salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 293-2006-TR MORDAZA, 22 de agosto de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2896-2006-MTPE/2/11.1, de la Direccion Nacional de Relaciones de Trabajo; el Oficio Nº 303-2006-MTPE/5, del Jefe de Gabinete de Asesores; Memorandum Nº 1470-2006-MTPE/4, de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2005-TR, se aprobo el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, aplicable a todos los sectores economicos comprendiendo a todos los empleadores y trabajadores, bajo el regimen laboral de la actividad privada, teniendo como objetivo promover una cultura de prevencion de riesgos laborales en el pais; Que, la Tercera Disposicion Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo, establece que mediante Resolucion Ministerial del Sector Trabajo y Promocion del Empleo se constituira una Comision Multisectorial encargada de armonizar las disposiciones sectoriales en materia de seguridad y salud que se encuentren vigentes; Que, en merito a lo expuesto, mediante Resolucion Ministerial Nº 247-2006-TR y su modificatoria la Resolucion Ministerial Nº 275-2006-TR, se creo la Comision Multisectorial a que hace referencia el considerando anterior; Que, el articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial, establece que la Comision Multisectorial, estara conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, quien la presidira; Que, en merito a lo expuesto, es necesario emitir el acto administrativo que designe al representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision Multisectorial encargada de armonizar las disposiciones sectoriales en materia de seguridad y salud que se encuentren vigentes; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder

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