Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2010 (31/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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del 20 de Agosto del 2009, aprueba el DICTAMEN Nº 032009-GRL-CR-CO-PPTOTAATPE, siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 4º de la Ley Nº 27867; el Gobierno Regional de MORDAZA es una persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal y tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible. Que, el literal a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867 -, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias senalan, que es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos en materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, de conformidad con el Articulo 30º de la Ley 27444 - Ley de Procedimientos Administrativo General, cada entidad, termino que comprende a los Gobiernos Regionales de Acuerdo con el Articulo I, inciso 5 del Titulo Preliminar de la mencionada Ley, senala que en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA los procedimientos administrativos que por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante esta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada Ley; Que, el Articulo 38º numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, senala que una vez aprobado el MORDAZA, se podran efectuar las modificaciones, teniendo en consideracion lo siguiente: toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA de rango equivalente o Decreto de Alcaldia (...) En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme el mecanismo establecido en el numeral 38.1, es decir por Ordenanza Regional. Que, el Articulo 1º de la Ley 29091 que modifica el Parrafo 38.3, del Articulo 38º de la Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General que senala que el MORDAZA sera publicado en el MORDAZA del Servicio del CIUDADANO Y Empresas (EPSCE), y en el MORDAZA Institucional; Que, el Articulo 15º, del Decreto Supremo Nº 079-2007PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo, senala que el Gobierno y sus Organismos Publicos Descentralizados (Incluidos los Procedimientos de las Direcciones Regionales Sectoriales) deben Aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos por Ordenanza Regional. Que, asimismo, la Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, debera comprender lo siguiente: · Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal. · La descripcion MORDAZA y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realizacion completa de cada procedimiento. · La calificacion de cada procedimiento segun corresponda entre procedimientos de evaluacion previa o de aprobacion automatica. · En caso de procedimientos de evaluacion previa si el silencio administrativo es aplicable es negativo o positivo. · Los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitacion, con indicacion de su monto y forma de pago el monto de los derechos se expresara con relacion a la UIT, publicandose en las entidades en moneda de curso legal. Que, en el Articulo 38º numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que una vez aprobado el MORDAZA, se podran efectuar las modificaciones, que como se puede verificar en los informes presentados por la Direccion Regional de Turismo solicitan la inclusion de sus procedimientos los cuales se encuentran en los procedimientos del 159 al 193. Que, el Informe Nº 041-2009-GRL-GRPPAT/DRR hace referencia a las modificaciones referidas a la integracion

de procedimientos 18, 43, 138 se han fusionado en el procedimiento Nº 02, el procedimiento Nº 72 en el procedimiento Nº 01 y los procedimientos Nº 11 y Nº 12 como procedimientos generales en el procedimiento Nº 03 y 04 respectivamente. Que, el Informe Nº 057-2009-DRR hace referencia al Procedimiento Nº 114 Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle, que pasa de Silencio Administrativo Positivo a Silencio Administrativo Negativo con una evaluacion de 45 dias. Que, se propone la inclusion de los Procedimientos Administrativos de las Unidades Gestion Educativa Local del Sector Educacion como son: "Instituciones Educativas", "Centros de Educacion Tecnico Productivos" y "Escuelas de Educacion Superior", al MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0070-2008-ED. Que, de conformidad con el DICTAMEN Nº 03-2009GRL-CR-CO-PPTOTAATPE, y las atribuciones conferidas por los Articulos 9º,10º,11º,15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima; El Consejo Regional ha dado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- MODIFICAR EL PROCEDIMIENTO Nº 144, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de MORDAZA, respecto al Procedimiento de "Inspeccion de Seguridad en Defensa Civil de Detalle" de conformidad con el Decreto Supremo Nº 066-2007PCM; segun se detalla en el Anexo 01 que forma parte de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- MODIFICAR LA BASE LEGAL Y LA AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO DE LOS PROCEDIMIENTOS Nº 8, Nº 9, Nº 11 y Nº 12, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con la Ley Nº 27444, "Ley de Procedimiento Administrativo General; segun se detalla en el Anexo 02 que forma parte de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- INCLUIR 35 PROCEDIMIENTOS QUE CORRESPONDEN A LAS UNIDADES DE GESTION EDUCATIVA LOCAL, CENTROS TECNICO PRODUCTIVOS Y ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR, del procedimiento Nº 63 al Nº 121, de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 0070-2008-ED. Articulo Cuarto.- INCLUIR 34 PROCEDIMIENTOS QUE CORRESPONDEN A LA DIRECCION REGIONAL DE TURISMO, del Procedimiento Nº 159 al Nº 193 de conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 104-2008MINCETUR/DM. Articulo Quinto.- La presente ORDENANZA REGIONAL es de cumplimiento obligatorio para todos los servidores y funcionarios del Gobierno Regional de MORDAZA, por lo cual su inobservancia sera considerado como falta grave disciplinaria, y sera sancionado previo MORDAZA administrativo disciplinario. Articulo Sexto.- DEROGUESE, y modifiquese toda MORDAZA o disposicion que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza Regional sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor Circulacion Regional, en el MORDAZA del Servicio del Ciudadano y Empresas (EPSCE) y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA ( www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los veinte dias del mes de agosto del dos mil nueve. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de agosto del dos mil nueve. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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