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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (19/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

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Pág. 160847 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de junio de 1998 De conformidad con el Artículo 37º de la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el I Festival de la Trucha "FESTITRU- CHA - 98", a realizase en el CEP Nuestra Señora de la Merced, Puno - Perú, del 26 al 28 de junio de 1998, cuyo Reglamento forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La realización del citado evento no irrogará gasto alguno al Presupuesto del Ministerio de Pesquería y su desarrollo estará bajo la entera responsabilidad de los organizadores. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 6664 Autorizan actividades de extracción, recepción y procesamiento de recursos anchoveta y anchoveta blanca en zona comprendida entre el extremo norte del litoral y Casma RESOLUCION MINISTERIAL Nº 297-98-PE Lima, 18 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Ministerial Nº 280-98-PE del 5 de junio de 1998, se estableció un programa provisional para la extrac- ción de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), el mismo que regirá hasta el 31 de julio de 1998, en el marco del cual se autorizará por períodos semanales las actividades de extracción y procesamiento de dichos recursos en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 16° Latitud Sur; Que los reportes diarios de las pesquerías pelágicas remitidos por el Instituto del Mar del Perú, indican que los desembarques en la zonacomprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 9° 30' Latitud Sur (Casma), mantienen una composición adecuada de los recursos extraídos y, asimismo, el Informe de Campo Nº 4 emitido por dicho Instituto, correspondiente al tramo Callao- Salaverry, del crucero de evaluación que está efectuando el BIC José Olaya Balandra, recibido en la fecha, señala la presencia de anchoveta blanca entre Casma y Punta Guañape, por lo que se considera necesario autorizar la pesca en la zona indicada; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01-94-PE; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar desde las 12.00 horas del día 19 hasta las 00.00 horas del día 22 de junio de 1998, las actividades de extracción, recepción y procesamiento de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en la zona compren- dida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 9° 30' Latitud Sur (Casma). Durante el período establecido en el párrafo anterior, la actividad de procesamiento, de los recursos autorizados en la presente resolución, sólo será permitida en la zona a que se refiere dicho párrafo. Artículo 2º.- Sólo podrán dedicarse a las faenas de pesca que se autoriza en el artículo anterior, las embarcaciones incluidas en los incisos a), b) y c) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 200-98- PE y las que se incorporen a dichos incisos mediante las resoluciones correspondientes. Artículo 3º.- Manténgase la plena vigencia de la Resolución Ministerial Nº 295-98-PE, por el período establecido en la misma. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extracción y de Procesamiento Pesquero y, las Direcciones y Subdirecciones Regionales de Pesquería, dentro del ámbito de sus competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 6719 MINISTERIO DE PESQUERIA Comisión de Sanciones FE DE ERRATAS RELACION DE RESOLUCIONES EXPEDIDAS EL 15 DE JUNIO DE 1998 Por Oficio Nº 1288-98-PE/SG, el Ministerio de Pesquería solicita se publique Fe de Erratas de la Relación de Resoluciones Expedidas el 15 de junio de 1998 por la Comisión de Sanciones; publicada en nuestra edición del día 18 de junio de 1998, página 160821. En la R.C.S. Nº 185-98-PE/CS: DICE: (primera y segunda líneas): "...la señora Rodelia Guevara Vda. De Peña..." DEBE DECIR: "...por el señor Guido Alfredo Peña Grados..." En la R.C.S. Nº 186-98-PE/CS: DICE: (primera y segunda líneas): "...por el señor Juan Miguel Peña Ormeño..." DEBE DECIR: "...por la señora Rodelia Guevara Vda. de Peña..."En la R.C.S. Nº 187-98-PE/CS: DICE: (segunda línea): "...R.C.S. Nº 135-97-PE/CS..." DEBE DECIR: "...R.C.S. Nº 136-97-PE/CS..." En la R.C.S. Nº 195-98-PE/CS: DICE: (segunda línea): "...R.C.S. Nº 027-98-PE/CS..." DEBE DECIR: "...R.C.S. Nº 127-98-PE/CS..." 6718