Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2010 (12/03/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2010

PROYECTO

415469

normas, para lo cual se ha elaborado el proyecto de resolucion que se anexa; Que, adicionalmente, en el Articulo 3° de la Resolucion OSINERGMIN N° 0340-2008-OS/CD, se definieron las Condiciones de Aplicacion de las tarifas de la Red Principal, las mismas que, por ser de aplicacion general y no especifica de cada resolucion tarifaria de la Red Principal, se ha visto por conveniente el definir las citadas condiciones en la Norma: "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el caso de la Red Principal de Camisea", aprobada mediante Resolucion OSINERG N° 078-2004OS/CD; Que, considerando que actualmente se viene desarrollando el MORDAZA de fijacion de la Tarifa de la Red Principal de Camisea para el periodo 2010 - 2012, cuya resolucion de aprobacion de tarifas se encuentra prevista para ser publicada el 21 de MORDAZA del 2010, y en cuyo procedimiento de aplicacion se considera al Factor de Descuento; es necesario que las modificaciones propuestas al "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea", aprobado mediante Resolucion OSINERG N° 078-2004-OS/CD y al "Procedimiento de Calculo de la GRP del Proyecto Camisea" aprobado mediante Resolucion OSINERG N° 077-2004-OS/CD, asi como la aprobacion del procedimiento "Factor de Descuento Aplicable a las Tarifas de la Red Principal cuando el Ingreso por el Servicio supera el Ingreso Garantizado", MORDAZA aprobados a mas tardar cuando entren en vigencia las tarifas de la Red Principal para el periodo 2010 ­ 2012, de modo que desde el comienzo sea expreso el procedimiento aplicable para los casos de devolucion de AGRP en beneficio de los usuarios; Que, en ese sentido, respetando el derecho de los agentes a emitir sus comentarios y sugerencias a la propuesta normativa, no obstante resultaria impracticable, para efectos del objetivo de las referidas propuestas, que su aprobacion se efectue con posterioridad a la fijacion de la Tarifa de la Red Principal. En ese sentido, por tratarse de un caso excepcional, es de aplicacion lo previsto en el inciso 3 del Articulo 14° del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General", aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, procediendose, por tanto, a exceptuar de la obligacion de publicar el proyecto de MORDAZA en el Diario Oficial, con una anticipacion minima de 30 dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia; es decir, la referida prepublicacion se efectuara en un plazo menor al indicado pero otorgandose un plazo de quince dias calendario a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias sobre el proyecto; Que, se ha emitido el informe tecnico N° 098-2010GART y el informe legal N° 101-2010-GART, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en la Ley N° 27133 "Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural", su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-99-EM, los respectivos Contratos de Concesion de TGP y Calidda y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas. RESUELVE: Articulo 1°.- Dispongase la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del OSINERGMIN, www2.osinerg.gob.pe, del Proyecto de Resolucion que

aprueba la Norma: "Factor de Descuento Aplicable a las Tarifas de la Red Principal cuando el Ingreso por el Servicio supera el Ingreso Garantizado", modifica la Norma: "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea", aprobada mediante Resolucion OSINERG N° 078-2004-OS/CD y modifica la Norma: "Procedimiento de Calculo de la GRP del Proyecto Camisea" aprobada mediante Resolucion OSINERG N° 077-2004-OS/CD, las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolucion, conjuntamente con su exposicion de motivos. Articulo 2°.- Definir un plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico de MORDAZA 224-0491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: normasgartdgn@osinerg.gob.pe indicando en el MORDAZA del correo: MORDAZA FDA. Para todos los casos, los documentos presentados se recibiran solo hasta las 18:00h del ultimo dia del plazo establecido anteriormente. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estaran a cargo de la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cordero. Articulo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) la recepcion y analisis de las opiniones y sugerencias que se presenten respecto al proyecto de modificacion y aprobacion de la nueva MORDAZA indicada en el articulo 1°, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Articulo 4°.- La presente resolucion, conjuntamente con su Anexo, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina Web de OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo Exposicion de Motivos La Garantia por Red Principal (GRP) es un mecanismo definido en el Reglamento de la Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, aprobado por Decreto Supremo N° 040-99-EM (en adelante "Reglamento") y en los Contratos BOOT de Concesion de TGP y Gas Natural de MORDAZA y Callao (Calidda), como el cargo que OSINERGMIN incorporara anualmente a la tarifa electrica en el rubro correspondiente al peaje del Sistema Principal de Transmision Electrica Nacional que se refiere el Articulo 59° de la Ley de Concesiones Electricas. A este cargo se le conoce como "Peaje GRP". El Peaje GRP permite cubrir, de ser necesario, los Ingresos Garantizados Anuales (IGA) del Concesionario, a traves del pago del citado peaje por parte de los generadores electricos, los cuales han introducido dicho cargo en las facturas a sus clientes, por lo que al final el Peaje GRP es recolectado de los usuarios electricos del SEIN. La Resolucion OSINERG N° 077-2004-OS/CD aprobo el "Procedimiento de Calculo de Garantia por Red Principal (GRP) del Proyecto Camisea", en adelante MORDAZA GRP, el mismo que establecio un procedimiento que ordeno y consolido los mecanismos que se senalan en el Reglamento y en los Contratos BOOT, de manera tal que el mecanismo de calculo de la GRP y su liquidacion pueda resultar en un MORDAZA transparente para todos los involucrados. Adicionalmente, la Resolucion OSINERG N° 078-2004OS/CD aprobo el "Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el caso de la Red Principal de Camisea", en adelante MORDAZA TRP, el mismo que regula el procedimiento para definir el Pago Adelantado Total de la GRP y la definicion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.