Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 1999 (20/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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17537 y 17667, y el Articulo 24º inciso h), del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone a los procesos penales mencionados en la parte considerativa de la presente resolucion, asumiendo la defensa de los intereses publicos, en dichos procesos, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 6573

MORDAZA Nacional de Elecciones, acerca de la verificacion efectuada, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 6585

ONPE
Ubicacion de Organizaciones Politicas y Listas Independientes en la cedula de sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias
RESOLUCION JEFATURAL Nº 049-99-J/ONPE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 1999 VISTOS: Que, por Decreto Supremo Nº 004-99-PCM, el Presidente de la Republica convoco a Elecciones Municipales Complementarias de Alcaldes y Regidores, para el proximo MORDAZA 4 de MORDAZA de 1999. CONSIDERANDO:

JNE
Disponen que la ONPE realice comprobacion de firmas y numeracion de documentos de identidad de adherentes presentados por agrupacion politica
RESOLUCION Nº 740-99-JNE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 Visto, el expediente presentado con fecha 17 de MORDAZA del presente ano, organizado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la agrupacion independiente "Peru Ahora" (AIPA), solicitando la inscripcion de su representada en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 88º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; CONSIDERANDO: Que, de los informes de fecha 17 de MORDAZA de 1999, de la Oficina de Administracion Documentaria y de la Gerencia de Fiscalizacion e Informatica del MORDAZA Nacional de Elecciones, aparece que se ha verificado que el recurrente ha hecho entrega de 50,113 planillones y 108 disquetes (54 originales y 54 copias), que, segun afirma el recurrente, contiene 533,370 registros de adherentes; Que, conforme lo dispone el Articulo 91º de la ley acotada, debe remitirse los planillones y disquetes presentados por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la agrupacion independiente "Peru Ahora" (AIPA), a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para que realice la correspondiente verificacion, con presencia de los personeros de la citada agrupacion; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que la Oficina Nacional de Procesos Electorales realice en el plazo de diez MORDAZA la comprobacion de la autenticidad de las firmas y de la numeracion del documento de identidad de adherentes que presenta el personero de la agrupacion politica "Peru Ahora" (AIPA), de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 91º y 92º de la Ley Nº 26859. Articulo Segundo.- Remitir al efecto a la Oficina Nacional de Procesos Electorales los 50,113 planillones asi como los 54 disquetes originales conteniendo la relacion de firmas de adherentes presentados por la referida agrupacion independiente. Articulo Tercero.- Autorizar a los personeros de la agrupacion politica "Peru Ahora" (AIPA), a presenciar y vigilar el MORDAZA de verificacion referido en el Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales luego de haber dado cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolucion, debera elevar informe al

Que de conformidad a lo dispuesto por el Art. 165º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, el diseno y ubicacion de las candidaturas en la cedula de sufragio, deben publicarse y presentarse ante los personeros de Partidos Politicos, Organizaciones Politicas y Agrupaciones Independientes luego del cierre de las inscripciones; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 1999, tuvo lugar en acto publico el sorteo para la ubicacion de las Organizaciones Politicas y Listas Independientes en la cedula de sufragio, procediendo, conforme a ley en primer orden, a colocar en las anforas, bolos numerados del uno (01) al seis (06) para establecer la ubicacion de los Partidos Politicos inscritos a nivel nacional; procediendo seguidamente, a colocar en el anfora, bolos en numeros del uno (01) al veintinueve (29), es decir, tantos bolos como letras componen el alfabeto, para determinar el orden de ubicacion de las Listas Independientes en la cedula de sufragio a nivel nacional, en funcion de las letras iniciales de su denominacion, acto realizado con toda normalidad conforme se desprende del acta correspondiente, suscrita en representacion de ONPE por los senores: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la Jefatura Nacional, Sr. MORDAZA Cavassa Roncalla, Gerente de Gestion Electoral, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Informatica, Sr. MORDAZA MORDAZA Santander, en condicion de fiscalizador por el MORDAZA Nacional de Elecciones, en presencia de los personeros de las diferentes Agrupaciones Politicas, Listas Independientes y representantes de la prensa local; Que, en virtud de la atribucion conferida por la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; RESUELVE: Articulo Unico.- Considerar en la cedula de sufragio a nivel nacional, segun el orden que a continuacion se detalla, la ubicacion que obtuvieron por sorteo, las siguientes Organizaciones Politicas y Listas Independientes inscritas en las diferentes circunscripciones electorales en las que se encuentren aptas para participar en las proximas Elecciones Municipales Complementarias - 1999. PARTIDOS POLITICOS u ORGANIZACIONES POLITICAS Partido Peru Posible Movimiento Independiente Somos Peru (1) (2)

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