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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 1998 (09/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

a) Cuando el período de aplazamient,o solicitado sea menor o igual a seis (6) meses y la deuda actualizada materia de aplazamir :.‘.sea menor 0 igual a cuarenta y dos mil nuevos soles t:W. 42,000). h) Cuando el plazo de fraccionamiento solicitado sea menor o igual a veinticuatro (24) meses y la deuda actualizada materia de fraccionamiento sea menor o igual a doscientos sesenta mil nuwc~s soles isi. 260,0001. c) Cuando el plazo de fraccionamiento solicitado sea mayor a veinticuatro (24) meses y hasta sesenta (60) meses y la deuda actualizada materia de fraccio- namiento sea menor 0 igual aciento cuatro mil nuevos soles ~Si.104.000~. Para efecto del cómputo de los plazos y montos estah!widos para la aplicación del presente artículo, debe ‘:tomarse en cuenta: * El plazo combinado de aplazamiento con fracciona- miento. l El plazo máximo solicitado y monto combinado de las deudas señaladas en los literales a) y h) del Artículo 7”. l Para las deudas administradas por la ONP, seña- ladas en el literal c) del Artículo 7”, se computarán los plazos y montos de manera independiente. Artículo 13”.- APLAZAMIENTO Y FRACCIO- NAMIENTO CON GARANTIA Las entidades empleadoras que soliciten aplaza- miento y/o fraccionamiento deberán present.ar garan- tías: a) En aquellos casos en que las entidades empleado- ras soliciten Facilidades de Pago por montos superiores a los indicados en el artículo anterior, deberán garanti- zar el exceso. h) Cuando el monto de la deuda supere el establecido en el literal a) dei artículo anterior, deberán, mientras dure el período de aplazamiento, ofrecer y otorgar ga- rantías por el mowto de la deuda materia de aplaza- miento y fraccionamiento que exceda los cuarenta y dos mil nuevos soles CS’. 42,000). Artículo 14”.- DE LA PERDIDA DEL APLAZA- MIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO Las entidades empleadoras perderán las Facilida- des de Pago en los siguientes :Tup’lestos: a) Tratándose sólo de aplazamiento, cuando no cum- plan con pagar la deuda aplazada y el interés correspon- diente al vencimiento del plazo concedido. h> Tratándose sólo de fraccionamiento. cuando no cumpla con pagar una cuota hasta dentro de los treinta 130) días calendario siguientes a su venci- miento. Si el trigfsimo día fuera inhábil, el pago podrá efectuarse hasta el día hábil inmediatamente posterior. También perderáelfrarcionamientocuando nocum- pla con pagar la última cuota dentro del plazo cstahle- cido para su vencimiento. CJ Tratándose de aplazamiento con fraccionamiento se perderán ambos cuando no cumplan con pagar opor- tunamente la primera cuota hasta la fecha de su venci- miento. Si posteriormente no cumpliera con pagar algu- na de las cuotas hasta dentro de los treinta i30> días calendario siguientes a su vencimiento, sólo se perderá el fraccionamiento concedido. d) Cuando no formalice las garantías dentro del plazo establecido $0 no cumplan con mantenerlas o renovarlas de ser el caso. ej Cuando no cumpla oportunamente, en dos (2) ocasiones consecutlvas o alternadas, en un añocalenda-rio, con pagar las aportaciones que se generen a partir del primer día del mes siguiente de presentada la solicitud. Para tal efecto, no se considerará incumplimiento cuando el pago de dichas obligaciones se efectúen hasta el vencimiento de las obligaciones del mes siguiente. Artículo 15”.- FORMATOS Y TABLAS Aprobar los siguientes formatos y tablas a) Formato 6017: h) Formato 6018: c) Formato 6019: d) Formato 6020: e) Formato 6021: D Formato 6022: g) Formato 6023: h) Formato 6024:Solicitud de Acogimiento Faci- lidades de pago - Fenómeno de El Niño - IPSS. Anexo 1 - Deudas por Aporta- ciones - IPSS. Anexo II - Detalle de Pagos Parciales de Aportaciones - IPSS. Anexo III - Deudas de Liquida- ciones por Prestaciones Asis- tenciales y Multas por Infrac- ciones Formales - IPSS. Anexo IV - Detalle de Pagos Parciales: Liquidaciones por Prestaciones Asistenciales y Muitas - IPSS. Solicitud deAcogimientoFaci- lidades de Pago - Fenómeno de El Niño - ONP. Anc xo 1- Deudas por Aporta- ciones - ONP. Anexo II - Detalle de Pagos Parciales - ONP. Artículo 16”.- LUGAR DE PRESEN’IACION La presentación de la Solicitud de Acogimiento y sus Anexos respectivos, deherií efectuarse en: Lima y Callao * Gerencia de Créditos y Cobranzas. Sugerencia de Fraccionamiento l Agencia de Huacho. Provincias l Suhgerencias de Recaudación y Oficinas Sucursa- les de las Gerencias Departamentales. Artículo17”.-APLICACIONSUPLETORL4DEL TITULO VI, DE LAS GARANTIAS, DEL REGLA- MENTO DE APLAZAM IENTO Y/O FRACCIONA- MIENTO SUNAT El Título VI, de las garantías, del Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la Deuda Trihu- taria, aprohado por la Resolución de Superintendencia N” Ol&Sä/SUNAT, será aplicado en lo no previsto por la presente norma. Artículo lS”.- REGULARIZACION DE SOLICI- TUDES PRESENTADAS Las entidades empleadoras que presentaron solici- tudes de acogimiento a las Facilidades de Pago otorga- das por el D.S. N” 019-9%EF deberán regularizarlas según lo establecido en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER POLTI FIGALLO Gerente Central Gerencia Central de Recaudación