Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2007 (21/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 182-2007/SIS de fecha 16 de octubre del 2007, se dispuso encargar al Abogado MORDAZA WILLY MORDAZA MORDAZA en el cargo confianza de Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Seguro Integral de Salud; Que, resulta conveniente designar al profesional que desempena el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Seguro Integral de Salud; Contando con el visto MORDAZA de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo y de la Oficina de Administracion del Seguro Integral de Salud; y De conformidad con la Ley Nº 27657 ­ Ley de Creacion del Seguro Integral de Salud, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, y por el literal i) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido la encargatura del Abogado MORDAZA WILLY MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Seguro Integral de Salud. Articulo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha de la presente Resolucion al Abogado MORDAZA WILLY MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA CHIOTTI KANESHIMA Jefe (e) del Seguro Integral de Salud

134701-1

SEGURO SOCIAL DE SALUD
Exoneran de MORDAZA de concurso publico la contratacion del seguro patrimonial y personal para ESSALUD
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 542-PE-ESSALUD-2007
MORDAZA, 15 de noviembre del 2007 VISTAS: La Carta Nº 2573-GCL-OGA-ESSALUD-2007, de la Gerencia Central de Logistica, el Informe Tecnico s/n, elaborado en forma conjunta por la Gerencia Central de Logistica, la Gerencia de Patrimonio y Servicios y la Gerencia Central de Recursos Humanos que sustenta la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los seguros patrimoniales y personales para ESSALUD; y, el Informe Legal Nº 427OCAJ-ESSALUD-2007 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion, y prestaciones economicas y sociales, que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como de otros seguros de riesgos humanos; Que, segun el Informe Tecnico s/n de fecha 14 de noviembre del 2007, elaborado en forma conjunta por la Gerencia Central de Logistica, la Gerencia de Patrimonio y Servicios y la Gerencia Central de Recursos Humanos, que sustenta la solicitud de exoneracion, ESSALUD celebro con fecha 31 de MORDAZA del 2006, con el Consorcio el MORDAZA Peruano Suiza de Seguros y Reaseguros ­ MORDAZA Internacional de Seguros y Reaseguros (en adelante el Consorcio), el contrato de seguros con la finalidad de asegurar el patrimonio y al personal de ESSALUD, como

consecuencia de siniestros; dicho contrato tuvo una vigencia de 12 meses; Que, mediante Carta Nº 627-GP-GCL-OGAESSALUD-2007, de fecha 22 de junio del 2006, la Gerencia de Programacion de la Gerencia Central de Logistica comunico a la Gerencia de Patrimonio y Servicios, que se encuentra publicado en el MORDAZA del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) del CONSUCODE, el listado de bienes comunes para la contratacion bajo la modalidad de subasta inversa, incluyendose en dicha modalidad las fichas tecnicas correspondientes a la contratacion de los seguros patrimoniales y personales; por lo que solicita la actualizacion de las especificaciones tecnicas con la finalidad de contratar dichos servicios bajo el esquema de la subasta inversa; Que, con Carta Nº 967-GP-GCL-OGA-ESSALUD-2007, de fecha 6 de MORDAZA del 2007 la Gerencia de Programacion de la Gerencia Central de Logistica comunico a la Gerencia de Patrimonio y Servicios que se ha dado inicio al estudio de MORDAZA referente a la contratacion de los seguros patrimoniales y personales para ESSALUD, bajo la modalidad de subasta inversa; es asi que solicita a dicha Gerencia de Patrimonio y Servicios gestionar las contrataciones complementarias con el Consorcio, teniendo en consideracion que el tiempo que demandara la convocatoria y la adjudicacion del MORDAZA MORDAZA estaba previsto para fines de agosto del 2007; Que, con fecha 27 de MORDAZA del 2007, ESSALUD suscribio con el Consorcio el contrato de prestaciones complementarias de seguros patrimoniales y personales, equivalentes al 30% del monto del contrato original, en virtud a lo previsto en el articulo 236º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con Carta Nº 1035-GP-GCL-OGA-ESSALUD2007, de fecha 23 de MORDAZA del 2007, la Gerencia de Programacion de la Gerencia Central de Logistica comunico a la Gerencia de Patrimonio y Servicios que las fichas tecnicas correspondientes a la contratacion de los seguros patrimoniales y personales publicadas en el SEACE del MORDAZA del CONSUCODE, han sido excluidas del listado de bienes comunes para la contratacion de dicho servicio bajo la modalidad de subasta inversa; es por ello que solicita a la referida Gerencia de Patrimonio y Servicios remita las especificaciones tecnicas con la finalidad de contratar el servicio de seguros bajo la modalidad de un MORDAZA MORDAZA de seleccion; Que, segun el mencionado Informe Tecnico, la Gerencia de Patrimonio y Servicios, asi como la Gerencia Central de Recursos Humanos consideran por conveniente senalar que el Concurso Publico Nº 0799P00131, que se convocara para la contratacion de los seguros patrimoniales y personales para ESSALUD, se estaria adjudicando en el plazo de 4 meses, considerando posibles impugnaciones del mencionado MORDAZA, asi como la posible declaratoria de desierto; Que, en tal sentido, la Gerencia de Patrimonio y Servicios solicito a la Gerencia de Programacion de la Gerencia Central de Logistica, se inicie el tramite de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los seguros patrimoniales y personales para ESSALUD; Que, segun el Informe Tecnico la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los seguros patrimoniales y personales para ESSALUD, pretende impedir que el patrimonio y el personal de la institucion queden desprotegidos; es decir, sin ninguna cobertura de seguros, por cuanto de presentarse el desabastecimiento del servicio, la Entidad correria el riesgo que ante una situacion imprevista o hecho fortuito, perjudique seriamente su presupuesto institucional a fin de afrontar tales acontecimientos. Es asi que las polizas de los seguros patrimoniales y personales tienen por finalidad proteger y garantizar el resarcimiento de las perdidas economicas que se pudieran presentar como consecuencia de las diferentes contingencias a las que estan expuestas los bienes y el personal de la Institucion; Que, el periodo de cobertura requerido para la contratacion de los seguros patrimoniales y personales de ESSALUD, es de 4 meses, por un monto ascendente a US$ 593,965.35, situacion que ameritaria que la contratacion de dichos servicios se lleve a cabo a traves de un Concurso Publico; sin embargo, llevar a cabo dicho MORDAZA de seleccion careceria de objeto toda la vez que la necesidad de atender el referido servicio es de caracter actual y urgente; toda vez, que el contrato complementario

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