Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2007 (23/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2007

Que, la Gerencia Central de Finanzas, a traves del Memorandum Nº 206-2007-MP-FN-GECFIN/01, de fecha 17 de MORDAZA de 2007, emite opinion favorable sobre la Factibilidad Presupuestal solicitada, para la contratacion del servicio de Mantenimiento Correctivo del Equipo Analizador Genetico ABI PRISM 310, MORDAZA APPLIED BIOSYSTEMS, serie 310001076, asignado al Laboratorio de Biologia Molecular, Genetica y ADN del Instituto de Medicina Legal, por el monto de S/. 81,330.51 (Ochenta y Un Mil Trescientos Treinta y 51/100 Nuevos Soles), con cargo a la incorporacion de los Saldos de Balance del ano 2006; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 375-2007-MP-FN-OAJ, manifiesta que el servicio de reparacion del Equipo Analizador Genetico ABI PRISM 310, MORDAZA APPLIED BIOSYSTEMS solamente puede ser proporcionado por el proveedor GENLAB del Peru SAC, que es representante exclusivo de la citada MORDAZA en el Peru, por lo que el presente caso cumple con los requisitos establecidos en el articulo 19º inciso e) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, y en el articulo 144º, MORDAZA acapite, de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, por lo que procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion pertinente; Con las visaciones de la Gerencia General, del Instituto de Medicina Legal, de la Gerencia Central de Logistica, de la Gerencia Central de Finanzas y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y los articulos 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de reparacion del Equipo Analizador Genetico ABI PRISM 310, MORDAZA APPLIED BIOSYSTEMS, asignado al Laboratorio de Biologia Molecular, Genetica y ADN del Instituto de Medicina Legal, por la causal de proveedor unico, autorizandose a la Gerencia Central de Logistica a suscribir el contrato correspondiente con la empresa GENLAB del Peru SAC, representante exclusivo de la citada MORDAZA en el Peru, por un monto de S/. 81,330.51 (Ochenta y Un Mil Trescientos Treinta y 51/100 Nuevos Soles), con cargo a la incorporacion de los Saldos de Balance del ano 2006, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer se efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el SEACE, y asimismo se remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, MORDAZA de la misma, asi como de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Gerencia General, Instituto de Medicina Legal, Gerencia Central de Logistica, Gerencia Central de Finanzas, Organo de Control Institucional y Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 63716-5

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Opinan favorablemente para que MORDAZA Leasing S.A. realice el MORDAZA Programa de Emision de Bonos de Arrendamiento Financiero
RESOLUCION SBS Nº 570-2007 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la empresa MORDAZA Leasing S.A. para que esta Superintendencia emita opinion favorable respecto al MORDAZA Programa de Emision de Bonos de Arrendamiento Financiero, con plazo de dos anos, renovables y hasta por la suma de US$ 80 000 000 (ochenta millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en nuevos soles; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos de arrendamiento financiero; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en la emision de instrumentos financieros que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; previa MORDAZA de la Resolucion expedida por esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, en Junta General de Accionistas de MORDAZA Leasing S.A. celebrada el 28 de marzo del 2007, se acordo la aprobacion del MORDAZA Programa de Emision de Bonos de Arrendamiento Financiero, asi como las principales condiciones del Programa; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "D" a traves del Informe Nº 682007-DEB "D", el Departamento Legal mediante el Informe Nº 301-2007-LEG, el Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA y Liquidez a traves de Informe Nº 43-2007-DERMLI y el Departamento de Analisis del Sistema Financiero mediante el Informe Nº 31-2007-ASF; y, con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos, de Asesoria Juridica; y, de la Gerencia de Estudios Economicos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Opinar favorablemente para que la empresa MORDAZA Leasing S.A. realice el MORDAZA Programa de Emision de Bonos de Arrendamiento Financiero, con plazo de dos anos, renovables, hasta por la suma de US$ 80 000 000 (ochenta millones y 00/100 dolares americanos), o su equivalente en nuevos soles, debiendo adecuarse a la Ley del MORDAZA de Valores. Articulo Segundo.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la Escritura Publica correspondiente

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