Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2010 (07/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2010

legal que facilite la lucha contra la tuberculosis, el cual sera de aplicacion a diversos sectores y niveles de Gobierno, a fin de optimizar el uso de los recursos y fortalecer las respuestas de la Administracion Publica, en coordinacion con la sociedad civil, para continuar desarrollando el Proyecto del Fondo Mundial, siendo necesario para el cumplimiento de dichos fines, la aprobacion de un Plan Estrategico Multisectorial, que dirija y oriente las acciones necesarias para prevenir y controlar la tuberculosis, acorde con las caracteristicas de endemia que presenta el pais; Que, existe la necesidad de una respuesta multisectorial organica en la lucha contra la tuberculosis, para optimizar el uso de los recursos y potenciar el accionar de los diferentes actores, a fin de articular las respuestas desde los sectores estatales y la coordinacion entre la sociedad civil y el Estado para desarrollar el Proyecto del Fondo Mundial; Que, por Resolucion Ministerial Nº 023-2010/MINSA, se dispuso la prepublicacion del Plan Estrategico Multisectorial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, a fin de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas y privadas por un espacio de 15 dias utiles, cuyos aportes han sido incorporados en el presente; Que, en virtud de ello, resulta necesario aprobar el "Plan Estrategico Multisectorial de la Respuesta Nacional a la Tuberculosis en el Peru 2010 - 2019"; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- APROBACION Apruebese el "Plan Estrategico Multisectorial de la Respuesta Nacional a la Tuberculosis en el Peru 2010 - 2019", cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- MEDIDAS COMPLEMENTARIAS Facultese al Ministerio de Salud, a dictar las medidas complementarias que MORDAZA necesarias para garantizar el cumplimiento a nivel nacional, de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- VIGENCIA El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- PUBLICACION El "Plan Estrategico Multisectorial de la Respuesta Nacional a la Tuberculosis en el Peru 2010 - 2019", aprobado por el Articulo 1º del presente Decreto Supremo debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas. asp), en la fecha de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- REFRENDO El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa, el Ministro de Justicia, la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, y por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Autogas Tank S.A.C. como taller de conversion a gas licuado de petroleo, ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3607-2009-MTC/15
MORDAZA, 23 de noviembre de 2009 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2009-020302, 2009-022073, 2009-023067, 2009-024085 y 2009-025003 de fechas 14 de setiembre, 02, 15, 26 de octubre y 05 de noviembre de 2009, presentados por la empresa AUTOGAS TANK S.A.C., mediante los cuales solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15, modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC sobre "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GLP y de los Talleres de Conversion a GLP", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos, diesel o GLP al sistema de combustion a GLP mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 1226-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los Expedientes Nºs. 2009-020302, 2009-022073, 2009023067, 2009-024085 y 2009-025003 de fechas 14 de setiembre, 02, 15, 26 de octubre y 05 de noviembre de 2009, cumplen con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa AUTOGAS TANK S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP para la instalacion del kit de conversion correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 0052007-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GLP y de los Talleres de Conversion a GLP", aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa AUTOGAS TANK S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP, ubicado en la Avenida MORDAZA MORDAZA Nº 914, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

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