Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2008 (17/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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INGEMMET; para lo cual se requiere contratar el servicio de limpieza via exoneracion durante un periodo de dos (02) meses o hasta que se suscriba el MORDAZA contrato, lo que ocurra primero, tiempo que se estima resultaria suficiente para llevar a cabo el respectivo MORDAZA de seleccion y contratar una nueva empresa que brinde el indicado servicio; Que, mediante proveido de fecha 1 de septiembre del 2008, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinion favorable sobre la disponibilidad presupuestal para la contratacion del servicio de limpieza de la Sede Canada y de la Sede Las Artes del INGEMMET, por el monto de S/. 25,660.00 nuevos soles; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Memorando Nº 515-2008-INGEMMET/SG-OAJ de fecha 4 de septiembre del 2008 senala que se cumplen con los presupuestos que establece la legislacion sobre contrataciones publicas; Que, al respecto, el articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, dispone que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, entre otros supuestos, en situacion de desabastecimiento inminente, declaradas de conformidad con la referida legislacion. Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 21 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, "La aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. Constituye agravante de responsabilidad si la situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad. En cualquier caso la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47 de la Ley"; Que, en consecuencia se encuentra objetivamente acreditada la causal de exoneracion tipificada en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; De conformidad con lo establecido en el inciso e) del Articulo 19º y el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y los Articulos 146º, 147º y 148º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Con el visto MORDAZA del Secretario General y de los Directores de las Oficinas de Asesoria Juridica, Administracion y Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de Limpieza para las Sedes de la Av. Canada y Av. Las Artes del INGEMMET, por el periodo de dos meses. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la adquisicion del referido servicio, hasta por el monto de S/. 25,660.00 nuevos soles (Veinticinco mil seiscientos sesenta y 00/100 nuevos soles) , con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina de Administracion del INGEMMET, para contratar el referido servicio, mediante acciones directas e inmediatas, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; debiendo considerarse expresamente en el respectivo contrato, que la vigencia del contrato que derive del futuro MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de limpieza, constituira condicion resolutoria del contrato que se suscriba bajo el MORDAZA de la presente resolucion. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Administracion comunicar el contenido de la presente resolucion y los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, publicando la presente resolucion en el Diario

Oficial El Peruano en el plazo legal, en la pagina web de la entidad y en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo INGEMMET 251735-2

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de renovacion de soporte tecnico ORACLE
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 094-2008-INGEMMET/PCD MORDAZA, 12 de setiembre de 2008 VISTOS: la Memoranda Nº 142-2008-INGEMMET/ OSI que contiene el Informe Tecnico Previo de Evaluacion de Software Nº 200-2008-INGEMMET/OSI y 254-2008INGEMMET/OSI de fechas 6 de junio y 19 de agosto del 2008, los Informes Nºs. 100-2008-INGEMMET/OA-UL y 133-2008-INGEMMET/OA-UL de fechas 21 de MORDAZA y 03 de septiembre del 2008 y los Informes Nºs. 074 y 0922008-INGEMMET-SG-OAJ de fechas 1 de agosto y 5 de septiembre del 2008 respectivamente; CONSIDERANDO: Que, se encuentra previsto en el Numeral 34 del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ano 2008 la contratacion del servicio "Renovacion de soporte tecnico Oracle", solicitada por la Oficina de Sistemas de Informacion mediante Memorando Nº 142-2008INGEMMET/OSI; Que, mediante Memoranda del Vistos, la Oficina de Sistemas de Informacion precisa que la renovacion del servicio de soporte tecnico ORACLE, es un servicio unico, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28612; debiendose considerar que el servicio a contratar no constituye la adquisicion de MORDAZA software para la institucion, sino la renovacion de los servicios de soporte tecnico respecto del cual existe proveedor exclusivo que no admite sustituto; Que, por Informe Nº 100-2008-INGEMMET/OA-UL, la Unidad de Logistica senala que SISTEMAS ORACLE DEL PERU S.A. ha cotizado su propuesta de soporte y actualizacion de Software Oracle, la misma que asciende a la suma total de S/. 47,932.77, incluido IGV; Que, asimismo, por Memorando Nº 254-2008INGEMMET/OSI de fecha 19 de agosto del 2008, la Oficina de Sistemas de Informacion presenta un MORDAZA Informe Tecnico Previo de Evaluacion de Software, Renovacion del Soporte y Actualizacion del Software Oracle para Base de Datos. En el referido documento se senala que con la finalidad de cumplir las labores de creacion, diseno y administracion de los diferentes Sistemas y sus respectivos esquemas en las Bases de Datos y poder brindar soporte a las diferentes aplicaciones, se requiere contar con el soporte y actualizacion del producto ORACLE para Base de Datos; Que, el citado informe senala que ORACLE CORPORATION es titular directa o indirectamente de los derechos de autor y propiedad intelectual de productos ORACLE, siendo su unico representante en el Peru la empresa SISTEMAS ORACLE DEL PERU S.A., autorizada para contratar la renovacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias ORACLE. Finalmente senala que no se ha considerado un analisis costo ­ beneficio por cuanto de acuerdo al analisis comparativo tecnico efectuado, consideran que es de riesgo critico migrar las bases de datos sobre otros productos donde se deben considerar cambios en la estructura, modificaciones en los sistemas y otros, lo que resultaria oneroso, riesgoso e innecesaria la migracion del motor de Base de datos de la institucion; Que, la documentacion alcanzada por la Oficina de Sistemas de Informacion, incluye el Informe Tecnico Previo de Evaluacion expedido conforme a los terminos de la Ley Nº 28612 ­ Ley que MORDAZA el uso, adquisicion

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