Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2008 (17/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Finlandia para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente ante las Republicas de Estonia y Letonia
RESOLUCION SUPREMA Nº 238-2008-RE MORDAZA, 16 de setiembre de 2008

Vista la Resolucion Ministerial Nº 0658-RE, de 28 de MORDAZA de 2008, que fijo el 1 de MORDAZA de 2008, como la fecha en que debio asumir funciones el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Finlandia; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Teniendo en cuenta el Memorandum (PRO) Nº PRO0564/ 2008, de la Direccion Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 29 de agosto de 2008, mediante el cual se informa que el Gobierno de Letonia ha otorgado el beneplacito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se desempene como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante la Republica de Letonia, con residencia en la MORDAZA de Helsinki, Republica de Finlandia; De conformidad con los articulos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, y los articulos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Finlandia, Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente ante la Republica de Letonia, con residencia en la MORDAZA de Helsinki, Republica de Finlandia. Articulo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 252795-15

Vista la Resolucion Suprema Nº 105-2008-RE, de 15 de MORDAZA de 2008, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Finlandia, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urtecho; Vista la Resolucion Ministerial Nº 0658-RE, de 28 de MORDAZA de 2008, que fijo el 1 de MORDAZA de 2008, como la fecha en que debio asumir funciones el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Finlandia; CONSIDERANDO:

Que, el inciso 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Teniendo en cuenta el Memorandum (PRO) Nº PRO0576/ 2008 de la Direccion Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 4 de setiembre de 2008, mediante el cual se informa que el Gobierno de Estonia ha otorgado el beneplacito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se desempene como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante la Republica de Estonia, con residencia en la MORDAZA de Helsinki, Republica de Finlandia; De conformidad con los articulos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, y los articulos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Finlandia, Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente ante la Republica de Estonia, con residencia en la MORDAZA de Helsinki, Republica de Finlandia. Articulo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 252795-14 RESOLUCION SUPREMA Nº 239-2008-RE MORDAZA, 16 de setiembre de 2008 Vista la Resolucion Suprema Nº 105-2008-RE, de 15 de MORDAZA de 2008, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Finlandia, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urtecho;

Nombran Consul del Peru en El Alto, Republica de Bolivia
RESOLUCION SUPREMA Nº 240-2008-RE MORDAZA, 16 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomatico, cualquiera sea su categoria, sirven indistintamente en la Cancilleria, Misiones Diplomaticas, Oficinas Consulares o Representaciones Permanentes, de conformidad con los requerimientos de la Politica Exterior del Estado; Que, la proteccion y atencion a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Politica Exterior del Peru; De conformidad con los articulos 7º, 13º inciso a), 26º, 28º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a), 185º inciso b), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, y el articulo 74º inciso c), 81º inciso a) y 85º del Reglamento Consular del Peru, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE;

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