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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (18/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 167416 cl m ~Alrt~I ’ ’ ’1 Lima, viernes 18 de diciembre de 1998 curso, remitidos por don Marco Octavio Durand Rocca, Persone- ro Legal del Movimiento Independiente “Vamos Vecino” en la provincia de Ambo, quien solicita se declare la nulidad de las elecciones municipales realizadas en los distritos de San Ra- fael. Huacar, ColDas. Capa. San Francisco v la catAta de la Drovincia Ambo del denartamento de Hufinuco; alega que: a> Las actas electorales de la provincia tienen como común denominador la incompatibilidad en indicar el número de ciudadanos que sufragaron con el total de votos emitidos, tanto en la provincial como distrital; falta de identidad, firmas de miembros de las mesas de sufragio y personeros; la anotación de la hora de conclusión del sufragio; b) electorales presentan enmendaduras, con mayor frecuencia la cantidad de votos y en el llenado total, especialmente en los distritos de Cayna, Colpas, San Francisco, Huacary San Rafael; c) En el distrito Huacar el presunto ganador el mismo dia de las elecciones municipales trasladó a los ciudadanos desde diversos puntos del distrito, distribuyendo cupos de viaje, alimentación y hospedaje; que en los distritos de Cayna y Colpas los integran- tes del ejercito sólo permitieron la participación de los persone- ros de Movimiento Independiente Somos Perú no de los personeros de otras listas. Y el Oficio No 043-9%JE E-PA, recibi- do el 27 de octubre del actual, del Presidente del Jurado Electo- ral Espkial de Ambo, quien remite el recurso de nulidad de elecciqnes en los distritos de Huacar, Cayna y Colpas, provincia de Ambo, resentado por don Marco Octavio Durán Rocca, Personero L? en Ambo;gal del Movimiento Independiente Vamos Vecino Las comunicaciones recibidas en fechas 27 de octubre, 6,27 de noviembre y 7 de diciembre del año en curso, remitidas por don Antonio Arellano Martorell, Personero Legal del Movimien- to Independiente Nuevo Horizonte Huancarino, quien solicita se declare infundado el pedido de nulidad presentado por el personero del Movimiento Independiente Vamos Vecino; Las comunicaciones recibidas el 9,10,27 de noviembre y 3 de diciembre del tio en curso, remitidas por don Teófilo Chávez Arias, Personero Legal Alterno del Movimiento Independiente Somos Perú en la provincia de Ambo, quien solicita se declare improcedente el pedido de nulidad de elecciones en los distritos y provincia de Ambo. Y las comunicaciones recibidas el 26 de noviembre del actual, remitidas por don Jorge Pawer Manchego - Muñoz, Personero Legal del Movimiento Independiente Somos Perú, quien solicita se declare infundado el recurso de nulidad presentado; La comunicación recibida el 12 de noviembre del año en curso, remitida por don José Manuel Gutiérrez Cóndor, Perso- nero del Movimiento Independiente Nueva Generación, quien remite documentos para que se declare la nulidad en la provin- cia de Ambo; La comunicación recibida el 7 de diciembre del año en curso, remitida por don Jorge Ferradas Núñez, Personero Legal del Partido Aprista Peruano, quien solicita se declare infundado el recurso de nulidad de elecciones en el distrito de Colpas, provin- cia de Ambo; CONSIDERANDO: Que, por Resolución No 1114-98-JNE, publicada en la edi- ción de fecha 25 de noviembre del año en curso, del Diario Oficial El Peruano, se declaró nulas las elecciones municipales realiza- das el pasado ll de octubre, para la designación de alcalde y regidores del distrito de San Rafael, provincia de Ambo, debien- do convocarse a Elecciones Complementarias; razón por la cual carece de objeto pronunciarse respecto al nuevo pedido de nulidad de elecciones en el distrito de San Rafael, al haber sido resuelta anteriormente dicha solicitud; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 178” de la Constitución Política, este Supremo Or ciendo su función fiscalizadora ha procedi dano Electoral ejer- o a abrir los sobres verdes que contienen las actas electorales remitidas por las mesas de sufragio instaladas en la provincia de Ambo, no así del distrito de San Rafael por que las elecciones fueron declaradas nulas por Resolución N” ll 14-98-JNE; se verifica que sólo las Actas Electorales N”s. 113239, 113313, 113348 presentan vi- cios que producen la nulidad de las mismas, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 3 15” y 363” de la Ley Orgánica de Elecciones No 26859; Que, realizado un nuevo cómputo en los distritos y provincia de Ambo, cuya nulidad se solicita, se han obtenido los siguientes resultados: a) Provincia de Ambo Agrupación Politica o Lista Independiente Movimiento Independiente Vamos Vecino Movimiento Independiente Somos Perú Partido Aprista Peruano Nuevo Generación votos válidos Votos en blanco Votos Nulos Votos impugnados Total de Votos Emitidos. votos 2,742 4,526 2,339 3,070 12,677 2,643 960 29 16,309b) Distrito San Francisco Agrupación Política o Lista Independientel Partido Acción Popular Movimiento Independiente Vamos Vecino Movimiento Independiente Somos Perú Partido Aprista Peruano Unión Por El Perú Nuevo Generación Votos Válidos Votos en blanco Votos Nulos Votos impugnados ITotal de Vitos Emitidos c) Distrito Huacar Agrupach Política o Lista Independiente Votos Partido Acción Popular 298 Movimiento Independiente Vamos Vecino 622 Movimiento Independiente Somos Perú 845 Partido Aprista Peruano 187 Nuevo Generación 132 Nuevo Horizonte Huancarino 1,063 Votos Válidos 3,147 Votos en blanco 382 Votos Nulos 328 Votos impugnados 9 Total de Votos Emitidos 3.i366 d) Distrito Cayna Agrupación Política o Lista Independiente votos Movimiento Independiente Vamos Vecino 224 Movimiento Independiente Somos Perú 429 Partido Aprista Peruano 107 Nuevo Generación 377 Votos Válidos 1,137 Votos en blanco 190 Votos Nulos 68 Votos impugnados 1 Total de Votos Emitidos 1,396 e) Distrito Colpas Agrupación Política o Lista Independiente votos Movimiento Independiente Vamos Vecino 154 Movimiento Independiente Somos Perú 118 Partido Aprista Peruano 220 Nuevo Generación 104 Votos Válidos 596 Votos en blanco 113 Votos Nulos 36 Votos impugnados 6 Total de Votos Emitidos ,751VOtOS 194 0 329 125 85 121 854 153 85 00 1,092 Que, personero impugnante no ha probado que el distrito Huacar un candidato el día de las elecciones municipales haya traslado a ciudadanos desde diversos puntos del distrito, y haya distribuido cupos de viaje, alimentación y hospedaje; tampoco se ha acreditadoque en los distritos de Caynay Col tes del ejercito sólo permitieron la participación xas los integran- e los personeros de Movimiento Independiente Somos Perú y no la intervención de los personeros de las otras listas o agrupaciones políticas; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de nuli- dad interpuesto por don Marco Octavio Durand Rocca, Persone- ro Legal del Movimiento Independiente “Vamos Vecino” en la provincia de Ambo, respecto a la nulidad de las elecciones municipales el día 11 de octubre último realizadas en los distri- tos de Huacar, Colpas, Cayna, San Francisco y la capital de la provincia Ambo, departamento de Huánuco. Artículo Segundo.- Declarar que los Concejos Munici- pales de la provincia de Ambo, para el período 1999 - 2002 se encuentran integrados de la siguiente manera: a) Provincia de Ambo Alcalde: Máximo Antonio Mendoza Sánchez Regidores Antonio Olivar Hidalgo Martín Lucas Celis Rosalinda Aval Salcedo Juana Angélica Ospino Rojas Félix Echevarria Condezo Sergio Córdova Herrera Armando Trujillo Calderón Beda Bravo Pacheco Rúben Adolfo Milla ArietaMov. lndep. somo!3 Perú Mov. Indep. Somos Perú Mov. Indep. Somos Perú Mov. Indep. Somos Perú Mov. Indep. Somos Perú Mov. Indep. Somos Perú Mov. Indep. Somos Perú L. t. Nueva Generación Mov. Indep. Vamos Vecino Partido Aprista Peruano