Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2010 (31/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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ORDENANZA

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de marzo de 2010

Articulo 1º.- AUTORIZAR la celebracion del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2010 para el Sabado 08 de MORDAZA del 2010, para lo cual las inscripciones se realizaran desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza hasta el 05 de MORDAZA del 2010 en la Sub Gerencia de Registro Civil ubicada en el 2º Piso del Palacio Municipal. Articulo 2º.- Apliquese un descuento por concepto de Pliego matrimonial aplicado en el MORDAZA vigente de la Municipalidad para quienes quieran contraer matrimonio Civil en la fecha senalada en el articulo precedente. Articulo 3º.- CONSIDERESE como requisitos para aquellas personas que desean acogerse a este beneficio lo siguiente: · Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes. · MORDAZA simple del documento de identidad de ambos. · MORDAZA simple del documento de identidad de dos testigos. · Pago del Pliego Matrimonial: S/. 80.00 Nuevos Soles · Examen Medico Pre ­ Nupcial, que realizara el area de Servicios a la Salud: S/. 20.00 Nuevos Soles PARA CONVIVIENTES: · Partida de Nacimiento de uno de los hijos (original). EXONERACIONES: · Certificado de Solteria. · Examen pre nupcial siempre y cuando tengan descendentes. Articulo 4º.- DISPENSAR la publicacion de los Edictos Matrimoniales en base a la facultad que confiere el articulo 252º del Codigo Civil vigente, a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de los demas documentos exigidos por Ley y que se encuentren aptos para contraer matrimonio, debiendo la Sub Gerencia de Registro Civil proceder a la publicidad en el periodico mural del Edictos Matrimoniales. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, la Sub Gerencia de Registro Civil y demas areas involucradas el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Social y la Gerencia de Informatica la difusion oportuna de la presente Disposicion. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial " EL PERUANO". POR TANTO: Mando cumplase. registrese, comuniquese, publiquese y

El Concejo de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; atribucion concordante con el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que dispone que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones; Que, el tercer parrafo del articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, establece que en los casos de los tributos administrados por los gobiernos locales, la tasa de interes moratorio (TIM) sera fijada por ordenanza municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT); Que, es asi que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 053-2010/SUNAT se fija en uno y dos decimas por ciento (1.2%) mensual, la tasa de interes moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional que administra o recauda; a partir del 1 de marzo de 2010; Estando a lo expuesto, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por el articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- FIJAR en uno y dos decimas por ciento (1.2%) mensual, la tasa de interes moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias que administra o cuya recaudacion estuviera a cargo de la Municipalidad de San MORDAZA, que no MORDAZA pagadas dentro de los plazos establecidos. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y a la Subgerencia de Informatica el fiel cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 475538-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 474684-1

Aprueban balance general y memoria anual del ejercicio economico 2009 de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2010-MDSM San MORDAZA, 29 de marzo de 2010 VISTOS, en sesion ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Memorando Nº 108-2010-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, el Informe 056-2010-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Informe Nº 074-2010-SGC-GAF/MDSM emitido por la Subgerencia de Contabilidad y el Memorando Nº 281-2010-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, referidos a los proyectos de balance general y memoria anual del ejercicio economico 2009, respectivamente, y;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Fijan Tasa de Interes Moratorio aplicable a las obligaciones tributarias en el distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 195-MDSM San MORDAZA, 29 de marzo de 2010 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA

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