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Pág. 165658 am (ilW~~ Lima, miércoles ll de novicmhm de 1998 Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente Jurado Electoral Especial de Lima FRESIA F. RODRIGUEZ ZEBALLOS MiembroTitular Jurado Electoral Especial de Lima 13946 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA RESOLUCION N” 103-9%JEEL Exp. N” 750-98 Lima, 5 de noviembre de 1998 VISTO; en sesión privada y con el quórum de ley, en ausencia de la Segunda Miembro Titular de este Jurado doña Juana Marfa Jaico Martinez, la presente causa devuelta mediante OfkioN”2773-98SG/JNE,yestandoaloresueltoporel Jurado Nacional de Elecciones; y, CONSIDERANDO: F@rimero.- Que este Jurado Electoral Especial mediante Resolución N”069-98-JEEL, declaró Improcedente la Solicitud de Nulidad de las Elecciones Municipales realizadas en el distrito de Chorrillos, formulada por el Candidato ala Alcaldia don Pablo Gutierrez Weselby y por el Personero Legal del Movimiento Independiente “Por Acción de las Bases Libres Organizadas” P.A.B.L.O. don Manuel Carranza Paniagua, ha- biendo dispuesto que se eleven estos autos en Consulta al Jurado Nacional de Elecciones. Segundo.- Que, mediante Resolución N” 97698-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones resolvió devolver a este Organo Electora1 los actuados, a fin de que proceda conforme a ley; teniéndose lo dispuesto por el Artículo 36” de la Ley N” 26864. Por estas consideraciones el Jurado Electoral Especial de Lima. RESUELVE: Artículo Primero.- INTEGRAR la Resolución N” 069-98- JEEL, a fin de que el recurrente haga valer sus derechos conforme a ley; dejándose sin efecto el Artículo Segundo de la resolución antes referida. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente Jurado Electora1 Especial de Lima FRESIA F. RODRIGUEZ ZEBALLOS Miembro Titular Jurado Electoral Especial de Lima 13946 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA RESOLUCION W 104-98-JEEL Exp. N” 753-98 Lima, 5 de noviembre de 1998 VISTO;ensesiónprivadayconelquórumdeley,enausencia de la Segunda Miembro Titular de este Jurado doña Juana María Jaico Martínez, la presente causa devuelta mediante OIicioN”2773-98-SG/JNE,yestandoaloresueltoporel Jurado Nacional de Elecciones; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que este Jurado Electoral Especial mediante Resolución N” 070-98JEEL, declaró Improcedente la Solicitudde Nulidad de las Elecciones Municipales realizadas en el distrito de Chorrillos. formulada nor el Candidato a la Alcaldía dedichodistritodonIIernánAn&ioVidalVásquez dela Lista Independiente “Integración Chorrillana”, habiendo dispuesto que se eleven estos autos en Consulta al Jurado Nacional de Elecciones. Segundo.- Que, mediante Resolución N” 976-98-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones resolvió devolver a este Organo Electoral los actuados, a fin de que proceda conforme a ley; teniéndose lo dispuesto por el Artículo 36” de la Ley N” 26864. Por estas consideraciones el Jurado Electoral Especial de Lima. RESUELVE: Artículo Primero.- INTEGRAR la Resolución N”070-98- JEEL, a tin de que el recurrente haga valer sus derechos conforme a ley; dejándose sin efecto el Artículo Sehwndo de la resolución antes referida. Regístrese, comuníquesey publíquese. SS. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente Jurado Electoral Especial de Lima FRESL4 F. RODRIGUEZ ZEBALLOS MiembroTitular Jurado Electoral Especial de Lima 13047 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA RESOLUCION W 105~SS-JEEL Exp. N” 756-98 Lima, 5 de noviembre de 1998 VISTO,en sesiónprivadayconel quórumdeley,enausencia de la Segunda Miembro Titular de este Jurado doña Juana María Jaico Martínez, la presente causa devuelta mediante OficioN”-9SSG/JNE,yestandoaloresueltoporel Jurado Nacional de Elecciones;y, CONSIDERANDO: Primero.- Que este Jurado Electoral Especial mediante Resolución N” 071-98-JEEL, declaró Improcedente la Solicitud de Nulidad de las Elecciones Municipales realizadas en el distrito de Carabayllo, formulada por el candidato a la Alcaldía de dicho distrito don Ricardo Alberto Bisetti Pinedo, del Movi- miento Independiente Somos Perú, habiendo dispuesto que se eleven estos autos en Consulta al Jurado Nacional de Eleccio- nes. Segundo.- Que, mediante Resolución N” 976-98-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones resolvió devolver a este Organo Electoral los actuados, a fin de que proceda conforme a ley; teniéndose lo dispuesto por el Artículo 36” de la Ley N” 26864. Por estas consideraciones el Jurado Electoral Especial de Lima. RESUELVE: Artículo Primero.- INTEGRAR la Resolución N” 071-98- JEEL, a fin de que el recurrente haga valer sus derechos conforme a ley; dejándose sin efecto el Artículo Segundo de la resolución antesreferida. Regístrese, comuníquesey publíquese. SS. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente Jurado Electoral Especia1 de Lima FRESIA F. RODRIGUEZ ZEBALLOS MiembroTitular Jurado Electoral Especia1 de Lima 13046