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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (23/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 221

I,imU. midrcolcs 23 dc dicicmhrc de 199X cfpemrant, Pág.167771 mantendrá libre de cualquier situación que pudiera señalarse como incompatible con su integridad y obje- tividad. (“;) Norma de auditoría generalmente aceptada. La independencia de criterio es la cualidad que permi- te apreciar que los juicios formulados por el auditor estén fundados en elementos objetivos de los aspectos examina- dos. El auditor deberá considerar no solamente si es inde- pendiente y sus actividades le permiten proceder de acuerdo a ello, sino también si existe motivo que pudiera dar lugar a que otros cuestionaran su independencia. Deberá abstenerse de participar en la realización de una auditoría en caso de incompatibilidad o conflictos de interés manifiestos. El auditor estará libre de impedimentos personales y profesionales para garantizar una labor imparcial y obje- tiva en la entidad examinada. Se halla impedido de participar en la ejecución de acciones de control en la entidad donde haya laborado anteriormente y que com- prendan áreas $0 aspectos en los cuales intervino o participó directa o indirectamente. El auditor gubernamental se encuentra impedido de recibir beneficios en cualquier forma, para sí o para otro, proveniente de personas naturales ojurídicas vinculadas a la entidad en la cual se efectúa la acción de control. Tampoco deberá realizar actividad política partida- ria durante el ejercicio funcional del cargo ni emitir opinión, intervenir o participar en actos de decisión, gestión o administración de la entidad donde realice su examen. En los Órganos conformantes del Sistema Nacional de Control se establecerán los mecanismos adecuados que cautelen debidamente la independencia del auditor, que incluyan la presentacibn de una manifestación personal de independencia. NAGU.l.30 Cuidado y esmero profesional (*) El auditor debe actuar con el debido cuidado profesio- nal a efectos de cumplir con las normas de auditoría durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración del informe. (“) Norma de auditoría generalmente aceptada. El debido cuidado y esmero profesional significa em- plear correctamente el criterio para determinar el alcan- ce de la auditoría y para seleccionar los métodos, técnicas y procedimientos de auditoría que habran de aplicarse en ella. Implica también que basándose en su buen juicio, aplique correctamente las pruebas y demás procedimien- tos de auditoría y evalúe los resultados para la prepara- ción del informe correspondiente. El auditor adquiere la capacidad, madurez de juicio y habilidad necesaria a base de la práctica constante, bajo supervisión adecuada y entrenamiento permanente. Los niveles jerárquicos superiores cautelarán que el personal a su cargo mantenga un desempeño y conducta funcional acorde con las normas que rigen el Sistema Nacional de Control. En caso de apreciar un incumpli- miento o transgresión deberán informar a los funciona- rios competentes sobre dichos actos a fin que se apliquen las correspondientes medidas correctivas. miEl auditor gubernamental debe mantener absoluta rwerva respecto a la información que conozca en el La confidencialidad conlleva mantener estricta reser- va respecto al proceso y los resultados de la auditoría, no revelando los hechos, datos y situaciones que sean de conocimiento del auditor por el ejercicio de su actividad profesional.r; e: e. P c Z n i dSólo podrá acceder a la información relacionada con el xamen, el personal vinculado directamente con la direc- .ón y ejecución del trabajo de auditoría. En los órganos conformantes del Sistema Nacional de ‘ontrol se establecerán políticas orientadas a asegurar la ebida confidencialidad. Esta obligación subsistirá aún espués de cesar en sus funciones. El auditor gubernamental debe desarrollar su activi- ades profe@onales de acuerdo a los correspondientes ‘ódigos de Etica Profesional. NAGU. 1.50 Participación de profesionales y/o especialistas Integrarán el equipo de auditoría, en calidad de apoyo, los profesionales ylo especialistas que ejercen sus acti- vidades en campos diferentes a la auditoría guberna- mental, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus labores se incluirán en el Informe o como anexos al mismo. Los profesionales ylo especialistas, son personas natu- 11es o jurídicas, que poseen Idoneidad, conocimiento y xperiencia en determinado campo técnico distinto al jercicio de la auditoría gubernamental, cuyos servicios odrán ser utilizados de acuerdo a los objetwos y alcance el examen. Cuando se requiera el trabajo del indicado personal de poyo especializado, el auditor, previamente a su incorpo- ación, debe cerciorarse de su competencia y habilidad en us respectivas especialidades. Ejercerán su labor bajo la dirección del auditor encar- ado, estando obligados, bajo responsabilidad, a sujetar u accionara las normas de auditoría gubernamental en > que resulte aplicable. Periódicamente presentarán avances de su trabajo, ebiendo al término del mismo alcanzar un informe docu- lentado, que incluya las respectivas conclusiones, obser- aciones y recomendaciones, en concordancia con los bjetivos del examen y la normativa vigente. NAGU. 1.60 Control de calidad La Contraloría General de la República, los Órganos de Auditoría Interna conformantes del Sistema Nacional de Control y las Sociedades de Auditoría designadas, deben establecer y mantener un adecuado sistema interno de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable de que ia auditoría se ejecuta en concordancia con los objetivos, políticas, normas y procedimientos de auditoría gubernamental. El control de calidad es el conjunto de políticas y srocedimientos, así como los recursos técnicos espe- ializados para cerciorarse que las auditorías se reali- an de acuerdo con las normas de auditoría guberna- nental. Un apropiado sistema interno de control de calidad ebe permitir obtener una razonable seguridad de que: i) e cumplen las normas de auditoría gubernamental, ii) se tan establecido políticas y procedimientos de auditoría decuados, iii) se cumplen con requisitos de calidad pro- esional y. iv) se lleva a cabo una capacitación y supervi- ión documentada. Un sistema interno de control de calidad comprende el stablecimiento de políticas y procedimientos respecto a: a) Controles generales de calidad, relativos al desarro- Lo de instrumentos técnicos normativos básicos para la jecución de la auditoría gubernamental; selección, capa- itación y entrenamiento de los auditores; y cualidades personales. bj Controles durante el desarrollo de la auditoría, ,elativos a la supervisión sobre el trabajo delegado en bersonalidóneo; direcciónsobreel trabajo, con instruccio- Les adecuadas; e inspección respecto al grado de aplica- ,ión de los procedimientos diseñados para mantener la ,alidad de los trabajos de auditoría.