Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2010 (31/03/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

416499

DICE: .... Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAZUELOS, Juez Titular del Decimo Octavo Juzgado Laboral de MORDAZA, como Juez Superior Provisional de la Sala Civil Descentralizada de MORDAZA MORDAZA del Triunfo a partir del 25 de marzo del presente ano, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: (...). DEBE DECIR: .... Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAZUELOS, Juez Titular del Decimo Octavo Juzgado Laboral de MORDAZA, como Juez Superior Provisional de la Sala Civil Descentralizada de MORDAZA MORDAZA del Triunfo a partir del 24 de marzo del presente ano, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: (...). 475565-1

Rectores de reconocida trayectoria institucional, elegidos entre los candidatos propuestos por las universidades institucionalizadas. Tres de ellos son elegidos por las universidades publicas y los dos restantes por las universidades privadas. La Asamblea Nacional de Rectores convoca y organiza el MORDAZA electoral respectivo y emite la resolucion de nombramiento; Estando a lo acordado por la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y el Pleno de Rectores, en la sesion extraordinaria de fecha 26 de marzo de 2010, se aprobo el Reglamento para la Eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional para la Autorizacion del Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento para la Eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional para la Autorizacion del Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, el cual forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese.

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Aprueban Reglamento para la Eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional para la Autorizacion del Funcionamiento de Universidades - CONAFU
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0316-2010-ANR MORDAZA, 26 de marzo de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y del Pleno de Rectores, de fecha 26 de marzo de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733 prescribe que los Rectores de las Universidades publicas y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores, cuyos fines son el estudio, la coordinacion y la orientacion general de las actividades universitarias en el MORDAZA, asi como buscar el fortalecimiento economico y academico de las universidades y el cumplimiento de las mismas en su responsabilidad para con la comunidad nacional; Que, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU es un organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, tal como lo establece el articulo 1º de la Ley Nº 26439, Ley de Creacion; cuyas atribuciones, entre otras, son el evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional y emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional; asi como todo lo relativo a la fusion de universidades, autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras o escuelas previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 26439, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, esta integrado por cinco ex

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS CONSEJEROS DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) I. BASE LEGAL: 1.1. Constitucion Politica del Peru. 1.2. Ley Nº 26439 Ley que crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades. 1.3. Ley Universitaria Nº 23733. 1.4. Resolucion Nº 435-95-ANR, que aprueba el Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria. 1.5. Resolucion Nº 189-2006-CONAFU, que aprueba el MORDAZA Estatuto del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades. II. LOS ELECTORES 2.1. De acuerdo a los articulos 1º, 3º y 4º de la Ley Nº 26439 Ley que crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, los rectores de las universidades publicas y los rectores de las universidades privadas que conforman la Asamblea Nacional de Rectores, elegiran a cinco ex rectores para el CONAFU. 2.2. La eleccion de los miembros Consejeros del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, se llevara a cabo en reunion especial, para cada caso, con agenda unica. III. DE LA CONVOCATORIA DEL MORDAZA ELECTORAL 3.1. El MORDAZA de eleccion de los Consejeros del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades a cargo de los rectores de las universidades publicas y privadas, sera convocado por el Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores con el cronograma aprobado por la Comision de Coordinacion Interuniversitaria. 3.2. El cronograma de este MORDAZA electoral sera hecho publico a traves de la pagina web de la Asamblea

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.