Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2008 (17/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2008

30.11.07, o sea despues de frustrarse el trato ilicito entre el intervenido, el personal policial del Destacamento Ecologico y el Fiscal denunciado, pues conforme aparece de las actas de fs. 27 y 28, recien en esa fecha se bosquejo la ruta tomada por el camion, se evaluo la documentacion alcanzada por los interesados para acreditar la licitud de la operacion y se tomo la declaracion del vendedor del carbon MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fs.32. Asimismo, se recibieron los demas documentos sustentatorios de la operacion, tales como: a) Autorizacion Nº 14-LAM-A-MAD-A-2107, de fecha 02.04.07, expedida por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, en favor de MORDAZA MORDAZA para el aprovechamiento de productos forestales (fs. 46-48); b) Resolucion Administrativa Nº 135-2007ATFFS-LAMBAYEQUE, de fecha 13.04.07, emitida tambien por el INRENA, aprobando el Plan de Manejo Forestal presentado por MORDAZA MORDAZA (fs. 44-45); c) Contrato de compraventa de 4,500 sacos de carbon vegetal, suscrito entre MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Yave con fecha 22.05.07; d) Guia de transporte forestal de fecha 23.11.07 (fs. 38); e) Guia de remision con destino a MORDAZA (fs. 41); f) Acta de inspeccion ocular emitida por INRENA el dia anterior a la intervencion (fs. 39); y, g) Informe elaborado por la propia entidad con fecha 30.11.07, precisando que no habia delito alguno ni procedimiento administrativo alguno contra MORDAZA MORDAZA ni MORDAZA Yave (fs. 36-37). Documentos con los que se acreditaba la procedencia legal de las mercancias, segun la propia manifestacion del MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA a fs. 130-132. Octavo: Que, es de precisar ademas que el 28.11.07 el Fiscal Adjunto Provincial denunciado habia dispuesto la inmovilizacion del carbon vegetal, autorizando sin embargo la entrega del vehiculo a su propietario (acta de fs.51), a pesar que de acuerdo al articulo 376º del Decreto Supremo Nº 0142001-AG ­Reglamento de la Ley Nº 27308-, el comiso de los productos forestales determina que los vehiculos utilizados para el transporte ilegal de los mismos MORDAZA inmovilizados en las instalaciones pertinentes, hasta la entrega de la MORDAZA de pago de la multa correspondiente. Asimismo, con fecha 03.12.07, esto es, diez dias despues de la intervencion y tres dias despues del informe mencionado en el anterior literal g), el denunciado ordeno la incautacion de los 410 sacos de carbon vegetal (actas de fs. 252-253 y de comiso de fs. 50), los cuales fueron internados en el deposito forestal del INRENA, decision que motivo la MORDAZA de una demanda de Habeas MORDAZA en su contra (fs. 8690), la misma que fue declarada fundada, por considerar el Juez de la causa que se habia violado "el derecho a un debido MORDAZA legal" conforme aparece de la MORDAZA de la sentencia de fecha 07.12.07 inserta a fs. 64-77. Ademas, en forma paralela y atendiendo a la documentacion descrita, el 06.12.07 el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial de la Fiscalia Provincial Mixta de Motupe de la que el denunciado es adjunto, dejo sin efecto la orden de incautacion (fs. 52-53). Noveno: Que, en este orden de ideas, puede inferirse que la conducta del Fiscal investigado habria estado predeterminada a conseguir un beneficio economico indebido y al no lograrlo pretendio justificar su accionar disponiendo la actuacion de diversas diligencias y la incautacion arbitraria de la mercancia, pues a esa fecha ya se habia acreditado la procedencia legal de las mercancias, hechos que configuran los delitos de COHECHO PASIVO ESPECIFICO Y ABUSO DE AUTORIDAD, cuya investigacion debe realizarse en sede jurisdiccional; decision que no afecta el MORDAZA de ne bis in idem, por cuanto en la demanda de Habeas MORDAZA en tramite, a la que hace referencia el denunciado, se busca restablecer el derecho fundamental conculcado, fundamento diferente al de la presente investigacion en la que se busca determinar la comision de un ilicito y la responsabilidad penal de su autor. En consecuencia, de conformidad con el informe emitido por la Oficina Desconcentrada de Control Interno de MORDAZA a fs. 388 y a tenor de lo previsto en el articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, en concordancia con el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Fiscalia Suprema de Control Interno; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia formulada contra el doctor MORDAZA Nizama MORDAZA, Fiscal

Adjunto Provincial de la Fiscalia Provincial Mixta de Motupe, por la presunta comision de los delitos de Cohecho Pasivo Especifico y Abuso de Autoridad. Remitase los actuados al Fiscal llamado por Ley. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion a los senores Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Fiscal Superior Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno de MORDAZA, a la Oficina de Registro de Fiscales y a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion 252004-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Amazonas, San MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS N° 8325-2008 MORDAZA, 5 de septiembre de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A. (CMAC Maynas), para que se le autorice la apertura de cinco (05) Oficinas Especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa solicitante y el Banco de la Nacion han cumplido con presentar la documentacion exigida para la apertura de las referidas oficinas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "B" mediante Informe N° 2732008-DEM"B"; y, De conformidad con lo dispuesto por los articulos 30° y 33° de la Ley General `del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702; el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 1096-2005 del 25.07.2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A. (CMAC Maynas) la apertura de cinco (05) Oficinas Especiales bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nacion en los locales senalados en el Anexo N° 1 adjunto a la presente Resolucion, debiendo MORDAZA entidades realizar sus operaciones conforme el MORDAZA legal que les resulta aplicable. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas

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