Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 1999 (20/05/1999)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 1999

conforme a sus facultades previstas por el Articulo ciento cincuenta y cuatro, numeral tres de la Constitucion Politica del Peru y la Ley numero veintiseis mil trescientos noventa y siete y las Leyes modificatorias numeros veintiseis mil novecientos treinta y tres y veintiseis mil novecientos setenta y tres, en lo que resultan aplicables; RESUELVE: Primero.- Declarar prescrita la accion disciplinaria a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez de Paz Letrado Provisional del MORDAZA Juzgado de Abancay, Distrito Judicial de MORDAZA, respecto a los hechos materia de este MORDAZA y en merito a las consideraciones legales expuestas en el cuerpo de la presente resolucion. Segundo.- Exhortar a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial para que en casos como el presente, aplique las facultades que le otorga la Disposicion Transitoria y Final Unica de la Ley numero veintisiete mil nueve. Tercero.- Disponer se anote lo resuelto en la presente resolucion en el Registro de Magistrados del Consejo. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA singular del Consejero Ab. MORDAZA MORDAZA Nunez, en el MORDAZA Disciplinario Nº 027-97-CNM seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez. Considerando: Primero.- Que, si es verdad que por tratarse de una queja de parte, con el tiempo transcurrido, podria estar prescrita en lo que se refiere a la inconducta de la denunciada; sin embargo, del MORDAZA aparece que a la misma procesada se le sigue por los mismos hechos la instruccion en la Sala Penal de Abancay, la instruccion numero seiscientos dos - noventa y seis (cero cinco - noventa y ocho), como lo manifiesta la misma denunciada. Segundo.- Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo treinta y uno de la Ley numero veintiseis mil trescientos noventa y siete y ahora el Articulo Primero de la Ley numero veintiseis mil novecientos setenta y tres, son causas de destitucion en el presente caso no solo la inconducta funcional de la denunciada, sino la comision de un delito con los hechos denunciados, y estando en tramite un MORDAZA penal; para resolver este MORDAZA en sus dos aspectos debe esperarse el resultado del MORDAZA penal como se ha hecho en otros procesos. Por lo que mi MORDAZA es por que debe reservarse la resolucion del presente MORDAZA hasta que termine la accion penal. - MORDAZA, cuatro de febrero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 6506

Que, mediante los documentos de vistos, este Organismo Superior de Control ha tomado conocimiento del MORDAZA penal que viene tramitandose contra el MORDAZA y otros funcionarios de la Municipalidad Provincial de Chincha, ante el Juzgado Penal de Chincha, Expediente Nº 433-97-JPCH, por los delitos de Abuso de Autoridad, Concusion, Peculado y Fe Publica, previstos y penados en los Articulos 376º, 382º, 384º, 387º y 427º del Codigo Penal en agravio del Estado; Que, en tal sentido se hace indispensable autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General, a fin de apersonarse al MORDAZA para que impulse las acciones pertinentes, en resguardo de los intereses publicos; Contando con la visacion de la Secretaria TecnicoJuridica y de Etica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 19º incisos e) y f) y Articulo 24º inciso h) del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y los Decretos Leyes numeros 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone e impulse las acciones legales pertinentes, remitiendosele los antecedentes del caso. Comuniquese, publiquese y registrese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 6572 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 055-99-CG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 VISTOS: el Memorando Nº 163-99-CGR-PPU, de la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 005-97CG de 13.ENE.97, el Organismo Superior de Control autorizo a la Municipalidad Distrital de Pucara, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA - la designacion directa, previo concurso, de una Sociedad de Auditoria para que efectue una auditoria de los periodos 1993 al 1995; Que, como resultado del concurso convocado fueron designadas las Sociedades de Auditoria "Contadores Auditores Consultores MORDAZA & Asociados S.Civil. R. Ltda." y "Auditores Contadores Sociedad Civil", de cuya labor de auditoria, segun la documentacion anexada al memorando de vistos, se determinaron observaciones que por su naturaleza han derivado en procesos penales Expedientes Nºs. 97-0047-PO2-JPU y 98-0019-21-0701JPU-, que vienen tramitandose contra autoridades de la Municipalidad Distrital de Pucara, por los delitos de Peculado, Concusion y otros, en agravio del Estado, cuyos autos se encuentran sustanciandose en la Sala Superior de Juliaca y en el Juzgado Especializado Mixto de Juliaca, respectivamente; Que, segun se advierte de la documentacion alcanzada, los hechos han sido revelados en Informes de Control, que tienen el caracter de prueba preconstituida, emitidos por las mencionadas Sociedades de Auditoria, y estan referidos a irregularidades cometidas en la administracion del patrimonio estatal, por cuya razon es necesario autorizar al Procurador Publico, encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General, a fin que se apersone a los aludidos procesos penales para que, en uso de sus atribuciones, adopte las acciones pertinentes en resguardo de los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs.

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador apersonarse en procesos judiciales seguidos contra funcionarios de las Municipalidades Provincial de Chincha y Distrital de Pucara por presunta comision de delitos
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 054-99-CG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 VISTOS; la Hoja Informativa Nº 08-99-CG/PPU de 11.MAY.99, emitida por la Procuraduria Publica.

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