Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2010 (31/03/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

416515

Articulo Quinto.- Sanciones: El incumplimiento de la presente Ordenanza constituye una infraccion a las normas de competencia municipal, lo cual MORDAZA lugar a la imposicion de sanciones correspondientes de acuerdo al Reglamento de Aplicacion y Sanciones y al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones. El incumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza MORDAZA lugar al decomiso de las bebidas alcoholicas cualquiera sea su forma de MORDAZA y/o preparacion y en cualquier envase que la contenga, en la via publica o al interior y alrededor de los establecimientos comerciales no autorizados para el consumo de dichas bebidas. No obstante la sancion pecuniaria respectiva, en todos los casos que se constate el consumo de bebidas alcoholicas en la via publica se procedera a su incautacion y posterior decomiso por parte de la autoridad municipal interviniente, luego del procedimiento administrativo respectivo. La que debera levantar un Acta de la ocurrencia registrandose en MORDAZA las caracteristicas de lo incautado. Articulo Sexto.- Incorporacion de Infracciones: Incorporese como infraccion al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas las derivadas de la presente MORDAZA que no se encontrasen ya incluidas en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones y siendo las siguientes:
CODIGO MORDAZA DE MEDIDAS INFRACCION COMPLEMENTARIAS 01-0123 Por vender bebidas 20% UIT alcoholicas fuera del horario establecido 01-0206 Por venta de bebidas 10% UIT Decomiso alcoholicas en la via publica sin autorizacion INFRACCION

de control y fiscalizacion en cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a gestionar las modificaciones e inclusiones respectivas y necesarias para la aplicacion de la presente ordenanza. Tercera.- Otorguese a los comerciantes comprendidos en la presente MORDAZA un plazo de adecuacion a la misma de quince (15) dias habiles a partir de la publicacion de la presente ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Servicios a la Comunidad y Oficina de Comercializacion el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA L. BARTHELMESS MORDAZA MORDAZA 475522-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Autorizan celebracion del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2010
ORDENANZA N° 000144-2010-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 26 de Marzo del 2010 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: POR CUANTO: Visto, en la sesion Ordinaria de la fecha, el Informe No. 007ª-2010-MDSJM-GSG-RR.CC. de la Sub Gerencia de Registros Civiles remitido a la Secretaria General; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley No. 27680, preceptua que las Municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendoles a los Concejos Municipales, las funciones normativas que establece el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley No. 27972, la cual ejercen mediante Ordenanzas; Que, conforme lo dispone el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado y de todo Gobierno Local, proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es politica de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores promover la regularizacion de la situacion de aquellas parejas que encontrandose en condiciones de contraer Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos economicos para formalizarlo; Que, dentro del distrito existen numerosos hogares formados de hecho que por lo senalado en el considerando anterior no pueden regularizar su situacion; Que, asi mismo el Articulo 73º y 84º de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972 ­ Materias de competencia municipal establecen en materia de programas sociales, de defensa y promocion de los derechos de los ninos, adolescentes, mujeres y adultos mayores promoviendo la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Art. 9 incisos 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades y el Decreto Supremo No. 156-2004-EF, con la aprobacion UNANIME de los senores regidores y con la dispensa de lectura y aprobacion del acta ha dado la siguiente:

De acuerdo al Cuadro Unico de Infracciones y sanciones aprobado por Ordenanza Nº 087-2008/MDSB se encuentra constituido la siguiente infraccion:
CODIGO 04-0104 MORDAZA DE MEDIDAS INFRACCION COMPLEMENTARIAS Comercializar o facilitar 50% UIT Clausura el consumo de productos prohibidos y/o perjudiciales para menores de edad (bebidas alcoholicas, sustancias toxicas) INFRACCION

Articulo Setimo.- La venta de bebidas alcoholicas por parte de establecimientos no autorizados para dicho giro, sera considerada como una falta grave y se aplicara como medida complementaria, la clausura transitoria del establecimiento y en el caso de continuidad, se revocara la licencia de funcionamiento. Articulo Octavo.- Disponer que la Gerencia de Servicios a la Comunidad a traves de la Policia Municipal retenga y/o incaute todo MORDAZA de bebidas alcoholicas que se consuman en la via publica del Distrito, pudiendo solicitar el MORDAZA de la Fuerza Publica en caso de ser necesario. Articulo Noveno.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Humano establezca los programas de prevencion y rehabilitacion en los casos de consumo de drogas y alcoholismo y crear programas de erradicacion en coordinacion con el gobierno regional, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.1) del articulo 73º de la Ley Nº 27972. Articulo Decimo.- Las Bebidas Alcoholicas incautadas en cumplimiento de la presente MORDAZA, seran registradas y remitidas al Almacen Municipal respectivo, para que luego del procedimiento administrativo que corresponda se proceda a la eliminacion en acto Publico de las bebidas alcoholicas y a la donacion de los envases a instituciones de fines beneficos. Articulo Undecimo.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente la presente ordenanza en un plazo de quince (15) dias habiles. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Comunidad y Oficina de Comercializacion, las acciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.