Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2010 (31/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de marzo de 2010

4) La operacion de pesca de prospeccion requiere la autorizacion previa de zarpe a cargo de la autoridad maritima, la misma que debe verificar y garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3°.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras artesanales podran disponer de la captura efectuada en el MORDAZA de la presente pesca de prospeccion, pudiendo esta ser desembarcada en las plantas de procesamiento con licencia de operacion vigente para consumo humano directo. Articulo 4°.- El Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE presentara al Ministerio de la Produccion, el informe final de los resultados obtenidos de la prospeccion pesquera a fin de que se adopten las medidas que correspondan. Articulo 5°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial sera sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (RISPAC) aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demas normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Articulo 6°.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 475578-1

Cacao) y la Gestion Empresarial de Asociaciones de Productores en la Region del Vrae-Peru" suscrito el 11 de diciembre de 2009 , en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, de MORDAZA, a los treinta dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 475581-4

Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica con Brasil para Implementacion del Proyecto de Intercambio de Experiencias y Tecnologias para el Incremento de la Productividad y Gestion Empresarial de los Productores de Cafe en la Region del VRAE - Peru
DECRETO SUPREMO N° 027-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para la Implementacion del Proyecto "Intercambio de Experiencias y Tecnologias para el Incremento de la Productividad y Gestion Empresarial de los Productores de Cafe en la Region del VRAE ­ Peru", fue suscrito el 11 de diciembre de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para la Implementacion del Proyecto "Intercambio de Experiencias y Tecnologias para el Incremento de la Productividad y Gestion Empresarial de los Productores de Cafe en la Region del VRAE ­ Peru", suscrito el 11 de diciembre de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 475581-5

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica con Brasil para Implementacion del Proyecto de Intercambio de Experiencias y Tecnologias para Mejorar la Productividad del Cacao y la Gestion Empresarial de Asociaciones de Productores en la Region VRAE Peru
DECRETO SUPREMO Nº 026-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para la Implementacion del Proyecto "Intercambio de Experiencias y Tecnologias para Mejorar la Productividad del Cacao (Theobroma Cacao) y la Gestion Empresarial de Asociaciones de Productores en la Region del Vrae-Peru" suscrito el 11 de diciembre de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherirse a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso. DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Acuerdo Complementario al Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para la Implementacion del Proyecto "Intercambio de Experiencias y Tecnologias para Mejorar la Productividad del Cacao (Theobroma

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