Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2010 (12/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2010

4. Elaborar un Plan Anual de Trabajo con actividades culturales, deportivas, educativas, de salud, recreativas, capacitaciones productivas laborales y otras de sensibilizacion, que tengan como principales beneficiarios las PcD y PAM. 5. Difundir informacion sobre las actividades de las instituciones sin fines de lucro (proyectos, actividades, campanas, demandas de voluntariado, movilizaciones, etc.) dedicados o dirigidos a las personas adultas mayores. 6. Difundir informacion de interes para las instituciones sin fines de lucro (convocatorias a financiamiento, concursos, etc.) dedicadas o dirigidas a las personas con discapacidad y personas adultas mayores. 7. Brindar contenidos, informacion y asesoria confiable y especifica en torno a los temas de discapacidad y tercera edad. 8. Sensibilizar y crear conciencia en la comunidad acerca de la problematicas de las PcD y PAM. 9. Fomentar la participacion de las PcD y PAM en las actividades que se realicen como Red, asi como las que realicen otras Instituciones (Cultura, deporte, educacion, salud, transporte, recreacion, capacitacion productiva laboral, etc.) ofreciendoles acceso a la comunidad. 10. Promocionar la Ley General de las PcD Ley Nº 27050 y su reglamento, asi como la Ley del Adulto Mayor Ley Nº 28803 y otras disposiciones legales en favor de las personas con discapacidad y adultas

mayores. Asimismo, velar por el cumplimiento de estas leyes y dispositivos. 11. Coordinar con las diferentes Instituciones que integran la RED a fin de dar un servicio eficiente a las PcD y PAM, optimizando las condiciones de accesibilidad. 12. Recomendar las acciones a tomar con el fin de ajustar los terminos de la presente Ordenanza a lo reglamentado en las Leyes de Personas con Discapacidad Ley 27050 y su Reglamento; y a su vez de la Ley del Adulto Mayor Ley Nº 28803 y otras disposiciones legales a favor de las personas con discapacidad y adultas mayores. 13. Establecer estrecha vinculacion entre las instituciones afiliadas. 14. Elaborar programas para la capacitacion para lideres y Dirigentes. 15. Velar por el cumplimiento de la Ley General de las PcD Ley Nº 27050 y su Reglamento, asi como la Ley del Adulto Mayor Ley Nº 28803 y otras disposiciones legales a favor de las personas con discapacidad y adultas mayores. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 466018-1s

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Proyecto de Resolucion que aprueba la MORDAZA "Factor de Descuento Aplicable a las Tarifas de la Red Principal cuando el ingreso por el Servicio supera el Ingreso Garantizado" y modifica las Normas "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea" y "Procedimiento de Calculo de la GRP del Proyecto Camisea"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 060-2010-OS/CD MORDAZA, 11 de marzo del 2010 VISTO: Los Informes N° 098-2010-GART y N° 101-2010GART, elaborados por la Division de Gas Natural y la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (OSINERGMIN). CONSIDERANDO: Que, el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN dispone que las normas de alcance general que dicte OSINERGMIN, en cumplimiento de sus funciones, deberan pre-publicarse en el Diario Oficial El Peruano junto con su exposicion de motivos, debiendo otorgarse un plazo no menor de 15 dias calendario para que los interesados remitan sus sugerencias o comentarios, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a MORDAZA administrativo; Que, producto del crecimiento de la demanda, se estima que, a partir del ano 2010 los Ingresos del Servicio de transporte de Gas Natural de Camisea a traves de la Red Principal superaran al Ingreso Garantizado y por tanto se requiere revaluar el Factor de Descuento que en ese caso, aplicaria a los Consumidores Nacionales para que se haga efectivo la devolucion del Adelanto de la GRP (AGRP) a favor de los usuarios; Que, el Factor de Descuento senalado en el considerando anterior requiere de un procedimiento especial a denominarse "Factor de Descuento Aplicable a las Tarifas de la Red Principal cuando el Ingreso por el Servicio supera el Ingreso Garantizado"; de la modificacion de la MORDAZA "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el caso de la Red Principal de Camisea", aprobada mediante Resolucion OSINERG N° 078-2004-OS/CD; y de la modificacion de la Norma: "Procedimiento de Calculo de la GRP del Proyecto Camisea" aprobada mediante Resolucion OSINERG N° 077-2004-OS/CD, debido a que en estos dos ultimos procedimientos se establecen la metodologia para determinar y aplicar el Factor de Descuento por el Pago Adelantado Total de la Garantia por Red Principal de Camisea y la determinacion del peaje por la Garantia por Red Principal de Camisea, sin embargo, en dichos procedimientos no se considera el mayor pago que genera la aplicacion del Factor de Descuento, cuando los Ingresos por el Servicio son mayores que el Ingreso Garantizado, siendo necesario complementar dichas

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