Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 1998 (12/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Informe N" 1074-98-MTC/ 15.18.04.02.atr.,expresa haberrevisadoladocumentacion y encontrado conforme, por lo que, recomienda otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES DABLE AMA NECER S.C.R.Ltda. la concesion de ruta Tacna - Desaguadero y viceversa; Estando alas opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nac:ional e Internacional en Memorandum N" 2339-98-MTC/ 15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N" 1:313-98MTC/l5.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-MTC, Ley N" 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 070-89PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N" O19-97. MTC y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES DABE AMANECER S.C.R.Ltda.. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, en la ruta: Tacna Desaguadero y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR TACNA - DESAGUADERO y viceversa TACNA DESAGUADERO MORDAZA - ILAVE - YUNGUYO ILAVE Una (1) interdiana Dos (2) bmnibus

Declaran la nulidad de diversas licencias de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL N" 1448.98.MTC05.18 MORDAZA, 4 de diciembre de 1998 VISTOS,elInformeW894-98MTC115.18.05.3yanexo correspondiente emitido por la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y el Memorandum N" 565-98-MTC05.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, sobre peticiones de nulidad de expedicion de licencias de conducir varias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N" 665-96.MTCl 15.15 se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se ha detectado que diversos titulares de dichos instrumentos publicos tienen dobles brevetes obtenidos en diferentes Direcciones Regionales de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N" 15-94-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos NS. 08 y 09-97.MTC y Decreto Supremo N 006-98-MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciar a una de ellas, para poder acceder al canje de las nuevas licencias de conducir, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 89" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02-94.SUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA AutomotoryCirculacionVialenMemorandumN"565-98 MTC/15.18.05ydeAsesoriaLegalenInformeN" 1283-98. MTC/l5.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo W 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo No 02.94-JUS y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de conducir en numero de veintidos (22), obtenidas por sus titulares en la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial de la Direccion General de Circulacion Terrestre, de la clase y categoria de dichos instrumentos publicos de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe N" 381-98MTC05.18.05.3, de fecha 26 de MORDAZA de 1998, cuyos originales debidamente visados, forman parte integrante de esta resolucion, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecucion de la presente resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. IBANEZ MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre MINISTERIO Dk TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE MORDAZA AUTOMOTOR Y CIRCULACION VIAL SUBDIRECCION DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR

FLOTA OPERATIVA : Un (1) bmnibus: UK-2539 (1991) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UK-2531 (1983) HORARIOS : Salida de Tacna : 16.00 horas (martes, jueves y sabado) Salida de Desaguadero: 16.00 horas (miercoles, viernes y domingo)

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar al servicio dentro de los treinta (301 dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucioncumpliendoconloestablecidoenelArti~~ulo 17" del reglamento aprobado por Decreto Supremo N' 05-95MTC; caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16" del citado reglamento. Cuarto.-Encargar la ejecucion de esta resoluc:ion a la ; Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e , Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. IBAllEZ MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 14510

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