Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2007 (23/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2007

Fijan monto de dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO N° 02/S.O. N° 08-2007/MPH-CM Huancabamba, 24 de MORDAZA del 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Nº 08-2007, de fecha 23 de MORDAZA del 2007, el Oficio NUM. 159-2007-MPHGM, el mismo que adjunta el Informe Legal referido a la remuneracion del MORDAZA y Dietas de los Regidores de la Municipalidad Provincial de Huancabamba. CONSIDERANDO: Que, el dia 22 de marzo del 2007, se publico en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 025-2007 -PCM, por el cual se establecen las normas que permiten a los Concejos Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y distritales en el MORDAZA de la Ley Nº 28212 modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; Que, en el D. S Nº 025-2007-PCM, conexo con la Ley Nº 28212, articulo 5.2, se establece que los Regidores Municipales reciben dietas, las cuales no pueden superar en total el 30% de la compensacion mensual que percibe el MORDAZA correspondiente; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 01 /SO. Nº 08-07 del 23 de MORDAZA del 2007, por unanimidad se fijo en S/. 4,225.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO y 00/100 NUEVOS SOLES) la remuneracion del MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, por lo que se desprende que el monto que percibiran los senores Regidores por concepto de dieta sera de S/. 1,267.50.00 ( S/. 4,225.00 x 30% = 1,267.50); Que, asimismo en la citada sesion el Concejo Municipal, determino en forma unanime realizar tres sesiones efectivas durante el mes, precisando que el resto de sesiones que el Titular convoque en el mes no seran computadas para la percepcion de la dieta; Estando a lo tipificado en el Decreto Supremo Nº 0252007-PCM, con el MORDAZA unanime del pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del tramite de la aprobacion y suscripcion del acta, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; ACORDO: Primero.- FIJAR en la suma de S/. 422.50, la compensacion que por concepto de dieta por sesion percibiran los Regidores de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, la misma que se MORDAZA efectiva hasta por un MORDAZA de tres sesiones al mes (S/. 422.50.00 x 3 = S/.1,267.50.00), las cuales regiran a partir del 1º de MORDAZA del 2007. Segundo.- Las demas sesiones de concejo que se convoquen durante el mes, no seran computables para la percepcion de dieta fijada segun el articulo que antecede. Tercero.- Dejar sin efecto todas las normas municipales que se opongan al presente acuerdo. Cuarto.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en forma obligatoria. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 62840-2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 039 -2007-MPS Chimbote, 11 de MORDAZA del 2007 . VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 8 de MORDAZA del 2007, sobre propuesta de Urgente Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, por desabastecimiento existente, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial del MORDAZA, es el Organo de Gobierno Local que tiene autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme a lo previsto en el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, del Informe Nº 089-07-ADM-PVL-MPS del Administrador del Programa del Vaso de Leche, existen indicios razonables que se ha configurado la situacion de desabastecimiento inminente, indicando que los saldos del stock de los productos secos existentes en los almacenes fueron distribuidos en el mes de marzo y el saldo de la leche entera fresca fue distribuido durante el mes de MORDAZA del presente ano; y al haberse observado las Bases de la Licitacion Publica Nº 001-2007-MPS ­ Primera Convocatoria por la Empresa postora Procesadora de Alimentos MORDAZA, conforme a la carta Nº 010-2007-CEMPS del 20 MORDAZA 2007 suscrito por el Presidente del Comite Especial, el MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion demorara entre 60 y 90 dias, que conllevara a perjudicar a la poblacion beneficiaria, especialmente a ninos menores de edad que viven en extrema pobreza con desnutricion cronica; por lo que hace llegar la propuesta de los requerimientos de productos para el ABASTECIMIENTO durante tres (3) meses de los productos: Hojuela de Quinua Enriquecida, Leche evaporada y Leche entera fresca; Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 21° del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e impredecible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones esenciales, que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, situacion que faculta a la entidad a la adquisicion de los bienes solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de conformidad a lo previsto en el MORDAZA parrafo del Art. 21º, concordante con el tercer parrafo del Art. 141º del D. S. Nº 084-2004-PCM, la aprobacion de exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de le entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; Que, con Informe Legal N° 501-2007-GAJ-MPS de fecha 4 de MORDAZA de 2007 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, estando a lo informado y normas glosadas, recomienda: 1) Se declare en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, por un periodo de 90 dias calendario, 2) Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion que le corresponde a una asignacion presupuestal de S/. 273,602.90 nuevos soles equivalente a 63,628.582 Kg.

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