Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2007 (01/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 23º.- Instancia Sancionadora En el nivel regional la Instancia Sancionadora sera la Comision Regional de Sanciones de la Gerencia Regional de la Produccion. Articulo 24º.- MORDAZA Instancia La MORDAZA Instancia final de atencion del acto administrativo sera la Gerencia Regional de la Produccion.

Precio y forma de pago de las parcelas Inversion para el desarrollo de las parcelas Condiciones necesarias e imprescindibles en las relaciones juridico contractuales Ampliacion de la frontera MORDAZA a traves de la habilitacion de nuevas tierras

DISPOSICION TRANSITORIA
Otorgase un plazo de sesenta (60) dias contado a partir de la fecha de la vigencia del presente Reglamento, para que las personas naturales o juridicas se adecuen a sus disposiciones.

Articulo Segundo: Conversion Agroindustrial Para la conversion productiva y agroindustrial de las parcelas ubicadas en los Asentamiento "D" y "E" del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ Primera Etapa, la Presidencia del Gobierno Regional a traves de la Gerencia General Regional y la Gerencia General de AUTODEMA, elaboraran y ejecutaran los siguientes programas y sistema: - Un programa de asistencia tecnica y de capacitacion sostenida y sistematica que genere las condiciones, facilite y permita la conversion productiva de las parcelas. - Un programa que promueva la transferencia de tecnologias orientado a mejorar la produccion agroindustrial y productividad agropecuaria. - Un sistema de informacion en el que se categoricen y difundan dia a dia: las condiciones meteorologicas estacionales, la demanda y oferta de productos agropecuarios y agroindustriales y de insumos, el comportamiento de los precios en el MORDAZA local, regional, nacional e internacional de los diferentes productos. Los senores parceleros que se acojan a la presente Ordenanza Regional, deberan inscribirse y participar en forma permanente e ininterrumpida en los Programas y Sistema de Informacion senalados; en tal sentido, para el optimo funcionamiento de los programas y sistema, periodicamente, deberan suministrar informacion a AUTODEMA de acuerdo a las fichas electronicas que para el efecto el Ejecutivo Regional disenara. La planificacion, monitoreo y control de los Programas y el Sistema de Informacion sera concertado y estara a cargo de una Comision Multisectorial integrada por: a) Un representante de la Presidencia quien presidira la Comision, b) Dos representes Autodema, c) Dos representantes de la Gerencia Regional de Agricultura, c) Dos representantes designados por las Comisiones de Regantes de las Secciones "D" y "E". Articulo Tercero: Sistema de Riego Para que los senores parceleros puedan adscribirse a los efectos de la presente Ordenanza Regional, sera condicion inexorable que previamente y en los respectivos contratos se comprometan a instalar en sus parcelas el sistema de riego por goteo al 100% en un plazo MORDAZA de (2) anos que se iniciara y computara desde la suscripcion del contrato. Los criterios tecnicos y los estandares de calidad de los sistemas de riego para el uso del agua, seran elaborados y aprobados por AUTODEMA. El programa de instalacion del sistema de riego por goteo y su ejecucion en las parcelas sera dirigido y monitoreado por AUTODEMA. Articulo Cuarto: Precio, pago en efectivo y deuda por inversion El precio de venta por parcela en los Asentamientos "D" y "E" del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ Primera Etapa, es US$ 15,000.00 dolares americanos. Se establece que dos seran las formas de pago de este precio: (a) Pago en efectivo, y, (b) Pago de deuda por inversion. - Pago en efectivo: Al momento que se suscriba la correspondiente escritura publica, los parceleros cancelaran en una sola armada y al contado US$. 6,500.00 dolares americanos, para lo cual, solicitaran la liquidacion de su respectivo adeudo a AUTODEMA. El MORDAZA de solicitud, liquidacion y notificacion de adeudos se cumplira en un plazo MORDAZA de quince (15) dias. Para la liquidacion del adeudo por parcela, el unico elemento que se tendra en cuenta sera el pago y/o los pagos que en efectivo se hayan realizado, cualquier otro condicionamiento y/o cuestionamiento diferente se rechazara de plano. - Deuda por Inversion: El saldo de US$. 8,500.00 dolares americanos, se cancelara a traves de inversion efectiva en las parcelas. Esta obligacion de invertir por parte de los parceleros, se ejecutara prioritaria y exclusivamente en la instalacion del sistema de riego por goteo y la conversion agroindustrial de los cultivos de acuerdo al cronograma,

DISPOSICION FINAL
El Presente Reglamento sera de cumplimiento en el ambito de la Region MORDAZA y de Ejecucion por la Gerencia Regional de la Produccion.

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Aprueban Nuevas Condiciones para el Desarrollo MORDAZA - Productivo, Agroindustrial y Social de las Parcelas ubicadas en los Asentamientos "D" y "E" del Proyecto Especial Majes MORDAZA Primera Etapa
ORDENANZA REGIONAL N° 022-AREQUIPA
EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO : Que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de los hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, suscribiendo las consideraciones de orden legal y doctrinal senaladas en el merito del Dictamen en Mayoria elevado por la Comision Especial, con las atribuciones de la Ley Nº 27867 / Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Leyes Nºs. 27902 y 28968, y, al MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 001-2007-CRA/ CR-Arequipa; SE ORDENA: Articulo Primero: Nuevas Condiciones para el Desarrollo Aprobar las Nuevas Condiciones para el Desarrollo Agricola-Productivo, Agroindustrial y Social de las Parcelas ubicadas en los Asentamientos "D" y "E" del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ Primera Etapa. Los ejes estructurales, parametros o nuevas condiciones para el Desarrollo Agricola-Productivo, Agroindustrial y Social de las Parcelas ubicadas en los Asentamientos "D" y "E" del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ Primera Etapa, seran los siguientes:
Conversion de la produccion MORDAZA tradicional hacia la agroindustria Aplicacion del sistema de riego tecnificado por goteo para el uso eficiente del agua

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