Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2010 (12/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de marzo del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 467559-5

Aprueban la Cuarta Adenda a Convenios entre el PNUD y PROINVERSION
RESOLUCION SUPREMA N° 038-2010-EF MORDAZA, 11 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de enero de 1992, se suscribio el Convenio entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ­ PNUD y la Comision de Promocion de la Inversion Privada ­ COPRI, con el objeto que PNUD brinde asistencia tecnica y administre recursos del Fondo de Promocion de la Inversion Privada ­ FOPRI, creado mediante Decreto Legislativo Nº 674; Que, con fecha 24 de enero de 1997 se suscribio el Convenio entre el PNUD y la Comision de Promocion de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, con el objeto que el PNUD brinde asistencia tecnica y administre los recursos del Fondo de Promocion de la Inversion Privada en Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos ­ FONCEPRI, creado mediante Decreto Legislativo N° 839; Que, el PNUD y la Direccion Ejecutiva ­ FOPRI, el 08 de enero de 2000, suscribieron el Adenda Nº 1 a los citados Convenios, a fin de establecer que la Asistencia Tecnica y la Administracion de los recursos del FOPRI y del FONCEPRI, a cargo del PNUD, se realiza en forma integrada, lo cual implica que los recursos del FOPRI y/ o FONCEPRI financien indistintamente las actividades propias de privatizacion y de concesiones, reguladas por el Decreto Legislativo Nº 674 y el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesiones al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, respectivamente; Que, posteriormente, el 26 de enero de 2001, se suscribio el Adenda Nº 2 entre el PNUD y la Direccion Ejecutiva -FOPRI, que dispone las condiciones bajo las cuales la Direccion Ejecutiva ­ FOPRI transferira al PNUD recursos para su administracion, con miras a solventar los gastos del MORDAZA de privatizacion y concesion a cargo de la COPRI, en base a las oportunidades que el MORDAZA financiero nacional ofrece; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM, publicado el 25 de MORDAZA de 2002, al MORDAZA de la Ley

Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se dispuso la fusion por absorcion de la Direccion Ejecutiva FOPRI con la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras ­ CONITE y la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, a traves de la transferencia a favor de la primera de las competencias, funciones y atribuciones de las citadas Comisiones y Gerencia. Asimismo, la Direccion Ejecutiva FOPRI pasa a denominarse Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION; Que, con fecha 29 de marzo de 2009, se publico el Decreto de Urgencia N° 041-2009 "Medidas para Agilizar la Ejecucion de Obras Publicas y Otras Acciones", el cual en su MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria exceptua a los convenios suscritos por PROINVERSION con el PNUD de algunos de sus alcances; y lo faculta a suscribir una adenda con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009, la cual debia ser aprobada por Resolucion Suprema refrendada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 056-2009-EF, publicada el 03 de junio de 2009, se aprobo el Adenda Nº 3 a los Convenios celebrados entre el PNUD y PROINVERSION, la misma que fue suscrita el 23 de junio de 2009, estableciendose que tendra vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009; Que, con fecha 28 de enero de 2010, se publico el Decreto de Urgencia N° 008-2010 que autoriza a PROINVERSION de manera excepcional a suscribir una Cuarta Adenda a los Convenios de fechas 14 de enero de 1992 y 24 de enero de 1997, celebrados con el PNUD, la cual tendra vigencia hasta el 31 de MORDAZA de 2010 y sera aprobada por Resolucion Suprema refrendada por la Ministra de Economia y Finanzas; Que, la Oficina de Administracion y Finanzas mediante Informe N° 199-2009-OAF/PROINVERSION, senala que el Presupuesto Institucional de PROINVERSION para el ano fiscal 2010 contempla los recursos que aseguran el cumplimiento de la adenda a firmarse con el PNUD; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2009-EF, el Director Ejecutivo puede celebrar actos, convenios y contratos con personas naturales o juridicas, asi como con entidades publicas o privadas, nacionales o extranjeras; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 008-2010; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Cuarta Adenda a los Convenios de fechas 14 de enero de 1992 y 24 de enero de 1997, a celebrarse entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ­ PNUD y la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, cuyo plazo de vigencia sera hasta el 31 de MORDAZA de 2010. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 467559-12

Aprueban Indices de Distribucion del Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, correspondientes al MORDAZA Semestre del ano 2009
RESOLUCION MINISTERIAL N° 135-2010-EF/15 MORDAZA, 10 de marzo de 2010

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