Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2006 (25/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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RESOLUCION SECRETARIAL Nº 071-CND-ST-2006 MORDAZA, 24 de agosto de 2006

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 25 de agosto de 2006

FONAFE
Modifican la Directiva de Transparencia en la Gestion de las empresas bajo el ambito del FONAFE
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 167-2006/DE-FONAFE MORDAZA, 10 de agosto de 2006 LA DIRECCION EJECUTIVA DEL FONAFE: Visto el Informe Nº 019-2006/GD-FONAFE del 10 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Directorio Nº 003-2002/008FONAFE, de fecha 1 de MORDAZA de 2002, se aprobo la Directiva de Transparencia en la gestion de las Empresas y Entidades bajo el ambito de FONAFE, a efectos de establecer las normas que orienten la gestion de dichas Empresas hacia un manejo transparente de la informacion publica, rigiendose por los principios de transparencia y racionalidad; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, publicado el 24 de MORDAZA de 2003, se sistematiza la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su modificatoria; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, publicado el 7 de agosto de 2003, se reglamenta la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, sin incluir a las Empresas del Estado en su ambito de aplicacion; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 095-2003PCM, publicado el 28 de noviembre de 2003, se modifica el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, quedando las Empresas del Estado sujetas a las normas referidas al procedimiento de acceso a la informacion; Que, mediante Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 065-2004-DE-FONAFE, de conformidad con las facultades delegadas a traves del Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/010-FONAFE, se aprobo la Directiva de Transparencia en la gestion de las Empresas y Entidades bajo el ambito de FONAFE, con la finalidad de adecuar la Directiva a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, al no existir una correspondencia entre la Directiva de Transparencia en la Gestion de las empresas bajo el ambito de FONAFE y la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para empresas bajo el ambito de FONAFE, respecto al plazo de MORDAZA de informacion referida al Plan Estrategico, es necesario que la primera sea modificada, con el objetivo que las normas sobre la materia MORDAZA de aplicacion coordinada y se eviten confusiones y eventuales incumplimientos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el numeral 3.2 de la Directiva de Transparencia en la Gestion de las empresas bajo el ambito de FONAFE, en el siguiente sentido: "3.2. Informacion referida al Plan Estrategico y al Plan Operativo. Las empresas deberan publicar en sus respectivas paginas Web, de manera semestral, dentro de los 20 dias calendario siguientes de concluido el semestre la informacion correspondiente al literal a) siguiente. Asimismo, deberan publicar de manera trimestral, dentro de los 20 dias calendario siguientes de concluido el trimestre la informacion correspondiente a los literales b), c) y d) siguientes. a) Los resultados semestrales en los indicadores de desempeno establecidos en sus respectivos Planes Estrategicos asi como tambien los resultados obtenidos en los mismos objetivos en los ultimos tres (3) anos.

VISTO: El Informe Nº 011-2006-CND/OC-PPS; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dispone que en cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad debera reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido; Que, el articulo 86º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que cuando la Entidad decida cancelar un MORDAZA de seleccion, por causal debidamente motivada de acuerdo a lo establecido en el Articulo 34º de la Ley, debera comunicar su decision dentro del dia siguiente y por escrito al Comite Especial, debiendo registrar la resolucion cancelatoria en el SEACE en el mismo plazo; Que, mediante Informe de vistos, el responsable de la Oficina de Comunicaciones ha sustentado la necesidad de cancelar el MORDAZA de seleccion ­ Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2006-CND "CONTRATACION DEL SERVICIO DE PUBLICACION EN DIARIOS", a fin de dar cumplimiento a las normas de austeridad y racionalidad del gasto publico dispuestas por el Supremo Gobierno mediante Decretos de Urgencia Nº 020-2006 y Nº 021-2006, con el fin de destinarlas al cumplimiento de objetivos prioritarios; Que, en tal sentido, es necesario se adopten las medidas administrativas inmediatas, por lo que corresponde al Consejo Nacional de Descentralizacion, en uso de las facultades que le concede la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, buscar mecanismos alternativos que permitan cumplir con las necesidades y las obligaciones establecidas en el ordenamiento juridico vigente; Que, en cumplimiento de los Decretos de Urgencia Nº 020-2006 y Nº 021-2006, la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en uso de las atribuciones contenidas en la Resolucion Presidencial Nº 036-CND-P-2006, Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Proceder a la cancelacion del MORDAZA de seleccion ­ Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2006-CND "CONTRATACION DEL SERVICIO DE PUBLICACION EN DIARIOS", por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Gerencia de Administracion y Finanzas debera proceder a las acciones pertinentes destinadas al cumplimiento de la presente resolucion; asi como el cumplimiento de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 020-2006. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion sea registrada en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y publicada en la pagina Web de la Institucion Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas el tramite para la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como la remision de esta, dentro del mismo plazo al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA PERLACIOS V. Secretario Tecnico 01420-2

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