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Lima, viernes 18 de diciembre de 1998 Pág. 167413 to Independiente Vamos Vecino”; debiéndoseles otorgar las correspondientes credenciales. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 14835 RESOLUCION W 130709%JNE Lima, 17 de diciembre de 1998 Vistos, los recursos de revisión y nulidad proclamación recibidos el 2 y 10 de noviembre del año en curso, interpuestos por doña Blanca Flora Chujutalli Rojas, candidata a regidora Por el Movimiento Independiente Vamos Vecino; quien solicita a revisión y nulidad de la proclamación de los ciudadanos don Juan José Acedo Chanduvi y don RaúlCastillo Rojas del cargo de regidor delconcejo Provincial de Paita, departamento de hura; alega que: A) En fecha 23 de octubre del presente año, don Juan José Acedo Chanduvi integrante del MovimientoIndependiente Vamos Vecino ha sido proclamado regidor del Concejo provincial de Paita; sin embargo, cuando era candidato en fecha 31 de agosto del actual fue nombrado Gobernador Politice de la Provincia de Paita, que al ser candidato a regidor debía renuncia r al cargo de Gobernador; posteriormente, en fecha 12 de octubre del año en curso, al tomar conocimiento que había sido elegido regidor del citado Concejo Municipal presenta renuncia al cargo de Gobernador de la provincia de Paita; y, B) El ciudadano Raúl Castillo Rojas integrante del Movimiento Independiente Vamos Vecino ha sido elegido regidor del Muni- cipio Provincial de Paita, no obstante que como candidato a regidor del citado municipio estaba impedido por ejercer el cargo de Director de Imarpe Paita; El Oficio No PCD-300-906-98 IMP/Pe, recibido el 7 de diciem- bre del año en curso, del Presidente del Concejo Directivo IMAR- PE, quien informa que el biólogo Carlos Raúl Castillo Rojas ejerce el cargo de Director de Laboratorio Costero de Paita, depar- tamento Piura; asimismo, el mencionado ciudadano no ha hecho pedido de licencia alguna durante el presente año; CONSIDERANDO: Que, del análisis de autos se establece que don Juan José Acedo Chanduvi quien postuló al cargo de regidor del Concejo Provincial de Paita por el Movimiento Independiente Vamos Vecino; posteriormente, por Resolución Prefectura1 No 82-98 0302/P.D.P. de fecha 31 de agosto del presente año, fue nombra- do Gobernador del cercado de la provincia de Paita, departa- mento Piura, cargo que ejerce hasta el 12 de octubre del año en curso, fecha en la cual presenta renuncia; que el citado candida- to a regidor no debió aceptar el cargo de Gobernador, debido a que en el período que ostenta el cargo de Gobernador se encon- traba vigente la prohibición que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los Gobernadores, salvo que renuncien al cargo 60 días antes de la fecha de elecciones; razón por la cual es nula la postulación de don Juan José Acedo Chanduvi como candidato a regidor del municipio en mención, y en consecuencianula la proclamacidn de regidor del Concejo Provincial de Paita, al haber incumplido normas electorales de orden público; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 8” numeral 1) de la Ley de Elecciones Municipales N” 26864; Te,el Presidente de Concejo Directivo de IMARPE informa queon Raúl Castillo Rojas ostenta el cargo de Director de Laboratorio Costero de Paita y no ha solicitado licencia alguna durante el Presente ano, tal como aparece de fojas 42;ue don Raúl Casti lo Rojas al postular al cargo de regidor del 9:oncejo Provincial de Paita por el Movimiento Independiente Vamos Vecino estaba obligado a solicitar licencia al cargo de directivo 9ueostenta dentro del plazo de 30 días naturales antes de la echa de las elecciones, sin embargo no lo hizo así; razón por la cual es nula la ostulación de don Raúl Castillo Rojas como candidato a regiCror del municipio en mención, y en consecuencia nula la proclamación de regidor del Concejo Provincial de Paita, al haber incumplido normas electorales de orden público; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9” numeral 3) de la Ley de Elecciones Municipales No 26864; Bue,al anularse la postulación y proclamación del cargo de regior de los ciudadanos Juan José Acedo Chanduvi y Carlos Raúl Castillo Rojas, corre sonde que sean proclamados regido- res del Concejo Provincial Be Paita doña Blanca Flor Chujutalli Rojas candiCrdon Luis Ricardo Landeo Ponce, conforme a la lista de atos remitida por el Jurado Electoral Especial de Paita; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribucio- nes; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADAS las solicitudes de revisión y nulidad interpuesta por doña Blanca Flora Chuju-talli Rojas, candidata a regidora por el Movimiento Indepen- diente Vamos Vecino; en consecuencia; NULA la postulación, proclamación y las credenciales de los ciudadanos Juan José Acedo Chanduvi y Raúl Castillo Rojas del cargo de regidor del Concejo Provincial de Paita, departamento de Piura. Articulo Segundo.-Proclamar a doña Blanca Flor Chuju- talli Rojas y don Luis Ricardo Landeo Ponce, integrantes del Movimiento Independiente Vamos Vecino, para que ejerzan el cargo de regidores del Concejo Provincial de Paita, departamen- to Piura, para el período 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Otorgar las correspondientes creden- ciales a doña Blanca Flora Chujutalli Rojas y don Luis Ricardo Landeo Ponce. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas policiales prestarán las garantías para el cumplimiento de a presenteI resolución. Regístrese, comuníquese y publiquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 14836 Confirman acta de proclamación con relación a elecciones municipales real¡- zadas en el distrito de Vilcaihuamán REXOLUCION W 1303-98-JNE Lima, 17 de diciembre de 1998 Visto, el Oficio N”051-98-P-JEE-VH recibidocon fecha 31 de octubre de 1998, remitid oor el doctor Jorge Ibar Ola.& Alar- cón, Presidente del Jurado Electoral Es cial deVilcashuamBn, elevando la comunicación de don Ciro lrisagel Arroyo, Persona- ro Legal del “Movimiento Independiente Vamos Vecino”, quien solicita la nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de Vilcashuamán capital de la provincia del mismo nombre, por haber inasistido más del 50% de los votantes al acto electoral; CONSIDERANDO: Que, el distrito de Vilcashuamán tiene una población electo- ral de 4,649 ciudadanos y en las última s elecciones municipales en dicho distrito sufragaron 2,873 electores, lo cual representa más del 50% del número total de votantes en el referido distrito electoral; en consecuencia, las elecciones municipales realiza- das en el distrito de Vilcashuamán capital de la provincia del mismo nombre son válidas; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Unico.- Confirmar el acta de proclamación de fecha 15 de octubre de 1998 del Jurado Electoral Es ial de Vilcashuamán, con relación a las elecciones municip res reali- zadas en el distrito de Vilcashuamán, capital de la provincia del mismo nombre. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; . Secretario General, TRUJILLANO 14832 Declaran, en vía de aclaración, tercer regidor del Concejo Provincial de Vb tof Fajardo RESOLUCION W 130~W-JN’E Lima, 17 de diciembre de 1998 Vista, la comunicación recibida en fecha 7 de diciembre del año en curso, remitida por don Daniel Alejandro Rodrigue2 Maz, Personero Legai Titular de laAgrupaci6n Independiente “Movi- miento Ind eendiente Vamos Vecino”; quien solicita se aclare la Resolución KJO1155-98-JNE respecto al error material en la . -.--