Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (03/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 180905 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de diciembre de 1999 Artículo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente Resolución está supeditado a la opera- tividad de la embarcación pesquera y el pago anual por concepto de derechos de pesca que acredite la recurrente con la respectiva constancia. El incumplimiento del pago en el plazo y condiciones fijados será causal de suspensión o caducidad del derecho otorgado, según corresponda. Artículo 4º.- Las operaciones de pesca están sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulación y ordenamiento pesquero. Artículo 5º.- Incluir a la embarcación pesquera deno- minada "KIANA" en el literal B) del Anexo I de la Resolu- ción Ministerial Nº 500-98-PE. Artículo 6º.- Excluir del numeral 80 del Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE a la autorización de incremento de flota otorgada mediante Resolución Minis- terial Nº 315-97-PE modificada por la Resolución Ministe- rial Nº 424-98-PE. Artículo 7º.- Cancelar el permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera "NELLY" de matrí- cula Nº CE-10378-CM otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 239-97-PE/DNE de fecha 15 de diciembre de 1997. Artículo 8º.- Excluir a la embarcación pesquera "NE- LLY" del literal A) del Anexo I de la Resolución Ministe- rial Nº 500-98-PE y del Anexo III de la Resolución Minis- terial Nº 501-98-PE. Artículo 9º.- Reservar el derecho a solicitar autoriza- ción de incremento de flota a favor de AUSTRAL GROUP S.A., respecto a 00.47 m3 de carga efectiva de pescado. Artículo 10º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 15009 Autorizan y aprueban cambio de nom- bre de titulares de permisos de pesca para operar embarcaciones de bande- ra nacional RESOLUCION DIRECTORAL Nº 274-99-PE/DNE Lima, 30 de noviembre de 1999 Visto los expedientes con Registros Nºs. CE-00127003, CE-00128003, CE-00136001, CE-00137001 y CE-00063002, con escritos de fechas 23 de julio y 20 de agosto de 1999, presentados por la empresa CORPORACION PESQUE- RA INCA S.A. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que conforme al Artículo 90º del Texto Unico Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS, es facultad de la Administración aceptar los desistimientos formulados por los administrados, salvo que sea de interés público la continuación del proceso; Que por Resolución Ministerial Nº 140-95-PE de fecha 31 de marzo de 1995, se otorga permiso de pesca a plazo determinado entre otros a PESQUERA BUENA FORTU- NAS.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "FORTUNA" de matrícula Nº CE- 2415-PM, de 350 TM de capacidad de bodega, a fin de que ésta se dedique a la extracción de los recursos hidrobioló- gicos con destino al consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2" pulgada (13 mm.);Que con Resolución Ministerial Nº 490-95-PE de fecha 27 de setiembre de 1995, se otorga permiso de pesca a plazo determinado entre otros a ISAAC CHU GAMA- RRA, MARCELA CUADROS CUADROS y FERNANDO CHU CUADROS, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "MARAÑON 4" de Ma- trícula Nº CE-4023-PM, de 180 TM de capacidad de bodega, a fin que ésta se dedique a la extracción de los recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2" pulgada (13 mm.); Que por Resolución Ministerial Nº 417-97-PE de fecha 23 de setiembre de 1997, se otorga permiso de pesca a plazo determinado entre otros al señor ISAAC CHU GAMARRA y MARCELA CUADROS, para operar las embarcaciones pesquera de bandera nacional denominadas "FERNANDO 4" y "ANA VITALIA" de Matrículas Nºs. CE-3039-PM y CE- 3038-PM, de 203.52 m3 y 164.50 m3 de capacidad de bodega, respectivamente, en la extracción de los recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2" pulgadas (13 mm.); Que por Resolución Directoral Nº 012-99-PE/DNE de fecha 8 de enero de 1999, se otorga permiso de pesca a plazo determinado a PESQUERA JHEMMAREL S.R.Ltda., para operar la embarcación pesquera de ban- dera nacional denominada "PAPILON" de Matrícula Nº PS-4613-PM, de 138.93 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservación cajas con hielo, equipada con red de arrastre con longitud de malla en el copo de 110 mm, para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la línea de costa; Que a través de los escritos del visto la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A., solicita el cam- bio de nombre del titular de los permisos de pesca otorga- dos a las embarcaciones pesqueras denominadas "FOR- TUNA", "MARAÑON 4", "FERNANDO 4", ANA VITA- LIA" y "PAPILON" a su favor, así como el cambio de denominación de las embarcaciones pesqueras "FORTU- NA", "MARAÑON 4" y "FERNANDO 4" siendo sus nue- vos nombres "PACHACUTEC 7", "PACHACUTEC 2" y "PACHACUTEC 5", respectivamente y posteriormente, se desiste de dicha solicitud, en lo que se refiere a la embarcación pesquera "ANA VITALIA"; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados por la recurrente se concluye que ha cumpli- do con presentar los requisitos establecidos en el Procedi- miento Nº 3, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; por otro lado, el recurrente se desiste de su solicitud de cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesque- ra denominada "ANA VITALIA", de Matrícula Nº CE- 3038-PM, la misma que se encuentra siniestrada con pérdida total por lo que en aplicación del Artículo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, corresponde a la admi- nistración pronunciarse sobre este extremo; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43º literal c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los Artículos 47º y 138º de su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE y la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas a través del Decreto Supremo Nº 010-97-PE y el Artículo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de denominación de las embarcaciones pesqueras denominadas "FORTUNA", "MARAÑON 4" y "FERNANDO 4", siendo sus nombres a partir de la fecha "PACHACUTEC 7", "PACHACUTEC 2" y "PACHACUTEC 5", respectivamente. Artículo 2º.- Autorizar el cambio de nombre del titu- lar del permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional que se indican a continua- ción, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados: