Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2010 (31/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de marzo de 2010

Que, mediante el informe del Visto, se confirma la existencia del referido error material consignado en el articulo 3° de la parte resolutiva de la Resolucion Directoral N° 004-2010-GRL-GRDE-DREM; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 201° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, lo establecido en la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES, y con la opinion favorable del Profesional de Area de Electricidad de la Direccion Regional de Energia y Minas y con la opinion favorable de la Sub Gerencia de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Rectificar, de oficio, la Resolucion Directoral N° 004-2010-GRL-GRDE-DREM en su articulo 3°, el cual debe quedar redactado como sigue: Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Directoral debera ser incorporado en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Cesion de Posicion Contractual mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer que el texto de la presente Resolucion Directoral sea incorporado en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Cesion de Posicion Contractual aprobado por la Resolucion Directoral N° 0042010-GRL-GRDE-DREM. Articulo 3°.- La presente Resolucion Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario Electrica MORDAZA MORDAZA S.A.C., dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA GUIO Director Regional de Energia y Minas (e) 475105-1

publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 73° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que es materia de competencia municipal, planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial; Que, mediante la Ley Nº 28681 se establecio el MORDAZA normativo que regula la comercializacion, consumo y publicidad de bebidas alcoholicas de toda graduacion, la misma que en su articulo 5º inciso f) prohibe entre otros el consumo directo de toda clase de bebidas alcoholicas en la via publica; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo aprobo por mayoria, la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Objeto.- Prohibir en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, el consumo y comercializacion no autorizada de bebidas alcoholicas cualquiera sea su forma de MORDAZA y/o preparacion, en la via publica (salvo autorizacion expresa de la Municipalidad durante algun evento de caracter principalmente turistico y/o festivo). Prohibir el consumo de bebidas alcoholicas en el interior de vehiculos localizados en la via publica y en el interior de aquellos establecimientos no autorizados para el consumo y comercializacion de bebidas alcoholicas, a fin de preservar el orden, la tranquilidad, la seguridad y las buenas costumbres en el distrito. Articulo Segundo.- Base Legal.- La presente ordenanza se sustenta en las siguientes Normas Legales: - Constitucion Politica del Peru. - Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. - Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley 28681, Ley que Regula la Comercializacion, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcoholicas. - Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones. Articulo Tercero.- Conceptos: Para efectos de la presente disposicion se considera: - Via Publica: A los espacios fisicos de dominio publico y/o areas destinados a fines publicos resultantes de procesos de habilitacion MORDAZA no considerados propiedad privada, entre ellos se encuentran parques, plazas, avenidas, calles, jirones y todos aquellos espacios o lugares no comprendidos en una propiedad privada. - Bebida alcoholica: a toda bebida cuya composicion o elaboracion contenga ALCOHOL (cerveza, vino, MORDAZA, ron, tragos preparados, etc) o cuya ingesta produzca ebriedad. Articulo Cuarto.- Obligaciones: Se prohibe el consumo de bebidas alcoholicas en la via publica y en establecimientos no autorizados para dicho fin. Se prohibe la comercializacion de bebidas alcoholicas en el distrito despues de las 23:00 horas. Solo podran expenderse despues de ese horario al interior de los establecimientos debidamente autorizados para su consumo (penas, discotecas, pubs y otros parecidos). En ningun caso podra venderse bebidas alcoholicas despues de las 02:00 am. Todos los establecimientos cuyo giro sea bodega, licoreria y/o similares que expendan entre sus productos bebidas alcoholicas, deben contar con la autorizacion correspondiente, y estan obligados a la colocacion de los siguientes avisos: - Esta prohibida la venta de bebida alcoholicas a menores de edad. - Esta prohibido el consumo de bebidas alcoholicas en la via publica. - Si bebe no conduzca. Senalando en la parte inferior de dicho aviso el presente dispositivo.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prohiben consumo y comercializacion no autorizada de bebidas alcoholicas en la via publica del distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 111-2010/MDSB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de marzo de 2010, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los articulos 194° y 195° numerales 5) y 6) de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En este sentido, son competentes, entre otros, para organizar, reglamentar y administrar los servicios

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