Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2010 (31/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de enero de 2010

Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 008-2010-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante el Expediente senalado en visto cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa ITALNORD MECANICA S.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa ITALNORD MECANICA S.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en Avenida MORDAZA Duenas Nº 308, distrito del Cercado de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa ITALNORD MECANICA S.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 15 de junio del 2010 15 de junio del 2011 15 de junio del 2012 15 de junio del 2013 15 de junio del 2014

la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 6º.- La publicacion indicada en el articulo precedente correspondera a la empresa ITALNORD MECANICA S.R.L. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 451084-1

VIVIENDA
Decreto Supremo que modifica el inciso b) del articulo 77º, y los articulos 78º, 107º y 108º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales
DECRETO SUPREMO Nº 002-2010-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de productividad y competitividad del aparato estatal, de manera que se agilice la inversion de los agentes economicos publicos y privados, optimizando el uso de los recursos publicos; Que, la Ley Nº 29151, crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales, estableciendo en el articulo 6º, como una de sus finalidades, incentivar la inversion publica y privada en los bienes estatales para contribuir al desarrollo del MORDAZA, aplicando una eficiente gestion del portafolio inmobiliario del Estado que ofrezca competitividad para atraer inversion interna y externa; Que, parte de los recursos del Estado constituyen los bienes estatales y en particular los activos inmobiliarios de extensiones considerables, respecto de los cuales la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en su calidad de Ente Rector del Sistema viene promoviendo su uso como instrumento para generar inversion y empleo; Que, el Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y su modificatoria, establece en sus articulos 77º y 78º la modalidad de compraventa de bienes inmuebles de dominio privado del Estado en casos excepcionales, entre ellos, cuando la finalidad sea ejecutar proyectos de interes nacional cuya viabilidad MORDAZA sido calificada y aprobada por el sector competente; Que, asimismo, el referido Reglamento y su modificatoria, preve en los articulos 107º y siguientes que, excepcionalmente, se puede otorgar el derecho a usar temporalmente a titulo gratuito un predio estatal a un particular, a efectos que lo destine a la ejecucion de un proyecto de interes y/o desarrollo social; Que, los proyectos de interes nacional o sectorial sobre activos inmobiliarios del Estado generan adicionalmente economias externas por la inversion que demandan

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa ITALNORD MECANICA S.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 17 de agosto del 2010 17 de agosto del 2011 17 de agosto del 2012 17 de agosto del 2013 17 de agosto del 2014

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de

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