Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2010 (12/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2010

siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 465052-1

Articulo 2º.- Publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral y sus anexos, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Entrada en vigencia.La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

Aprueban Directiva "Procedimiento Estandar de Emision de Licencias de Conducir"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 599-2010-MTC/15 MORDAZA, 2 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de la Ley Nº 27181- Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre- en adelante la Ley, senala que el objetivo de la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, asimismo, el inciso g) del articulo 16 de la Ley, prescribe: "El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el organo rector a nivel nacional en materia de transporte y MORDAZA terrestre, asumiendo las siguientes competencias (...) g) Mantener un sistema estandar de emision de licencias de conducir, conforme lo establece el reglamento nacional correspondiente"; Que, con las Resoluciones Ministeriales Nº 307, 364 y 627-2008-MTC/01, se declaro la conclusion del MORDAZA de transferencia de las funciones sectoriales especificas en materia de transporte a diversos Gobiernos Regionales pero no se incluye a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y el Gobierno Regional de MORDAZA (Provincias). En dicha transferencia se incluye la facultad de conducir el procedimiento estandar de emision de licencias de conducir; Que, por su parte, el inciso a) del articulo 8 del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y sus modificatorias, establece: "Los Gobiernos Regionales ejercen las siguientes competencias: a) Emitir y otorgar, a traves de la Direccion Regional de Transporte Terrestre, la respectiva licencia de conducir de la clase A, en el ambito de su jurisdiccion regional"; Que, en ese sentido, resulta pertinente dictar medidas adecuadas para mantener el sistema estandar de emision de licencias de conducir conforme lo establece el inciso g) del articulo 16 de la Ley, lo cual implica que las Direcciones Regionales de Transporte Terrestre, deben sujetarse al referido sistema estandar, que tiene por objeto garantizar MORDAZA y durante el MORDAZA de emision de la misma, la satisfaccion de los usuarios; Que, por lo expuesto, es necesario aprobar la Directiva "Procedimiento Estandar de Emision de Licencias de Conducir", para los Gobiernos Regionales, a fin de mantener un procedimiento uniforme para dicha emision; De conformidad con la Ley Nº 29370-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, y el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de Directiva Apruebese la Directiva Nº 001-2010-MTC/15 "Procedimiento Estandar de Emision de Licencias de Conducir", que consta de 12 articulos, 2 Disposiciones Complementarias Transitorias y 3 Anexos, y forma parte integrante de la presente Resolucion.

DIRECTIVA Nº 001-2010-MTC/15 "PROCEDIMIENTO ESTANDAR DE EMISION DE LICENCIAS DE CONDUCIR" Articulo 1.- Ambito de aplicacion. La presente Directiva regula el Procedimiento Estandar de Emision de Licencias de Conducir previsto en la Ley Nº 27181, Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre y es de aplicacion en los Gobiernos Regionales, que en virtud de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales" deben realizar dicha funcion de acuerdo a la normatividad vigente emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones- en adelante el MTC. Articulo 2.- Base Legal. 2.1. Ley Nº 27181- Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre y sus modificatorias. 2.2. Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion, sus modificatorias y normas complementarias y reglamentarias. 2.3. Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y normas complementarias y reglamentarias. 2.4. Ley Nº 29380 ­ Ley de Creacion de la Superintendencia de Personas, Cargas y Mercancias SUTRAN, y sus normas complementarias. 2.5. Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008MTC, sus modificatorias y normas complementarias. 2.6. Resolucion Ministerial Nº 307-2008-MTC/01. 2.7. Resolucion Ministerial Nº 364-2008-MTC/01. 2.8. Resolucion Ministerial Nº 627-2008-MTC/01. 2.9. Directiva Nº 002-2009-MTC/15, "Caracteristicas y Especificaciones Tecnicas y de Seguridad que debe contener la Licencia de Conducir de la Clase A", aprobada por Resolucion Directoral Nº 1021-2009-MTC/15 y su modificatoria, Resolucion Directoral Nº 2582-2009MTC/15. Articulo 3.- Objeto. La presente Directiva tiene por objeto: 3.1. Determinar los organismos competentes en el procedimiento de emision de licencias de conducir y sus responsabilidades. 3.2. Establecer el procedimiento estandar de emision de licencias de conducir aplicable en todo el territorio nacional 3.3. Garantizar la transparencia y la seguridad del procedimiento de emision de las licencias de conducir. 3.4. Establecer los requisitos minimos que debe observar cada Region en la atencion de los usuarios. Articulo 4.- Organismos competentes en el procedimiento de emision de licencias de conducir. Son organismos competentes en el procedimiento estandar para la emision de licencias de conducir los siguientes: 4.1. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones asume las siguientes responsabilidades: 4.1.1 Disenar y gestionar el procedimiento estandar de emision de licencias de conducir. 4.1.2 Apoyar con los Gobiernos Regionales para la

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