Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2010 (12/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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de la presente ordenanza seran sancionados por las siguientes causales: 1. Desorden en la via publica. 2. Uso de estupefacientes en la via publica y/o locales ya sea venta o consumo. 3. Ser detectado en cualquier acto violento contra terceros o contra bienes publicos y /o privados. 4. Portar cualquier MORDAZA de MORDAZA (punzo cortantes o de fuego). 5. Tomar bebidas alcoholicas en la via publica (Segun ordenanza Nº 123-07-ML) De acuerdo a los siguientes criterios: - LA PRIMERA VEZ; De forma voluntaria realizara trabajos comunitarios y de desarrollo personal. Por 2 meses y asistiendo 2 veces a la semana sus sesiones psicologicas. En caso que el miembro no cumpla, la organizacion perdera todos los beneficios por una duracion de 6 meses. - EN CASO DE REINCIDENCIA; se expulsara al miembro de la agrupacion por un periodo de 3 meses. Si en caso no cumpliera perdera la calidad de organizacion juvenil a la que pertenece y todos los beneficios descrito en la presente Ordenanza. - Asimismo se tomara en cuenta si las causales senaladas en el presente capitulo tuvieran responsabilidad de caracter civil o penal, se procedera a comunicar a la autoridad competente para que actuen conforme a sus atribuciones. Articulo Noveno.- DE LA SUPERVISION PRODEJU coordinara con la Gerencia de Servicios Comunales a traves de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana para la programacion de supervisiones permanentes a las organizaciones juveniles inscritas en el RUOJ, de verificarse en la supervision o por cualquier medio si algun miembro de las organizaciones juveniles ha incurrido en alguna causal senalada en el articulo anterior, se procedera a comunicar a la Gerencia respectiva para las acciones pertinentes. CAPITULO IV DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera: Mediante Decreto de Alcaldia se expediran todas las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicacion de la presente ordenanza. Segunda: Deroguense las ordenanzas Municipales y demas disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera: Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Humano, la Gerencia de Servicios Comunales, Subgerencia de Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Desarrollo Economico y de Turismo, la Subgerencia de Comercializacion y Promocion del Empleo, la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion y la Gerencia de Participacion Ciudadana. Cuarto: La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, cumplase, archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 466023-1

El Concejo Municipal del Distrito de Lurin, visto en Sesion Ordinaria de fecha 24.09.09, el Dictamen Nº 0022009-CPASDH/ML de la Comision Permanente de Asuntos Sociales y Desarrollo Humano y Dictamen Nº 008-2009CPAL/ML de la comision Permanente de Asuntos Legales, referidos a la creacion de la "Red Distrital de Instituciones a favor de las Personas con Discapacidad y Personas Adultas Mayores de Lurin". CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley Nº 27680 de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV y el Titulo IV sobre Descentralizacion, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y demas normas complementarias. Que, habiendose constatado a traves de la Oficina Municipal de Atencion a las Personas con Discapacidad ­OMAPED- y el Programa del Adulto Mayor ­PAMla existencia de diversos problemas que afectan los derechos de las personas con discapacidad y personas adultas mayores del Distrito de Lurin; Que, la problematica de las personas con discapacidad y personas adultas mayores requiere ser atendida por la sociedad en conjunto y el objeto de la "Red Distrital de Instituciones a favor de las Personas con Discapacidad y Personas Adultas Mayores de Lurin"- REDIDISPAM- es promover el trabajo articulado del Gobierno Municipal y la comunidad de su jurisdiccion, para la plena vigencia de los derechos de las personas con discapacidad y personas adultas mayores. Estando a lo dispuesto por el articulo 9º, 40º y 84º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores presentes, el concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE CREA LA "RED DISTRITAL DE INSTITUCIONES A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LURIN"REDIDISPAM Articulo Primero.- CREASE a partir de la fecha, la "Red Distrital de Instituciones a favor de las Personas con Discapacidad y Personas Adultas Mayores de Lurin"REDIDISPAM- como organo consultivo y ejecutivo de apoyo a la gestion municipal y de mecanismo permanente de participacion vecinal y de coordinacion interinstitucional en temas referidos a las personas con discapacidad y adultas mayores en nuestra jurisdiccion, declarandose de interes social para la Municipalidad Distrital de Lurin. Articulo Segundo.- FACULTESE al Senor MORDAZA a que mediante decreto de Alcaldia dicte las normas reglamentarias, necesarias para la ejecucion de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- PRECISASE que las funciones a desarrollar por la REDIDISPAM son las siguientes.1. Analizar la problematica de las personas con discapacidad y personas adultas mayores. 2. Promover, elaborar, implementar y ejecutar acciones interinstitucionales dirigidas a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion que presente algun MORDAZA de discapacidad (de caracter temporal o permanente) o MORDAZA adultos mayores. 3. Fomentar una comunidad dinamica, solidaria, con inclusion social e integradora con igualdad de oportunidades para todos y que sea punto de referencia para la participacion activa con intercambio de informacion entre las diferentes instituciones publicas y privadas, asi como sus miembros y personas interesadas.

Crean la Red Distrital de Instituciones a favor de las Personas con Discapacidad y Personas Adultas Mayores de Lurin - REDIDISPAM
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 201/ ML Lurin, 25 de setiembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN

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