Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2010 (12/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2010

5.7. Inmediatamente de haberse emitido la licencia de conducir sera sometida al control de calidad. 5.8. Aprobado el control de calidad, el Gobierno Regional procedera a adherir el holograma de seguridad en la licencia de conducir. 5.9. De no aprobar el control de calidad, la licencia de conducir sera separada e inmediatamente anotada en el Padron de Destruccion de Insumos para su posterior destruccion. La destruccion se realizara en forma anual en presencia de notario publico, debiendo participar un representante del organo de control institucional de la Region, un representante del Ministerio Publico y un representante que designe la Direccion Regional de Transporte Terrestre o la MORDAZA autoridad de transporte del Gobierno Regional. Una MORDAZA del acta notarial debera ser remitida al MTC y a la SUTRAN, debiendo conservar el original el Gobierno Regional. El Padron de Destruccion de Insumos es el registro de insumos que seran destruidos, de tal manera que exista estricta correspondencia entre el numero de licencias de conducir que aprueban el control de calidad y las que son destruidas con el total de insumos adquiridos por el Gobierno Regional. 5.10. De acuerdo con el material y el equipo a utilizarse, si es necesario, el Gobierno Regional debera proceder al laminado y troquelado de la licencia de conducir. 5.11. Por ultimo, el Gobierno Regional procedera a la activacion del codigo de barras y a la entrega de la licencia de conducir al solicitante. 5.12. MORDAZA de la entrega de la licencia de conducir, nuevamente el solicitante registrara su huella dactilar para la verificacion biometrica MORDAZA mencionada que permita confirmar su identidad con la base de datos del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC). Articulo 6.- Equipamiento minimo necesario para el Procedimiento de Emision de Licencias de Conducir Para emitir licencias de conducir, el Gobierno Regional debera contar con las caracteristicas minimas y equipamiento logistico que coadyuven al desarrollo optimo del Procedimiento Estandar de Emision de Licencias de Conducir, siendo los que a continuacion se detallan: 6.1. Puntos de red y telefonia, acceso a internet, que les permita interconectarse en forma MORDAZA, permanente y en tiempo real con los sistemas informaticos y bases de datos para las consultas que resulten necesarias a fin de emitir las licencias de conducir, de acuerdo con lo establecido en la presente Directiva. 6.2. Mecanismos de seguridad, para el resguardo de los insumos e informacion con el objeto de velar por la seguridad de los mismos, contando como minimo con camaras de video en circuito cerrado. 6.3. Camaras de video que registren el MORDAZA de emision de licencias de conducir en general, desde la MORDAZA de las solicitudes por las oficinas de tramite documentario hasta la entrega de la licencia de conducir al solicitante o su representante legal, de ser el caso, a efecto de velar por la transparencia del MORDAZA de emision de licencia de conducir. El Gobierno Regional debera realizar un back-up de la informacion cada quince (15) dias, que se conservara durante seis (6) meses, y sera remitida a la Direccion General de Transporte Terrestre, cuando esta lo requiera. Asimismo, permitira al MTC, el acceso a su sistema de control y monitoreo de videos en linea de las distintas fases del MORDAZA de emision de las licencias de conducir, para lo cual brindara los accesos correspondientes. 6.4. Tecnologia: a. La cantidad de equipos informaticos que MORDAZA necesarios de acuerdo a la demanda para la emision de licencias. Estos equipos como minimo deberan ser equivalentes a Dual Core con 2Gb de Ram y Disco Duro de 160 Gb con monitor. b. Una o mas impresoras acordes con la tecnologia a emplear para la emision de licencias de conducir. En aquellas regiones que se utilice una tecnologia similar a la empleada a la fecha por el MTC, la impresora debera ser al menos una laser. c. Lectora de huella dactilar, para la verificacion biometrica, interconectada al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC). d. Equipo lector optico de codigos de barras.

e. Scanner para digitalizacion de documentos para el caso de los ciudadanos extranjeros. Articulo 7.- Caracteristicas y especificaciones tecnicas y de seguridad que debe contener la licencia de conducir de la clase A. 7.1. Las caracteristicas y especificaciones tecnicas y de seguridad, asi como el diseno y contenido de la licencia de conducir de la clase "A" se encuentran establecidas en la Directiva Nº 002-2009-MTC/15, "Caracteristicas y Especificaciones Tecnicas y de Seguridad que debe contener la Licencia de Conducir de la Clase A", aprobada por Resolucion Directoral Nº 1021-2009-MTC/15 y modificatorias. 7.2. La licencia de conducir debera tener la firma del Director General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que se encuentre en ejercicio del cargo, asi como la firma encriptada con tinta fosforescente a la luz ultravioleta del Director Regional de Transporte Terrestre o la MORDAZA autoridad de transporte en la Region. 7.3. Lleva un holograma de seguridad en el anverso con las siguientes caracteristicas: a. Forma circular. El modelo del holograma de seguridad de las licencias de conducir esta prevista en el Anexo Nº 3 de la presente Directiva. b. Su tamano es de 15 milimetros (+/- 1 milimetro) de diametro. c. Es de diseno exclusivo con impresion digitalizada bidimensional, de propiedad registrada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. d. El fondo es 2D/3D con el texto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. e. Tiene efecto cinetico de las siglas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. f. Contiene un microtexto de 250 micrones de siglas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que, a su vez, contiene un efecto cinetico de cambio de color. g. Es autoadhesivo en frio que se destruye al retirarse. h. Tiene resistencia al calor de laminacion. i. Debe ser colocado en frio o caliente en la licencia de conducir. j. Se fabrica sobre una base de papel siliconado que contiene 50 hologramas por hoja y a su vez estas hojas vienen adheridas a un libro numerado tamano de 16 x 32 centimetros que contiene en total 1000 hologramas. La adquisicion de hologramas por parte de una Region debe guardar directa relacion con el numero de licencias que se emitiran de acuerdo a los insumos con los que cuenten. Estos hologramas deberan ser conservados en un lugar seguro, debiendo determinarse a un responsable de los mismos. 7.4. Lleva un codigo de barras en el reverso, que es generado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y que constara impreso en la licencia de conducir. Este codigo de barras es unico a nivel nacional y unicamente cuando la licencia de conducir impresa apruebe el control de calidad, se le asignara valor a traves del lector optico de codigo barras. La Direccion Regional de Transporte debera llevar un registro del uso y asignacion de los codigos de MORDAZA que le proporcione el MTC. 7.5. El Director Regional de Transporte o la MORDAZA autoridad de transportes del Gobierno Regional, es responsable administrativa, civil y penalmente del uso de la clave que le permite el perfil de acceso al Sistema Nacional de Conductores - opciones de impresion de licencias de conducir. 7.6. El Gobierno Regional no debera modificar, incluir, excluir, cambiar y/o variar las caracteristicas y/o especificaciones tecnicas de las licencias de conducir previstas en la Directiva senalada en el inciso anterior. 7.7. El Procedimiento Estandar de Emision de Licencias de Conducir, impedira, en forma automatica, la continuacion del procedimiento y la impresion de la licencia en caso incumpla cualquiera de las obligaciones correspondientes a los Gobiernos Regionales en la presente Directiva.

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