Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2007 (02/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
- Especialista en Finanzas - Especialista en Personal - Especialista en Estadistica

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de febrero de 2007

3.8- Resolucion Ministerial Nº 026-2004-ED, que crea el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion, 3.9- Resolucion Ministerial Nº 0712 - 2006 ED, Directiva para el inicio del ano escolar 2007: Orientaciones y normas nacionales para la gestion en las Instituciones Educativas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva. 3.10- Resolucion Ministerial Nº 0748-2006- ED, Delegan a la Secretaria General facultades y atribuciones del Titular del Pliego 010 Ministerio de Educacion y designan responsables de la administracion de las Unidades Ejecutoras del Ministerio. 3.11- Directiva Nº 004-2006-ME/SPE-UP, Normas para la Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Analitico de Personal en las Direcciones Regionales de Educacion, Unidades de Gestion Educativa Local, Sede Central del Ministerio de Educacion y Escuelas de Educacion Superior no Universitaria para el Ano Fiscal 2007. IV. ALCANCE: 4.1- Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico Productiva. 4.2- Unidades de Gestion Educativa Local. 4.3- Direcciones Regionales de Educacion. V. DISPOSICIONES GENERALES: 5.1- El Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion, creado con R. M. Nº 026-2004ED, y en concordancia con la Vigesima Setima Disposicion Final de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, es el responsable de la coordinacion, monitoreo y supervision del desarrollo del MORDAZA de evaluacion de los requerimientos de plaza docente y administrativos de las Instituciones Educativas de Educacion Basica, Tecnico Productivo, y de las Unidades de Gestion Educativa Local. 5.2- El requerimiento de plazas docentes y administrativos para las Instituciones Educativas de Educacion Basica y Tecnico Productivo, asi como para las sedes de las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL) debe emerger de la real demanda educativa en la Institucion Educativa y las necesidades de atencion del servicio educativo en las sedes administrativas, y enmarcarse en los dispositivos de ejecucion de la calidad del gasto vigentes. 5.3- La Comision Tecnica de Evaluacion de Requerimiento de Plazas, conformada en las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local con categoria de Unidad Ejecutora, o las UGEL por delegacion expresa de la Unidad Ejecutora del cual depende; evaluara prioritariamente el requerimiento de plaza docente y administrativos presentado por las Instituciones Educativas de Educacion Basica y Tecnico Productiva. 5.4- La evaluacion de los requerimientos de plazas administrativas para las sedes de las Unidades de Gestion Educativa Local y/o Unidades Ejecutoras, sera ejecutado por la Comision Tecnica de Evaluacion de Requerimiento de Plazas conformada en la Unidad Ejecutora. 5.5- Conformacion de la Comision Tecnica de Evaluacion de Requerimiento de Plazas docentes y administrativas: Para efectos de cumplimiento de la Vigesima Setima Disposicion Final de la Ley Nº 28927, los Directores Regionales de Educacion, Directores de Unidad Ejecutora o Unidad de Gestion Educativa Local, de ser el caso; conformaran, mediante acto resolutivo, una "Comision Tecnica de Evaluacion de Requerimiento de Plazas" docente y administrativos de las Instituciones Educativas de Educacion Basica y Tecnico Productivo y las Unidades de Gestion Educativa Local, el cual estara compuesta de la siguiente manera: - Director de la Unidad Ejecutora o UGEL, de ser el caso - Presidente - Especialista en Planificacion - Secretario Tecnico - Especialista en Racionalizacion - Jefe de la Unidad de Gestion Institucional o Asesoramiento Tecnico - Jefe de la Unidad de Gestion Pedagogica

5.6. Funciones de la Comision Tecnica de Evaluacion del Requerimiento de Plaza docente y administrativos. 5.6.1. Planificar, dirigir, ejecutar y controlar las acciones de evaluacion del requerimiento de plaza docente y administrativos de las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva, y de las Unidades Ejecutoras y Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL), en concordancia a las disposiciones de la presente Directiva. 5.6.2. Difundir los lineamientos y procedimientos de la presente Directiva en todas las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva, de su jurisdiccion. 5.6.3. Reubicar las plazas excedentes y/o reasignar al personal que resulto excedente como producto del MORDAZA de racionalizacion, a las Instituciones Educativas con deficit de plazas, en el MORDAZA de los resultados del MORDAZA de racionalizacion del ano 2006 y la normatividad vigente. 5.6.4. Formular el Cuadro Definitivo de excedencias y necesidades, para determinar el requerimiento real de plaza docente y administrativos por Institucion Educativa, en funcion a la carga docente y la demanda educativa, con criterios de flexibilidad respecto a la realidad socioeconomica, geografica y de infraestructura educativa, existentes. 5.7. Requisitos para solicitar la evaluacion del requerimiento de plazas, ante el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion 5.7.1. La Unidad Ejecutora debera contar previamente con el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) 2007, aprobado resolutivamente, en concordancia a la Directiva Nº 004-2006-ME/SPE-UP. 5.7.2. Haber concluido con la reubicacion y/o reasignacion del personal excedente, debidamente registrado en el Sistema Informatico para la Racionalizacion - MORDAZA 2007. 5.7.3. Haber incorporado en su Presupuesto Analitico de Personal - PAP 2007, las plazas docentes autorizadas mediante los Decretos Supremos Nº 016-2006 ED, Nº 017-2006-ED y 172-2006-EF, estrictamente en la cantidad, nivel y cargo en que fueron autorizadas. 5.7.4. Contar con sustento documentado, debidamente firmado por los integrantes de la Comision Tecnica de Evaluacion de plazas, de acuerdo al formato detallado en el Anexo 01 que forma parte de la presente Directiva. De considerarlo pertinente, el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto, convocara a la Comision Tecnica de Evaluacion del Requerimiento de Plaza respectiva, para evaluar su requerimiento de plazas docentes y administrativos para las Instituciones Educativas, quienes sustentaran el incremento de metas de atencion con respecto al ano 2006, con actas de verificacion In situ, Actas de Evaluacion del educando, Resolucion Directoral que aprueba el Cuadro de Secciones y Cuadro de Distribucion de Horas, y la estadistica basica debidamente registrada en el Sistema para la Racionalizacion MORDAZA 2007, y otros documentos que el CMCG estime pertinentes. Sustentado y conciliado el requerimiento de plazas, se suscribira un acta entre la Unidad Ejecutora y los especialistas del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto, quienes emitiran opinion sobre el numero real de plazas requeridas, cuya MORDAZA se remitira a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del MEF y el Gobierno Regional correspondiente. Una vez obtenido el informe de opinion del requerimiento de plaza docente y administrativa del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto, la Unidad Ejecutora puede gestionar ante el Pliego del Gobierno Regional del cual depende, el financiamiento de las plazas determinadas como requerimiento real, en concordancia a la normatividad vigente. Aprobado el financiamiento, el Ministerio de Educacion en el MORDAZA de la normatividad vigente, autorizara la creacion de las plazas en el ambito de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales.

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