Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 1998 (21/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 21 de octubre de 1998 Por ultimo se admite una posibilidad excepcional, que permite otorgar flexibilidad al tramite dandolo por Analizado aun cuando quede pendiente la inclusion de aspectos que no dependan del procedimiento de colocacion. La disponibilidad de lo dispuesto en el presente caso sera determinada en el caso concreto, cuando implique un beneficio para la persona obligada, no se trate de factores susceptibles de generar observaciones por parte de CONASEV debido a su relevancia, y siempre se justifique su omision. Capitulo III Etapa posterior a la Inscripcion yh Registro El capitulo bajo comentario establece disposiciones posteriores ala culminacion del tramite, principalmente las relativas a la informacion que debe revelarse al MORDAZA de manera eventual y periodica.

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Capitulo 1 Disposiciones Generales Relativas a las Ofertas Publicas Dentro de este capitulo encontramos normas como las relaivas a la utilizacion del prospecto informativo, la labor y responsabilidades del intermediario, la utilizacion de un resumen del prospecto, la posibilidad de suspender la colocacidn, 3itre otras. Articulo 25.- Normas a seguir en la oferta publica.

Se deja establecido que la oferta puede efectuarse unicamente despues de concluido el tramite correspondiente ante CONASEV. Se senala, asimismo, que otras disposiciones son aplicables en el periodo de oferta y colocacion. Articulo 23.- Efectos de la inscripcion El inciso a) tiene como fin que las personas que hubieren ylo registro. lecho el analisis de la transaccion propuesta en base a un >rospecto preliminar tengan conocimiento de la nueva informaEste articulo delimita las disposiciones que resultaran apli:ion que ha sido revelada a traves del prospecto final y sea cables luego de cumplido el tramit.e de inscripcion que se encuen>osible encontrarla facilmente. tran establecidas por el MORDAZA legal vigente. El proposito de El inciso b) dicta normas relativas ala difusion que se haga efectuar tal mencion es que las personas obligadas no dejen de 1e la invitacion. Se busca que los inversionistas conozcan, en el tenerlas en cuenta para efectos del diseno de la transaccion. nomento en que toman conocimiento de la invitacion, de la El MORDAZA parrafo otorga flexibilidad para el cumplimiento xistencia de un prospecto informativo y la importancia de su .I de tales disposiciones, en los casos que su aplicacion resultaria *evwon. un impedimento para la realizacion de dichas ofertas, siempre Por su parte el inciso c) tiene como objeto que la oferta se que se cuente con vias alternativas de revelacion de informarealice en los terminos declarados. Ello debe tener como efecto cion, cuyos efectos MORDAZA similares a los establecidos en la I,ey del Indirecto, asimismo, que se amplie el numero de destinatarios MORDAZA de Valores. ie la misma y se logre el objetivo perseguido por tales normas, La disposicion recogida en el ultimo parrafo del articulo de ampliar la base de inversionistas y, por ende, de particrpanesta destinada a promover el MORDAZA de valores, establetes en el MORDAZA de valores con miras al desarrollo del mismo. ciendo la necesidad de diseriar estrategias de difusion de las Asimismo, se establece el modo en que opera la entrega del obligaciones a que quedan sujetas los emisores de valores prospecto en caso de un tramite anticipado, en el que dicho inscritos, para evitar que, como consecuencia de su dcsconodocumento esta conformado por un prospecto MORDAZA y la inforcimiento, ocurran hechos que generen menoscabo patrimomacion complementaria referida al valor y ala oferta especifica nial al emisor y, a la vez, dcsincentiven el ingreso de nuevos que se pretende efectuar, por lo que ambos deben ser entregados participantes. al inicio del MORDAZA de colocacion. En el caso de ofertas a realizarse en un mecanismo centraArticulo 24.- Informacion posterior a la lizado de negociacion, donde no existe un contacto directo entre inscripcion y/o registro el ofertante y los inversionistas, ya que la oferta se reahza a traves de dicho mecanismo, bajo la concurrencia necesaria de El presente articulo identifica los requerimientos de revelaagentes de intermediacion, se ha optado por que la informacion cion de informacion posteriores a la inscripcion del valor o el contenida en el prospecto informativo llegue a los inversionistas registro del prospecto informativo, por parte del emisor u ofera traves de la difusion que le otorgue la entidad encargada del tante en el caso de Ofertas Publicas Primarias o de Venta, y del referido mecanismo centralizado de negociacion y sus agentes Representante de los Obligacionistas en el caso de obligaciones miembros. y bonos. Tales obligaciones son: las condiciones de la emision no Finalmente, se permita crear medios alternativos a la entredeterminadas al momento de la colocacion (tasa de interes o precio), la formalizacion de la emision (escritura pubhca del i lra fisica de los documentos informativos, obteniendo resultados knilares, reduciendo,, sin embargo, los costos que implica la contrato de emision 1, la colocacion de los valores como indicador ,entrega fisica. Entre dichos medios podria citarse la utilizacion de la respuesta del MORDAZA, y parte de la informacion necesaria de medios electronicos como Internet. para la negociacion secundaria, como son la variabilidad de los valores en circulacion (rescate, redencion, amortizacion, converArticulo 26.- Utilizacion del resumen del MORDAZA u otros), y el cumplimiento de las condiciones de la emision, prospecto informativo. por parte del emisor u ofertante. La revision de la informacion prevista en el presente articulo Se otorga flexibilidad para la entrega del prospecto informase justifica por los fines de control perseguidos. tivo en aquellos casos en que el costo de la entrega de la version Es importante senalar que, recogiendo sugerencias del mercompleta exceda lo razonable, considerando ademas que, en la cado y para mayor claridad, se han unificado las fechas de practica, no todos los inversionistas revisan el texto completo requerimiento de informacion, en los casos de que corresponda, del prospecto informativo. a las ya conocidas y acostumbradas por el MORDAZA, es decir las Sin embargo, dada la importancia de la seccion factores de fechas de MORDAZA de informacion financiera trimestral. riesgo, se considera necesario que se entregue en todos los casos Un tema de MORDAZA importancia es el requerimiento de la a los inversionistas. citada informacion al Representante de los Obligacionistas, Se establece asimismo, que el inversionista debe tener asignandole la responsabilidad que ie corresponde como partisiempre la posibilidad de poder revisar la informacion completa cipante activo del MORDAZA, en concordancia con lo dispuesto en contenida en el prospecto, y de acuerdo con las observaciones del los Articulos 87 y 92 de la Ley del MORDAZA de Valores. MORDAZA, el ofertante tambien debe tener la posibilidad de Adicionalmente, recogiendo sugerencias del MORDAZA acerentregarselos dentro de condiciones razonables. ca de su prescindencia, se elimina la obligacion de contar con Al igual que en el articulo anterior, el inciso cl pone enfasis una sociedad auditora en la preparacion del informe acerca en que el ofertante deba poner en conocimiento de los potenciadel cumplimiento de las condiciones de la emision, dejando les inversionistas la existencia e importancia del prospecto bajo responsabilidad del ofertante o representante de obligainformativo. cionistas, en su caso, la preparacion de dicho documento. Esta Asimismo se recoge el MORDAZA de que el documento de medida permitira la reduccion del costo en que incurra el revelacion de `informacion debe encontrarse actualizado. ofertante. Como una medida para evitar abusos en la utilizacion de Se precisa, asimismo, que en el caso de instrumentos de dicho mecanismo, se establece la prohibicion de su uso cuando se corto olazo no es exigible dicho informe, dada la corta vivencia L pretenda o se obre de mala fe. d e l in'strumento. I

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TITULO III NORMAS A SEGUIR EN LA OFERTA PUBLICA Y COLOCACION (Articulos 25 al 33) El Titulo III agrupa las disposiciones relativas a la oferta y colocacion de valores propiamente dichas. Este Titulo se encuentra dividido en normas aplicables a las ofertas en general, y normas aplicables a ofertas especiales, como las ofertas de intercambio y las ofertas internacionales.

Articulo 27.- Intervencion de intermediarlo. Se precisa que son aplicables las disposiciones a que se refiere el presente articulo, en lo que corresponda, ya que muchas de ellas son pertinentes a la intermediacion que se efectua en caso de una oferta publica. El objeto es velar por la observancia de las referidas disposiciones en beneficio de los inversionistas. Se aclara, asimismo, que cuando no existe intermediario, el ofertante debe cumplir con las obligaciones que la ley impone al intermediario, en cuanto resulten pertinentes.

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