Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2007 (02/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 7º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a las unidades organicas que la conforman el cumplimiento de la presente ordenanza, a la oficina de imagen institucional la divulgacion y difusion de su alcances y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22461-2

Declaran en desabastecimiento inminente el suministro de hojuela de avena-quinua-kiwicha para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-A-2007-SEGE-06-MDEA El MORDAZA, 19 de enero de 2007. EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En la sesion ordinaria del dia 18 de enero de 2007, el Informe Nº 027-A-2007-GAF-MDEA remitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas; y el Informe Nº 43-2007-GAJ/MDEA, remitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, donde solicitan se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Suministro del Producto de Hojuela de Quinua ­ MORDAZA ­ Kiwicha para el Programa del Vaso de Leche y la exoneracion del MORDAZA de seleccion clasificado como Licitacion Publica; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680; y concordante con el Articulo I del Titulo Preliminar y el articulo 4º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, la Oficina del Programa del Vaso de Leche ha emitido el Informe Nº 09-07-PVL-MDEA mediante el cual comunica que esta proxima a concluir la semana de entrega 04, del producto Hojuela de Quinua ­ MORDAZA ­ Kiwicha para el Programa del Vaso de Leche, segun cronograma alcanzado por la referida oficina, el mismo que surge de la aplicacion de un contrato adicional por efecto del Contrato Principal Nº 01042006-MDEA, siendo necesario adoptar las medidas pertinentes para no desabastecer el producto por un plazo de 60 dias o su equivalente, desde la semana 5 hasta la semana 12, (del 24 de enero de 2007 hasta el 14 de marzo de 2007); Que, mediante el Informe Nº 027-A-2006-GAFMDEA de fecha 18 de enero del 2007, la Gerencia de Administracion y Finanzas, solicita que en Sesion de Concejo, se declare en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion de una Empresa que se encargue de garantizar el suministro de la Hojuela de Quinua MORDAZA Kiwicha por un periodo de 60 dias y se exonere una Adjudicacion Directa Selectiva por una cantidad de 38,577.76 Kg equivalente a un monto de S/. 143,509.27 Nuevos Soles, con vigencia a partir de la semana 05 hasta la 12 o desde el 24.1.07 hasta el 14.3.07, cuyo gasto se afectara a la Fuente de Financiamiento 00-Recursos Ordinarios (Transferencia del Tesorero Publico);

Que, en el mismo informe la Gerencia de Administracion y Finanzas senala que mediante Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2006-CEPMDEA se otorgo la Buena Pro a la Empresa Fouscas Trading EIRL. para que suministre el producto Hojuela de Quinua MORDAZA Kiwicha para el Programa del Vaso de Leche en la jurisdiccion de El MORDAZA por una cantidad total de 52,714.42 KG. Equivalente a S/. 196,097.64 Nuevos Soles a razon de S/. 3.72 Nuevos Soles el Kg., con vigencia desde la semana 42 hasta la semana 52 periodo 2006, segun consta en el Contrato Nº 01042006-MDEA, MORDAZA mencionado; Que, mediante Informe Nº 278-06-PVL-MDEA de fecha 20/12/2006 remitido por la Oficina del PVL comunica que concluye el contrato original y el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche recomienda solicitar la ampliacion del Contrato Original por tres (3) semanas (semana 1 hasta la semana 3 del periodo 2007), conforme a lo dispuesto en el Art. 236º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el D.S. Nº 084-2004-PCM; hasta el 30 % del monto del contrato original, aprobandose mediante la Resolucion Gerencial Nº 203-2006-GEMU-MDEA; Que, asimismo informa el Gerente de Administracion y Finanzas, que posteriormente, y de conformidad al Art. 231º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con el D.S. Nº 084-2004-PCM, se contrata adicionalmente por el 15 % del monto del contrato original, mediante addenda aprobada con Resolucion Gerencia Nº 005-2007GEMU-MDEA de fecha 16 de enero del 2007 a fin de atender por la semana 4, segun cronograma alcanzada por la Oficina del Programa del Vaso de Leche; Que, el Informe Tecnico de la referencia, fundamenta la existencia de tres causales que provocan la declaracion de desabastecimiento inminente para la adquisicion de los insumos del producto Hojuela de Quinua MORDAZA Kiwicha, estos son: 1) la finalizacion del Contrato Complementario y el Adicional del Contrato Nº 104-2006-MDEA, 2) la demora en los preparativos para la convocatoria del MORDAZA principal de la Licitacion Publica Nº 001-2007CE-MDEA, y, 3) el inicio de una nueva Gestion MORDAZA que conlleva a designar a nuevos funcionarios a encargarse de la Ejecucion de los procesos de seleccion; Que, por estas consideraciones, la Gerencia de Administracion y Finanzas, considera necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de los productos de Hojuela de Quinua MORDAZA Kiwicha, para el Programa del Vaso de Leche, por el periodo de 60 dias calendario, hasta por la cantidad de 38,577.76 Kg., por un monto de S/. 143,509.27 Nuevos Soles, importe que servira para cubrir los gastos de la semana 05 hasta el 12 o desde el 24 de enero al 14 de marzo del ano 2007; Que, segun el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, se considera situacion de desabastecimiento inminente cuando la extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Municipalidad de El MORDAZA a la adquisicion o contratacion de los bienes o servicios solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia, imparcialidad, moralidad y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al Art. 3º de la referida MORDAZA legal; Que, conforme lo dispone el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento inminente;

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