Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2007 (01/10/2007)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de octubre de 2007

SERVICIOS DE ASESORIA, CONSULTORIA ASI COMO DE ASISTENCIA Y ESTUDIOS TECNICOS ESPECIALES SOBRE LAS OPERACIONES SERVICIOS DE ALOJAMIENTO Y ALIMENTACION DEL PERSONAL OPERATIVO DEL TITULAR DEL CONTRATO SERVICIOS DE DISENO, CONSTRUCCION, INSTALACION, ARMADO Y DESARMADO DE MAQUINARIA Y EQUIPO NECESARIO PARA LAS OPERACIONES SERVICIOS DE INSPECCION, MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA, EQUIPO MOBILIARIO UTILIZADO EN LAS OPERACIONES ALQUILER O ARRENDAMIENTO FINANCIERO DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS NECESARIOS PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO SERVICIOS DE TRANSPORTE DE BIENES Y PERSONAL NECESARIOS PARA LAS OPERACIONES Y ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION SERVICIOS DE SISTEMAS E INFORMATICA SERVICIOS DE COMUNICACIONES SERVICIOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y CONTRAINCENDIOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE INSTALACIONES Y PERSONAL OPERATIVOS SERVICIOS DE AUDITORIAS TECNICAS SERVICIOS DE MUELLES Y AMARRADEROS, CARGA Y DESCARGA FLUVIAL Y MARITIMO SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA SERVICIOS MEDICOS Y HOSPITALARIOS SERVICIOS DE DESPACHOS ADUANEROS SERVICIOS DE COMPRAS DE EQUIPOS Y MATERIALES DESTINADOS A LAS OPERACIONES SERVICIOS DE SEGUROS

114729-1

Aprueban listas de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a devolucion definitiva del IGV, Impuesto de Promocion Municipal u otro impuesto al consumo que se le traslade o pague Amerada Hess Peru Inc., Sucursal del Peru como contratista respecto a los lotes 118, 119 y 120
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 460-2007-MEM/DM
MORDAZA, 26 de setiembre de 2007 VISTO el expediente Nº 1680694, de fecha 4 de MORDAZA de 2007, y sus Anexos Nº 1699454, 1709564 y Nº 1714770, formado por la empresa Amerada Hess Peru Inc., Sucursal del Peru, sobre la aprobacion de la lista de bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27624, se establecio el derecho de las empresas que suscriban contratos o convenios a los que se hace referencia en los articulos 6º y 10º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que les sea trasladado o que paguen, correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestacion o utilizacion de servicios y contratos de construccion, directamente vinculados a las actividades de exploracion, durante la fase de exploracion de los Contratos y la ejecucion de los Convenios de Evaluacion Tecnica; Que, el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 963, de fecha 22 de diciembre de 2006, prorrogo la vigencia de la Ley Nº 27624 y modificatorias, hasta el 31 de diciembre de 2009. Que, el literal c) del articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgaran el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo deberan estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolucion Ministerial del Ministerio de Energia y Minas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2004-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de MORDAZA de 2004, se aprobo la lista general de los bienes y servicios cuya adquisicion otorga el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a los titulares de las actividades de exploracion de hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27624 y su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-EF, de fecha 15 de febrero de 2007, se aprobo el Arancel de Aduanas 2007, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 027-2007-EF, senalandose como fecha de entrada en vigencia el 01 de MORDAZA de 2007; Que, mediante expediente Nº 1680694, de fecha 4 de MORDAZA de 2007, la empresa Amerada Hess Peru Inc., Sucursal del Peru, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118, suscrito el 04 de MORDAZA de 2006, ha solicitado al Ministerio de Energia y Minas la aprobacion de la lista de los bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a su favor; Que, al momento de presentar la solicitud referida en el considerando precedente, el Arancel de Aduanas 2007 ya se encontraba vigente, por lo que la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas y la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas - SUNAT han efectuado la adecuacion de la lista aprobada mediante Decreto Supremo Nº 061-2004-EF, al Arancel vigente; Que, asimismo, a la suscripcion del Contrato de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118 ya se encontraba vigente la Ley Nº 27624, modificada por la Ley Nº 27662, por lo que el beneficio solicitado por la referida empresa sera a partir de la fecha de inicio del primer periodo de la fase de exploracion de dicho Contrato, es decir a partir del 30 de junio de 2006, de acuerdo a lo informado por Perupetro S.A. mediante Carta Nº GGRLCONT-517-2007, de fecha 26 de marzo de 2007; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Oficio Nº 270-2007-EF/15.01, de fecha 21 de agosto de 2007, ha emitido opinion favorable a la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a favor de la empresa Amerada Hess Peru Inc., Sucursal del Peru, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118; Con la opinion favorable del Viceministro de Energia y de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27624 y Nº 27662, el literal c) del articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832002-EF y el Decreto Supremo Nº 017-2007-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que le sea trasladado o que pague la empresa Amerada Hess Peru Inc., Sucursal del Peru, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118, a partir de la fecha de inicio del primer periodo de la fase de exploracion del mismo, de acuerdo al Anexo adjunto a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
ANEXO: R.M. N° 460-2007-MEM/DM

ANEXO UNICO
I. LISTA DE BIENES SUBPARTIDA DESCRIPCION NACIONAL 1404 90 90 90 LAS DEMAS PRODUCTOS VEGETALES 2501 00 20 00 CLORURO DE SODIO CON MORDAZA SUPERIOR O IGUAL AL 99.5%, INCLUSO EN DISOLUCION ACUOSA 2504 10 00 00 GRAFITO NATURAL EN POLVO O EN ESCAMAS

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