Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 1999 (20/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 1999

cios publicos a los que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticinco (25) clausulas y un (1) anexo que forman parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, IMPSAT S.A. debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente resolucion ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6501

Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, para que interponga la accion judicial a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion, debiendosele para tal efecto, remitir los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6504

Aprueban publicacion del Proyecto "Normas que establecen los requisitos y procedimiento para la inscripcion en el Registro de Comercializadores"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 211-99-MTC/15.03 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, las modificaciones al Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobadas por Decreto Supremo Nº 002-99-MTC, recogen la figura de la comercializacion, incorporada por los Lineamientos de Politicas de Apertura del MORDAZA de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, senalando que sera el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion el encargado de dictar las normas que establezcan los requisitos y procedimiento para la inscripcion en el Registro de Comercializadores; Que, en tal sentido el Ministerio ha elaborado un Proyecto denominado "Normas que establecen los Requisitos y Procedimiento para la inscripcion en el Registro de Comercializadores"; Que, atendiendo a la materia objeto de la regulacion, se considera conveniente y necesario disponer la publicacion del precitado proyecto en el Diario Oficial El Peruano, con lo cual se permitira recibir sugerencias o comentarios a este por parte de las personas interesadas fijandose un plazo para el efecto; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto denominado "Normas que establecen los requisitos y procedimiento para la inscripcion en el Registro de Comercializadores"; fijandose un plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion, dentro del cual las personas interesadas podran remitir, por escrito, sus comentarios a la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones (Av. 28 de MORDAZA Nº 800 - MORDAZA 1). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion NORMAS QUE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCION EN EL "REGISTRO DE COMERCIALIZADORES" 1. OBJETIVO Establecer el procedimiento para la inscripcion en el Registro de Comercializadores a ser aplicado por la Uni-

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a fin de impugnar resolucion expedida en MORDAZA administrativo seguido con empresa aerea ante INDECOPI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 192-99-MTC/15.02 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 0012-1999/TDCINDECOPI de fecha 15 de enero de 1999, notificada al Ministerio el 12-2-99, la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, ha resuelto confirmar la Resolucion Nº 02-1998-CAM-INDECOPI/EXP-000027 de fecha 6 de octubre de 1998 emitida por la Comision de Acceso al MORDAZA que declaro fundada la denuncia interpuesta por Aero Continente S.A. contra el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, considerando que ha operado el silencio administrativo positivo a favor de la denunciante consistente en la aprobacion del permiso para operar 21 frecuencias en el servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta Lima-Miami-Lima, y declarar que la actuacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion consistente en no expedir los instrumentos necesarios para que Aero Continente S.A. pueda hacer uso de ese permiso obtenido en aplicacion del silencio administrativo positivo, constituye una MORDAZA burocratica ilegal que impide el acceso de la denunciante en el MORDAZA que desarrolla su actividad empresarial, entre otros extremos; Que, resulta necesario impugnar judicialmente la citada resolucion, porque a traves del procedimiento administrativo seguido ante el INDECOPI, el Ministerio ha acreditado haber actuado con arreglo a ley y de ninguna manera haber impedido el acceso de la citada compania al MORDAZA aeronautico; Que, resulta pertinente dictar el acto administrativo correspondiente que autorice al Procurador Publico del Sector a interponer judicialmente la demanda contencioso administrativa para que se declare la invalidez de la mencionada resolucion; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862;

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