Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (11/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

I,ima. mikcoles ll de noviembre de 1998 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA Regístrese, comuníquese y publíquese. RESOLUCION W 106-SB-JEEL Exp. N” 759-98 SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente Lima, 5 de noviembre de 1998 Jurado Electoral Especia1 de Lima VISTO; en sesión privaday con el quórum de ley, en ausencia de la Segunda Miembro Titular de este Jurado doña Juana María Jaico Martínez, la presente causa devuelta mediante OficioN”2773-98-SG/JNE,yestandoaloresueltoporel~Jurado Nacional de Elecciones; y,FRESIA F. RODRIGUEZ ZEBALLOS MiembroTitular Jurado Electoral Especial de Lima 13050 CONSIDERANDO: JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA Primero.- Que este Jurado Electoral Especial mediante ResoluciónN”072-98-JEEL, declaróImprocedente la Solicitud de Nulidad del Proceso Electoral realizado en el distrito de Lurín, formulada por el Personero Legal del “Frente Indepen- diente Unidad Vecinal de Lurín” don César Mejía Arce, habien- do disuuesto aue se eleven estos autos en Consulta al .Jurado Nacional de Elecciones.RESOLUCION No lOt3-98-JEEL Exp. N” 738-98 Lima, 5 de noviembre de 1998 Segundo.- Que, mediante Resolución N” 97698JNE, el Jurado Nacional de Elecciones resolvió devolver a este Organo Electoral los actuados, a fin de que proceda conforme a ley; teniéndose lo dispuesto por el Artículo 36” de la Ley N” 26864. Por estas consideraciones el Jurado Electoral Especial de Lima. RESUELVE: Artículo Primero.- INTEGRAR la Resolución N” 07%98- ,JEEL, a fin de que el recurrente haga valer sus derechos conforme a ley; dejándose sin efecto el Artículo Segundo de la resolución antes referida. Regístrese, comuníquese y publíquese SS SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente Jurado Electora1 Especial de Lima FRESIA F. RODRIGUEZ ZEBALLOS MiembroTitular <Jurado Electoral Especial de Lima 13049 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA RESOLUCION W 107-S-EL Exp. N” 761-98 Lima, 5 de noviembre de 1998 VISTO; en sesión privaday con el quórum de ley, en ausencia de la Segunda Miembro Titular de este Jurado doña Juana María Jaico Martínez, la presente causa devuelta mediante OficioN”2773-98SG/JNE,yestandoaloresueltoporel Jurado Nacional de Elecciones; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que este Jurado Electoral Especia1 mediante Resolución N” 074-98-JEEL, declaró Improcedente la Solicitud de Nulidad del Proceso Electoral realizado en el distrito de Carabayllo, formulada por el Personero Legal de la Lista Inde- pendiente “Frente Popular y Agropecuario de Carabayllo” don Harry Armando Mantari Rosas, habiendo dispuesto que se eleven estos autos en Consulta al <Jurado Nacional de Eleccio- nes. Segundo.- Que, mediante Resolución N” 976Q&JNE, el Jurado Nacional de Elecciones resolvió devolver a este Organo Electora1 los actuados, a fin de que proceda conforme a ley; teniéndose lo dispuesto por el Artículo 36” de la Ley pi” 26864. Por estas consideraciones el Jurado Electoral Especial de Lima. RESUELVE: Artículo Primero.- INTEGRAR la Resolución N“ 074-98- JEEL. a fin de que el recurrente haga valer sus derechos conforme a ley; dejándose sin efecto el Artículo Segundo de la resolución antes referida.VISTO; en sesión privada y con el quórum de ley, en ausencia le la Segunda Miembro Titular de este Jurado doña *Juana María Jaico Martínez, la presente causa devuelta mediante :)ficioN”2773-98-SG/JNE,yestandoaloresueltoporel.Jurado Nacional de Elecciones;~, CONSIDERANDO: Primero.- Que este Jurado Electoral Especial mediante Resolución N” 078-98-JEEL, declaró Improcedente la Solicitud ie Nulidad del Proceso Electora1 realizado en el distrito de Barranco, formulada por el Personero Alterno y Suplente del ~ovimientoIndependiente”J.M.L.“losciudadanosNéstorAle- landroNarroLezamayJavierManuelVicenteloAlván,habien- lo dispuesto que se eleven estos autos en Consulta al Jurado Nacional de Elecciones. Segundo.- Que, mediante Resolución N” 976-98JNE, el Jurado Nacional de Elecciones resolvió devolver a este Organo Eclectoral los actuados, a fin de que proceda conforme a ley; teniéndose 10 dispuesto por el Artículo 36” de la Ley N” 26864. Por estas consideraciones el .Jurado Electoral Especia1 de Lima. RESUELVE: Artículo Primero.- INTEGRAR la Resolución N” 078-98- JEEL, a fin de que los recurrentes hagan valer sus derechos conforme a Iey; dejándose sin efecto el Artículo Segundo de la resolución antes referida. Regístrese, comuníquese y publíquese SS. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente Jurado Electoral Especial de Lima FRESIA F. RODRIGUEZ ZEBALLOS MiembroTitular Jurado Electoral Especial de Lima 13051 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA RESOLUCION N” 109~SFMEEL Exp. N” 740-98 Lima, 5 de noviembre de 1998 VISTO; en sesión privada y con el quórum de ley, en ausencia de la Segunda Miembro Titular de este Jurado doña Juana María Jaico Martínez, la presente causa devuelta mediante OficioN”2773-98-SG/JNE,yestandoaloresueltoporel.Jurado Nacional de Elecciones; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que este Jurado Electoral Especia1 mediante Resolución N” 076-98JEEL, declaró Improcedente la Solicitud de Nulidad de las Elecciones Municipales realizadas en el distrito de Chaclacayo, formulada por el Personero Legal de la Lista Independiente Acción Vecina1 de Chaclacayo don Víctor