Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2007 (01/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de octubre de 2007

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 154-2004-EF y sus modificatorias, por el Decreto Supremo N° 131-2001-EF y Resolucion N° 315-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar la realizacion del "SEGUNDO CURSO INTEGRAL SOBRE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DE LA PROPIEDAD ESTATAL", organizado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, para los dias 17, 18 y 19 de Octubre del ano en curso. Articulo 2º.- Aprobar el Programa que en ANEXO forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MITSUMASU FUJIMOTO Superintendente de Bienes Nacionales

114368-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento para la Extraccion de Algas Marinas en la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL N° 018-AREQUIPA
EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO : Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, le otorga competencia a los Gobiernos Regionales en materia de Agricultura, Pesqueria , Industria, Agroindustria, Comercio, Turismo, Energia, Mineria, Vialidad , Comunicaciones, Educacion, Salud y Medio Ambiente, conforme a Ley; Que, en los articulos 52º inciso a) y 53º inciso d) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales se considera que son funciones del Gobierno Regional , formular, aprobar y administrar los planes en materia pesquera y produccion MORDAZA y en materia ambiental, proponer la creacion de estas areas de conservacion regional y local en el MORDAZA nacional de areas protegidas; Que, en el articulo 10º de la Ley Nº 27867 en el item 2 de Competencias Compartidas de acuerdo a lo establecido en el articulo 36º inciso c) de la Ley Organica de Bases de la Descentralizacion Nº 27783 , " el Gobierno Regional tiene competencia en la promocion, gestion y regulacion de actividades economicas y productivas en su ambito y nivel correspondiente a los sectores de Pesqueria y Medio Ambiente". Que, en el Titulo II Del Ordenamiento Pesquero Articulo 11º de la Ley General de Pesca Decreto Ley Nº 25977, EL Ministerio de Pesqueria ( hoy Ministerio de la Produccion ) considera que " segun el MORDAZA de pesqueria y la situacion de los recursos que se explotan establecera el sistema de ordenamiento que concilie el MORDAZA de sostenibilidad de los recursos pesqueros con la obtencion de los mayores beneficios economicos y sociales". Que, en el articulo 12º de la citada Ley se establece que el ambito de aplicacion del ordenamiento pesquero podra ser total, por zonas geograficas o por unidades de poblacion, y la Resolucion Ministerial Nº 068-2005-PRODUCE de fecha 9 de marzo de 2005 en su articulo 3º fija las condiciones para la extraccion y siega del recurso Algas Marinas; Que, el Articulo 5º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, dispone que el ordenamiento pesquero se aprueba mediante reglamentos que tienen por finalidad establecer los principios, normas y medidas regulatorias aplicables a

los recursos hidrobiologicos que deben ser administrados como unidades diferenciadas; Que, en la Costa Central y Sur del Peru predominan las especies Lessonia trabeculata, Lessonia nigrescens "Aracanto" y Macrocystis Integrifolia "Sargazo", siendo las zonas de mayor biomasa las comprendidas entre MORDAZA y MORDAZA Provincia de Caraveli y en menor proporcion en Matarani Provincia de Islay en lo que respecta a la Region Arequipa; Que, de los estudios efectuados por el Instituto MORDAZA del Peru sobre el Estado de las Praderas de Macro Algas Marinas en el Litoral de la Region MORDAZA recomienda realizar cosechas considerando las biomasas disponibles; Que, las algas marinas son productores primarios de alimentacion y refugio a un gran numero de especies marinas, los cuales son el sustento de la pesqueria artesanal; Que, conforme lo ha establecido el articulo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, de organizacion y administracion del Gobierno Regional de Arequipa; Que la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA aprueba la modificacion de La Estructura Organica y del Reglamento de Organizacion y Funciones ( ROF ) del Gobierno Regional de MORDAZA y dentro del mismo se MORDAZA el funcionamiento de la Gerencia Regional de la Produccion, con las funciones especificas sectoriales en materia pesquera que le corresponde ejercer; Estando al Dictamen Nº 001-2007-GRA-CR/CEMAyRN de la Comision Especial de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a lo acordado por el Consejo Regional en Sesion Ordinaria Descentraliza del dia 09.08.07; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27867 y sus modificatorias; ORDENA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Actividad de Extraccion de Algas Marinas en la Region Arequipa., que consta de 24 articulos VII titulos, III capitulos, una disposicion transitoria y una disposicion final, que es parte integrante de la presente ordenanza. Articulo 2º .- Vigencia de la MORDAZA La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Camana, a los nueve dias del mes de agosto del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dias del mes de agosto del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA

REGLAMENTO PARA LA EXTRACCION DE ALGAS MARINAS EN LA REGION MORDAZA
INDICE TITULO I DE LA FINALIDAD Y ALCANCES TITULO II DE LOS OBJETIVOS COMPETENCIA Y FUNCIONES GENERALES TITULO III DE LA INVESTIGACION TITULO IV DEL REGIMEN Y MODALIDAD DE ACCESO CAPITULO I: DEL ORDENAMIENTO

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