Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2006 (25/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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UB

LICA DEL P E

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326856
Nº CONSTITUCION del CONCEJO MUNICIPAL 4/5 partes del total de candidatos a Regidores No menos de 4/5 (80%) deben ser designados en eleccion interna 11 9 8 6 4

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 25 de agosto de 2006

No mas de un 1/5 (20%) de las candidaturas a regidores pueden designarse directamente 2 2 1 1 1

Marleny Similiana MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada integrante de la Organizacion Politica Local "Partido Aprista Peruano" para que asuma el cargo de regidora de dicha comuna, segun documentacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Pasco; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Articulo Tercero de la Resolucion Nº 1241-2006-JNE del 13 de MORDAZA del 2006 y en consecuencia, se ordena convocar a la ciudadana Marleny Similiana MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada integrante de la Organizacion Politica "Partido Aprista Peruano" para que asuma el cargo de regidora en el Concejo Provincial de Pasco, departamento de Pasco, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 2006, debiendosele otorgar la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 01374-15 RESOLUCION Nº 1342-2006-JNE Exp. Nº ADM- 2006-2623 MORDAZA, 22 de agosto de 2006 VISTA, la solicitud presentada por el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, requiriendo el otorgamiento de credencial para el reemplazante del regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA por licencia concedida por el Concejo Provincial de San MORDAZA, por postular como candidato al Consejo Regional de la Region MORDAZA en las Elecciones Regionales del 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado el 22 de marzo de 2006 en el Diario Oficial El Peruano, se convoco a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de las Regiones de toda la Republica, asi como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de Concejos Provinciales y Distritales para el MORDAZA 19 de noviembre de 2006; Que, el inciso c) del articulo 14º de la Ley de Elecciones Regionales, Ley Nº 27683, establece que no puede postular a la presidencia, vicepresidencia o miembro del consejo regional, el regidor que no ha solicitado licencia sin goce de haber, la misma que debe serle concedida obligatoriamente, con ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de la eleccion; Que, por Resolucion Nº 860-2006-JNE, publicada el 11 de MORDAZA de 2006 en el Diario Oficial El Peruano, el MORDAZA Nacional de Elecciones dispuso como MORDAZA fecha, el 22 de MORDAZA de 2006, para que los regidores que postulen a los cargos de Presidente, vicepresidente o miembro del consejo regional, soliciten licencia sin goce de haber con la suficiente anticipacion, a fin de acreditar que MORDAZA les fue otorgada por la administracion publica; teniendose en cuenta que dichos cargos municipales quedaran en suspenso, debiendo ser puestos en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones con la debida anticipacion a fin de emitir la acreditacion correspondiente, en lo que corresponda y, no generar vacios de poder; Que, resulta necesario precisar que las licencias a que se refiere la precitada Resolucion Nº 860-2006-JNE, operan unicamente en los procesos electorales y tienen naturaleza especial o extraordinaria de conformidad a lo

3 4 5 6 7

Con 13 Regidores Con 11 Regidores Con 9 Regidores Con 7 Regidores Con 5 Regidores

10.4 8.8 7.2 5.6 4

Articulo Quinto.- Precisar que los partidos politicos que cuenten con candidatos jovenes como resultado de sus procesos de democracia interna, pero sin alcanzar el minimo del 20% de las candidaturas, cumpliran con dicha exigencia completando la cuota con las candidaturas comprendidas en el MORDAZA de designacion directa a que se refiere el Articulo MORDAZA de la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Senalar que la fecha limite para la MORDAZA de las listas de candidatos a MORDAZA y Regidores que formulen los partidos politicos, movimientos regionales, organizaciones politicas locales y alianzas, para el MORDAZA de elecciones municipales del 19 de noviembre de 2006, vence el 30 de agosto de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 01374-14

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores de los Concejos Provinciales de Pasco y San MORDAZA
RESOLUCION Nº 1339-2006-JNE Exp. Nº 28-2006 MORDAZA, 22 de agosto de 2006 VISTO, el Oficio Nº 204-2006-A-HMPP del 8 de agosto del 2006, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pasco, por el cual solicita la correccion de la Resolucion Nº 1241-2006-JNE; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion dirigida por el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pasco, se informa que el senor Wilmer MORDAZA Carhualloclla ha sido convocado para reemplazar al regidor de dicha comuna, senor MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Tapia; sin embargo, el indicado regidor ya fue convocado como consecuencia de la aceptacion de la renuncia del MORDAZA de la referida Municipalidad; Que, en efecto, se ha verificado que mediante Resolucion Nº 1160-2006-JNE del 9 de junio del 2006 se convoco a don Wilmer MORDAZA Carhualloclla para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Pasco, para que complete el periodo de gobierno municipal 20032006; Que, como consecuencia de ello y de conformidad con lo establecido por el Articulo 24º de la Ley Nº 27972, en caso de vacancia de regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo convocar a la ciudadana

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