Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 1998 (12/12/1998)


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verificacion, monitoreo movil e incautacion realizadas en la localidad de MORDAZA, ubicada en el departamento de MORDAZA, se detecto alas emisoras denominadas Radio Campesina de MORDAZA (Proyecto Feas - Ministerio de Agricultura), Empresa Radiodifusora Comercial "Turbo Mb? S.R.LTDA., EmpresaRadiodifusora ComercialOllantay de MORDAZA S.R.LTDA. - Radio Ollantay y Empresa de Radio y Television MORDAZA E.I.R.LTDA. -Radio MORDAZA, operando el Servicio de Radiodifusion Sonora sin contar con la autorizacion, permiso o licencia expedida por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, el Articulo 22" del TU0 de la Ley de Telecomunicaciones, concordante con los Articulos 97" y 144" de su Reglamento General, establecen que, para operar el Servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion previa otorgada por el titular de este Ministerio; en consecuencia conforme a las verificaciones efectuadas se tiene que las estaciones radiodifusoras MORDAZA citadas han incurrido en sancion administrativa, las mismas que son pasibles de multa, la cual debe imponerse conforme a la escala establecida en el D.S. N" 015-97-MTC; Que, para la determinacion de la multa a imponerse debe tenerse en consideracion la potencia de transmision de las estaciones infractoras, en aplicacion de lo dispuesto en el D.S. N" 015-97-MTC y Articulo 236", literales el y D del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; parametro tecnico que, para cada una de las estaciones infractoras, se encuentra establecido en el Informe N 032-98-MTCIINICTEL, complementaria al senalado ene1 primer considerando; Que, las estaciones denominadas Radio Campesina de MORDAZA (Proyecto Feas - Ministerio de Agricultura), Empresa Radiodifusora Comercial "Turbo Mix" S.R.LTDA., Empresa Radiodifusora Comercial Ollantay de MORDAZA S.R.LTDA.-RadioOllantayyEmpresadeRadioyTelevision CajamamaE.I.R.LTDA.-RadioCajamarcahanincurridoen infraccion administrativa leve al haberseles encontrado operando, sin la debida autorizacion, con una potencia Ide transmision menor a cien (100) vatios, por lo que corresponde imponerseles sancion de multa de media (1/2> a diez (10) Unidades Impositivas Tributarias la cual debe ser graduada teniendo en consideracion la repercusion social de la misma, conforme la facultad prevista en el Articulo 94" del TU0 de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el Articulo 238"del Reglamento General Ide la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. N"06-94-TCC, dispone que la sancion sera determinada, verificada, evaluada y sancionada por la Direccion General de Telecomunicaciones; Que, de otro lado conforme a lo dispuesto por el Articulo 90" del TU0 de la Ley de Telecomunicaciones, las estaciones indicadas en el MORDAZA considerando deberan abonar el Canon por el uso del Espectro Radioelectrica por el periodo comprendido desde el 17.febrero.98, fecha en que se detecto su operacion ilegal, hasta la fecha de suscripcion de la presente resolucion, periodo que se determina segun los criterios establecidos en el Articulc 239" del Reglamento General; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unicc Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. N" 013-93-TCC, su Reglamento General y el D.S. N 015-97-MTC; y, Estando a lo opinado por la Direccion de AsesoriaL Tecnica; SE RESUELVE: Articulo lo.- Sancionar con una multa equivalente S media (1/2) Unidad Impositiva Tributaria, por las razonea expuestas en la parte considerativa de la presente resolu, cion, alas siguientes estaciones del Servicio de Radiodifusion, ubicadas en la MORDAZA de Cajamarca: 1. Estacion : Radio Campesina de MORDAZA (Proyecto Feas - Ministerio de Amicultural Propietario 0 : MORDAZA MORDAZA Mendoza. MORDAZA Representante : Jr. Wiracocha s/n. Banos del MORDAZA, Ubicacion MORDAZA Frecuencia Potencia 2!. Estacion Propietario 0 Representante Ubicacion Frecuencia potencia

MORDAZA, sabado 12 de diciembre de 1998 1050 KHz. 95 w. Empresa Radiodifusora Comercial "Turbo Mix" S.R.LTDA. Wilmer MORDAZA MORDAZA Jr. MORDAZA N" 335, La MORDAZA, MORDAZA 104.1 MHz. 40 w. Empresa Radiodifusora Comercial Ollantay de MORDAZA S.R.LTDA. - Radio Ollantay MORDAZA MORDAZA MORDAZA Psje. MORDAZA N" 360, Barrio Cumbemayo - MORDAZA 102.1 MHz. 35 w. Empresa de Radio y Television CajamarcaE.I.R.LTDA.-Radio MORDAZA : : : : MORDAZA MORDAZA potosi Jr. Batan No 355 - MORDAZA 138OKHz. 80~.

:1. Estacion
Propietario 0 Representante Ubicacion Frecuencia Potencia
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1. Estacion Propietario 0 Representante Ubicacion Frecuencia Potencia

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Articulo 2".- El propietario o representante de cada ma de las estaciones infractoras debera cancelar el mon;o de la multa impuesta dentro del termino improrrogable le treinta (30) dias, a cuyo vencimiento se procedera ala :obranza coactiva. El pago de la multa impuesta se efectuara en la fesoreria del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion - Sede Principal sito en Av. 28 de MORDAZA No 800, distrito, provincia y departamento de Lima. A r t i c u l o 3°C Las estaciones sancionadas deberan abstenerse de seguir operando, con igual o distinta denominacion, en caso contrario se les impondra nueva sancion administrativa. Articulo 4".- Las estaciones sancionadas en el Articulo 1" abonaran el Canon por el uso del Espectro Radioelectrico por el periodo comprendido desde el 17.febrero.98, fecha que fueron detectadas operando, hasta la suscripcion de la presente resolucion, por las razones expuestas en la parte considerativa; para tal efecto la Direccion de Recaudacion y Coordinacion Regional efectuara la liquidacion del monto que por el concepto del canon MORDAZA indicado, deberan pagar las estaciones sancionadas. Articulo 5".- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a las Direcciones de Asesoria Tecnica, de Administracion de Frecuencias y de Recaudacion y Coordinacion Regional, y a las Subdirecciones de Sistemas de Radiodifusion y Control de Estaciones Radioelectricas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSAKI SUEMITSU Director General de Telecomunicaciones 14498 RESOLUCION DIRECTORAL N" 139-98-MTC115.19 MORDAZA, 30 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante InformeN" 06-97-MTCINICTEL-CIT, el Instituto Nacional de lnvestigacion y Capacitacion en Telecomunicaciones - INICTEL en virtud del Convenio Especifico N" 2 denominado "Inspecciones Tecnicas para el Control del espectro Radioelectrico", da cuenta de la verificacion, monitoreo movil e incautacion realizadas en

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