Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 1999 (15/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 1999

Para la aplicacion de los limites a los financiamientos otorgados a favor de una misma persona establecidos en los articulos 206º al 209º y 211º de la Ley General, en el caso de instrumentos financieros derivados de moneda extranjera por cuenta propia solo se considerara hasta un MORDAZA de veinte por ciento (20%) de la suma de todos los saldos contables, en valor absoluto, correspondientes a posiciones deudoras y acreedoras en moneda extranjera, por cada una de las contrapartes, de acuerdo a la siguiente tabla:
Instrumentos Financieros Vencimiento Original Derivados de M.E. 0-30 dias 31-180 dias 181-360 dias Mas de 360 dias - Forwards (7207.02.01 y 7207.02.02) - Swaps (7207.02.03 y 7207.02.04 - Compra de Opciones (7207.02.05 y 7207.02.06)

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran asumidos integramente por la Empresa Cholguan - MORDAZA S.A., no significando gasto alguno al Estado. Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los servidores cuyos viajes se autorizan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 9251

5%

10%

15%

20%

CONASEV
Cancelan autorizaciones de funcionamiento de sociedades agentes de bolsa
RESOLUCION GERENCIAL Nº 001-99-EF/94.55 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 1999

2. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir del 1 de agosto de 1999, fecha a partir de la cual quedara sin efecto la Circular Nº 2041-99, F-382-99, CM-230-99, CR-100-99, EDPYME-046-99 del 9 de junio de 1999. Atentamente, MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 9265

VISTOS:

ADUANAS
Autorizan viaje de profesionales de ADUANAS a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000794 Callao, 9 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante documento CH-L.108/99, de fecha 21 de junio de 1999, la Empresa Cholguan - MORDAZA S.A., solicita a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, la presencia de funcionarios a fin de visitar su Fabrica matriz en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y proceder a observar el MORDAZA de elaboracion de los productos "Tableros de fibras", motivo de Clasificacion Arancelaria en la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera; Que, mediante Oficio Nº 644-99-ADUANAS, de fecha 25 de junio de 1999, ADUANAS comunica a la mencionada Empresa, la designacion de los senores CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesional Especialista en Aduanas III, de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera e Ing. Quim. MORDAZA PACSI MORDAZA, Profesional Especialista en Aduanas I, de la Intendencia de Aduana Maritima del Callao, para visitar dicha Planta Matriz en representacion de esta Institucion; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje en Comision de Servicios, de los citados servidores, del 4 al 7 de MORDAZA de 1999, de acuerdo al itinerario de viaje proporcionado por la Empresa Cholguan - MORDAZA S.A., cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos, seran asumidos por dicha entidad; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ambito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15, de fecha 31 de diciembre de 1998; y, En uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 168-99-EF de fecha 22 de MORDAZA de 1999 y de conformidad con el Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 00021 de fecha 13 de enero de 1997, que aprueban la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, el viaje en Comision de Servicios de los senores CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesional Especialista en Aduanas III, de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera e Ing. Quim. MORDAZA PACSI MORDAZA, Profesional Especialista en Aduanas I, de la Intendencia de Aduana Maritima del Callao, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA del 4 al 7 de MORDAZA de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

El Expediente Nº 1999/00206 iniciado por G&B MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A., asi como el Informe Nº 001-99-EF/ 94.55.1, presentado por la Subgerencia de Intermediarios, con la opinion favorable de la Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion CONASEV Nº 2-86-EF/94.10 de fecha 15 de enero de 1986 se autorizo el funcionamiento de Sociedad Corredora de Valores Godoy-Barclay S.A., quien modifico su denominacion social por MORDAZA & MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A. y posteriormente adopto la denominacion de G&B Sociedad Agente de Bolsa S.A.; Que, por Resolucion CONASEV Nº 032-94-EF/94.10 de fecha 1 de febrero de 1994 se autorizo el funcionamiento de MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A.; Que, por Resolucion CONASEV Nº 111-98-EF/94.10 de fecha 21 de MORDAZA de 1998 se autorizo la modificacion de estatutos de MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A. y G&B Sociedad Agente de Bolsa S.A., como consecuencia de la fusion realizada; Que, en Junta General de Accionistas celebrada el 24 de marzo de 1999, G&B MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A. acordo solicitar a esta Comision Nacional la cancelacion de su autorizacion de funcionamiento como sociedad agente de bolsa; Que, G&B MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A. ha satisfecho los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-98-EF; y, Estando a la delegacion conferidas a esta Gerencia de Intermediarios y Fondos mediante Acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta Institucion, reunido en sesion de fecha 06 de MORDAZA de 1999; a lo dispuesto en el inciso d) del Articulo 11º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; asi como a los Articulos 82º y 83º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 843-97EF/94.10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar la autorizacion de funcionamiento de G&B MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A., otorgada mediante Resolucion CONASEV Nº 2-86-EF/94.10 y Resolucion CONASEV Nº 032-94-EF/94.10. Articulo 2º.- La cancelacion dispuesta en el articulo precedente no exime a G&B MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A. del cumplimiento de las obligaciones contraidas en el MORDAZA con anterioridad a la cancelacion decretada, ni a sus directores o gerentes de la responsabilidad administrativa en que hubieren incurrido durante el funcionamiento de la referida sociedad agente de bolsa. Articulo 3º.- G&B MORDAZA Sociedad Agente de Bolsa S.A. debera entregar a CONASEV al dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion y bajo responsabilidad, mediante inventario, los valores depositados, asi como el dinero y/o los cheques pendientes de entrega de propiedad de sus comitentes. CONASEV designara a una sociedad agente de bolsa para que se encargue de la custodia de los mismos, asi como de los valores representados por anotaciones en cuenta que no hayan sido transferidos.

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