TEXTO PAGINA: 227
tenga en cuenta que un exceso de detalles puede confun- dir al usuario e incluso ocultar el objetivo principal del informe. La exactitud requiere que la evidencia presentada sea verdadera y que los hallazgos sean correctamente expuestos. Se basa en la necesidad de asegurarse que la información que se presente sea confiable a íin de evitar errores que podrían restar credibilidad y gene- rar el cuestionamiento y validez sustancial del infor- me. Los hechos deben ser presentados de manera objetiva y ponderada, es decir, con la suficiente información que permita al usuario una adecuada interpretación de los asuntos mencionados. tados del examen, señalando que se realizó de acuerdo a las normas de auditoría gubernamental. Esta norma tiene por finalidad regular el contenido de los informes de auditoría financiera (informe largo), de gestión, y de otros tipos que se deriven de las mismas, tales como exámenes especiales, asegurando la uniformi- dad en su denominación y estructura, as como una expo- sición clara y precisa de los resultados del examen. Adicionalmente, se emitirá una Síntesis Gerencia1 del Informe. CONTENIDO DEL INFORME El informe deberá presentar la siguiente estructura: 1. Introducción Comprenderá la información general concerniente al examen y a la entidad examinada. A. Información relativa al examen 1. Motivo del examen Estará referido a las causas que originan la acción de control, as como la referencia al documento de acredita- ción. Deberán exponerse las razones por las cuales se llevó a cabo la auditoría. 2. Naturaleza y Objetivos En este rubro se precisará la naturaleza o tipo de examen a efectuar. ya sea que se trate de una Auditoría de Gestión, Financiera o Examen Especial. Los objetivos están referidos a lo que espera lograrse como resultado del examen. Al exponerlos se darán a conocer los límites de la auditoría, a fin de evitar interpre- taciones erróneas en los casos en que los objetivos hayan sido particularmente limitados o puntuales sobre deter- minados aspectos de la gestión. 3. Alcance Se dejará constancia que el trabajo se realizó de acuerdo con las Normas de Auditoría Generalmente Acep- tadas y las Normas de Auditoría Gubernamental. Deberá indicarse claramente la cobertura y profundi- dad del trabajo que se haya realizado para cumplir los objetivos de la auditoría, precisándose el período exami- nado, el ámbito geográfico donde se haya practicado la auditoría y las áreas materia de examen. De ser el caso, el auditor revelará las limitaciones al alcance que se presenten en el proceso del trabajo. Si se emplean datos que no hayan sido verificados, ese hecho deberá manifestarse. También deberán revelarse las mo- dificaciones efectuadas al enfoque de la auditoría, como consecuencia de las limitaciones de la información o del alcance de la auditoría.4. Comunicación de Observaciones Se dará a conocer el cumplimiento de la comunicación de observaciones efectuada a los funcionarios de la enti- dad comprendidos en las mismas. B. INFORMACIÓN RELATIVA A LA ENTIDAD EXAMINADA 1. Antecedentes y Base Legal Se deberá hacer una breve referencia en torno a la creación de la entidad, su estructura organizativa, las principales actividades que desarrollo y al área examina- da. En la base legal se precisará la referencia a las dispo- siciones legales que la regulan. 2. Relación de las personas comprendidas en las observaciones Está referido al personal de la entidad auditada eom- prendido en las observaciones, el cual se consignará en un anexo del informe, con indicación de nombres y apellidos, cargo, período de gestión, condición laboral y dirección domiciliaria. 3. Posición financiera, económica y presupues- taria Teniendo en cuenta el tipo de examen que se realice, a criterio del auditor, se incluirán el balance general, estado de pérdidas y ganancias, balance de ejecución presupuesta1 u otros, según corresponda. II. Conclusiones En este rubro el auditor deberá expresar sus conclu- siones, que son juicios de carácter profesional basados en las observaciones resultantes del examen efectuado. Las conclusiones estarán referidas a la evaluación de los resultados de gestión de la entidad examinada, en cuanto al logro de los objetivos, metas y programas, así como a la utilización de los recursos públicos, en términos de econo- mía, eficiencia y eficacia. Asimismo, en las conclusiones se deberá indicar la determinación de la naturaleza de la responsabilidad en la que incurran los funcionarios o servidores públicos, sea administrativa, civil o penal. De acuerdo a la competencia funcional de los órganos conformantes del Sistema Nacio- nal de Control, cuando la responsabilidad es de carácter penal, ésta debe ser revelada en términos de presunción de delito. Al final de cada conclusión se hará referencia al núme- ro correspondiente a la observación en la cual se expone el hecho con todos los detalles. III. Observaciones En esta parte del informe, se debe revelar: Toda aquella información que a juicio del auditor, permita conocer hechos o circunstancias que incidan signifkativamente en la gestión de la entidad auditada, tales como el reconocimiento de las dificultades o circuns- tancias en las que se desenvolvieron los responsables de dicha gestión, en los supuestos en que esto suceda, sin perjuicio de la observancia de los requisitos de objetividad e imparcialidad que deben guiar al auditor en la elabora- ción de su informe. Las observaciones principales que deben tenerse en cuenta al redactar las observaciones serán: 1, Las observaciones estarán referidas a asuntos signi- ficativos e incluirán información suficiente y competente relacionada con los resultados de la evaluación efectuada a la gestión de la entidad examinada, as como el USO de los recursos públicos, en términos de economía, eficiencia y eficacia.