Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2008 (17/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2008

Articulo 4º.- El citado personal debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de Junio del 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de Enero del 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de Junio del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase ni denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 252795-11

Promocion de la Inversion Privada de PROINVERSION, a la MORDAZA de Singapur, Republica de Singapur, del 19 al 24 de setiembre de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos : Viaticos : US$ 5 942,44 US$ 1 040,00

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4°.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas 252795-12

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSION a Singapur para participar en el Latin MORDAZA Business Forum 2008
RESOLUCION SUPREMA Nº 074-2008-EF MORDAZA, 16 de setiembre de 2008 Visto el oficio N° 105-2008-PROINVERSION/DEAOAJ, remitido por la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, durante los dias 22 y 23 de setiembre de 2008, en la MORDAZA de Singapur, Republica de Singapur, se desarrollara el Latin MORDAZA Business Forum 2008 "Fostering Trade an Investment between MORDAZA and Latin America"; Que, mediante Facsimil Nº 77-2008-MINCETUR/DM de fecha 08 de setiembre de 2008, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, solicita se designe un representante de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION para que asista al mencionado evento; Que, PROINVERSION, designa al senor MORDAZA Albujar MORDAZA, Director de Proyectos, para exponer y promover en el mencionado evento los Proyectos: Puerto de Paita y Planta de Tratamiento de Aguas Residuales ­ PTAR La Chira; asi como atraer la atencion de las companias asiaticas que buscan ampliar sus negocios en nuestro pais; Que, corresponde a PROINVERSION, entre otras, coordinar y crear un ambiente propicio para el desarrollo de las inversiones y promover la ejecucion de proyectos de promocion de inversion privada en obras publicas de infraestructura y de servicios publicos; Que, en consecuencia y siendo de interes para el MORDAZA es necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario desde Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, toda vez que estara participando en el EXPOPERU 2008 los dias 19 y 20 de setiembre de 2008, debiendo PROINVERSION asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29142 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA Albujar MORDAZA, Director de Proyectos de la Agencia de

Aprueban Indices de Distribucion del Canon Forestal correspondientes al MORDAZA Semestre del ano 2007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 563-2008-EF/15 MORDAZA, 15 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 14º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, el Canon Forestal esta compuesto por el cincuenta por ciento (50%) del pago del derecho de aprovechamiento de productos forestales y de fauna MORDAZA, asi como de los permisos y autorizaciones que otorgue la autoridad competente; Que, segun el literal f) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, modificado por el Decreto Supremo Nº 029-2004EF, la base de referencia para calcular el Canon Forestal esta constituida por el cincuenta por ciento (50%) del pago del derecho de aprovechamiento, referidos al pago por los permisos, autorizaciones y concesiones de productos forestales y de fauna MORDAZA que recaude el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 27506, modificado por Ley Nº 28322, establece los criterios de distribucion del Canon; Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, establece que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y el sector al cual corresponde la actividad que explota el recurso natural por el cual se origina la transferencia de un Canon proporcionaran al Ministerio de Economia y Finanzas la informacion necesaria para elaborar los indices de distribucion que resulten de la aplicacion de los criterios establecidos, los cuales seran aprobados mediante resolucion ministerial expedida por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el literal d) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, modificado por el Decreto Supremo Nº 187-2004EF, senala que el monto del Canon Forestal sera determinado semestralmente, para lo cual el Instituto

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