Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2007 (01/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de octubre de 2007

del Area de Procesos Publicos de la Entidad el dia 29 de diciembre de 2006 para suscribir el contrato correspondiente a los items 5, 8 y 10 de la Licitacion Publica por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 0015-2006-ED/UE/108. 4. De lo expuesto en el parrafo anterior, se verifica que la Entidad no dio cumplimiento al procedimiento establecido para la suscripcion del contrato, normado en literal k) del articulo 10º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 033-2006, toda vez que entre la fecha en que la Entidad cito al Postor para suscribir el contrato y la fecha para realizar el acto, no mediaron los tres dias habiles4 establecidos en la invocada norma. 5. Atendiendo a lo expuesto este Colegiado considera que no se ha verificado el supuesto de hecho de la infraccion tipificada en el numeral 1) del articulo 294 del Reglamento, debiendo declararse no ha lugar a la imposicion de sancion administrativa a las empresas Promotora & Constructora MORDAZA S.R.L. y Constructora La MORDAZA S.R.L. integrantes del Consorcio MORDAZA, MORDAZA si las Entidades Estatales son las primeras llamadas a garantizar y dar cumplimiento a las normas contenidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas conexas, debiendo adecuar su actuacion a lo indicado en ellas. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del vocal ponente Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la intervencion de los vocales Dra. Janette MORDAZA MORDAZA Maynetto y Dr. MORDAZA Navas MORDAZA, atendiendo a la reconformacion de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 279-2007CONSUCODE/PRE, expedida el 21 de MORDAZA de 2007 y, en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 53, 59 y 61 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y los articulos 17 y 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: Declarar no ha lugar a la imposicion de sancion a las empresas Promotora & Constructora MORDAZA S.R.L. y Constructora La MORDAZA S.R.L. integrantes del Consorcio MORDAZA, por los fundamentos expuestos. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYNETTO NAVAS MORDAZA

por haber incumplido injustificadamente con las obligaciones contractuales derivadas de la orden de compra Nº 038-00226, dando lugar a que este se resuelva, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2001-PCM. MORDAZA, 26 de setiembre de 2007 Visto, en sesion de fecha 24 de septiembre de 2007, de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 1311/2006. TC, sobre la aplicacion de sancion a la empresa Silvy Representaciones E.I.R.L., por supuesta responsabilidad en la resolucion parcial de la orden de compra Nº 03800226, por causal atribuible a su parte, derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011-2005-FAP/SEBAT. Orden de Compra emitido por la Fuera Aerea del Peru, para la "Adquisicion de Material Miscelaneo"; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 26 de septiembre de 2005, el Servicio de Abastecimiento Tecnico de la Fuerza Aerea del Peru, en adelante la Entidad, convoco a la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011-2005-FAP/SEBAT para la "Adquisicion de Material Miscelaneo", por un valor referencial ascendente a S/ 70,000.00 nuevos soles (rubros compuestos por 8 items). 2. El 11 de octubre de 2005, se llevo a cabo la evaluacion y calificacion del MORDAZA, otorgandose la buena pro de los items Nº 1,4,6 ( sub. items Nº 07,09,10,11,12,13,14) y 8 a la empresa Silvy Representaciones E.I.R.L., en adelante el Contratista, por un monto total de S/. 21, 416.80 nuevos soles. Dichos items consistian en:
ITEMS 1 4 6 8 DESCRIPCION ADQUISICION DE MATERIAL MISCELANEO (ANTICORROSIVO) ADQUISICION DE MATERIAL MISCELANEO (ANTICORROSIVO) ADQUISICION DE MATERIAL MISCELANEO (ANTICORROSIVO ADQUISICION DE MATERIAL MISCELANEO (ANTICORROSIVO CANTIDAD 9.00 11.00 7.00 25.00 MONTO ADJUDICADO 3,017.70 Soles 5,700.00 Soles 2,258.95 Soles 10,440.15 Soles 21, 416.80 Soles

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De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General: "Articulo 133º.- Inicio de computo de plazo: 133.1. El plazo expresado en dias es contado a partir del dia habil siguiente de aquel en que se practique la notificacion o la publicacion del acto, salvo que este senale una fecha posterior, o que sea necesario efectuar publicaciones sucesivas, en cuyo caso el computo es iniciado a partir de la ultima. (...)"

114115-3

Sancionan a Silvy Representaciones E.I.R.L. con inhabilitacion temporal para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1484-2007-TC-S3
Sumilla: Corresponde imponer sancion administrativa a la empresa Silvy Representaciones E.I.R.L.,

3. El 15 de noviembre de 2005, la Entidad expide la orden de compra Nº 038-002261, a favor del Contratista por un monto de S/. 21, 416.80 nuevos soles. Segun la propuesta economica el pago de material adjudicado se efectuaria contra entrega. 4. Con fechas 28 de febrero, 1 de marzo y 21 de marzo de 2006 respectivamente, el Contratista cumple parcialmente con internar el material adjudicado. (segun las actas de conformidad de recepcion de materiales) 2. 5. Mediante carta V-900-SAAL-Nº00703, diligenciada notarialmente el 29 de MORDAZA de 2006, la Entidad requirio al Contratista para que en el plazo de cinco (5) dias cumpla con internar el material pendiente respecto a 3 items, por un monto parcial de S/ 10, 382.30 nuevos soles. 6. No habiendo cumplido el Contratista con internar el material pendiente, mediante Carta V-900-SAAL-00924, diligenciada notarialmente el 5 de junio de 2006, la Entidad comunico al Contratista su decision de resolver en forma parcial la orden de compra Nº 038-00226 referido a la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0011-2005-FAP/SEBAT. 7. El 26 de junio de 2006, mediante Resolucion Jefatural Nº 0145º SEBAT/FAP., la Entidad resolvio de manera parcial la orden de compra Nº 038-00226, debido a

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Documento obrante a fojas 162,163 y 164 del expediente. Documento obrante a fojas 165,166, 167 y 168 del expediente. Documento obrante a fojas 174 del expediente. Documento obrante a fojas 176 del expediente.

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