Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 1999 (20/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
Tarifa Primer Rango (0 a 30 m3) Tarifa MORDAZA Rango (31 a mas) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total

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= S/. 1.5100 por m3 = S/. 3.0400 por m3 = 30 m3 x S/. 1.5100 por m3 + 5 m3 x S/. 3.0400 por m3 = S/. 60.5000 = S/. 60.5000 x 0.45 = S/. 27.2250 = = = = = S/. 60.5000 S/. 27.2250 S/. 87.7250 S/. 15.7905 S/.103.5155

Por Promedio de diferencias de lectura, Se debera determinar el volumen total promedio, de acuerdo a lo senalado en el punto I.A.1.b del presente anexo. Luego se determinara el volumen de consumo a facturar por unidad de uso, dividiendo el volumen total promedio entre el numero de unidades de uso. La determinacion del volumen a facturar por cada unidad de uso se MORDAZA aplicando el procedimiento establecido en el punto I.A. del presente anexo. b) Predio o Inmueble cuya conexion no cuenta con medidor El volumen de consumo a facturar a cada unidad de uso, le correspondera la asignacion de consumo del menor Nivel A existente en la categoria a la que pertenece dicha unidad de uso. 3. Determinacion del Importe a Facturar Al volumen de consumo a facturar de cada unidad de uso, se le aplicaran las tarifas correspondientes a su respectiva Categoria y nivel, determinandose el importe a facturar por cada una de ellas. El importe total por conexion sera la suma de cada importe a facturar de cada unidad de uso, el mismo que se consignara en el respectivo comprobante de pago. 4. Definicion de Unidad de Uso Se considera unidades de uso a aquellas areas independientes en que se divide un predio o inmueble, y que cuentan con un punto de agua. La condicion de independencia estara dada por la inexistencia de acceso directo entre las unidades que constituyen el predio. Anexo Nº 4 MORDAZA MORDAZA S.A. Ejemplos de aplicacion para el calculo del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de MORDAZA 1. Usuarios con medidor Caso 1: Cuando el Consumo Medido es menor al Consumo Minimo:
Domestica A Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 20 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 12 m3 = 16 m3 = S/. 0.5000 por m3 = 16 m3 x S/. 0.5000 por m3 = S/. 8.0000 = S/. 8.0000 x 0.45 = S/. 3.6000 = = = = = S/. 8.0000 S/. 3.6000 S/. 11.6000 S/. 2.0880 S/. 13.6880

2. Usuarios sin medidor (Asignacion de Consumos) Unico Caso: Consumo Asignado en el Primer Rango de Consumo
Domestico A Consumo Asignado Tarifa Primer Rango (0 a 20 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 20 m3 mensuales = S/. 0.5000 por m3 = 20 m3 x S/. 0.5000 por m3 = S/. 10.0000 = S/. 10.00 x 0.45 = S/. 4.5000 = = = = = S/. 10.0000 S/. 4.5000 S/. 14.5000 S/. 2.6100 S/. 17.1100

6497 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 500-99-SUNASS MORDAZA, 17 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 68-99-SUNASS-IT/T que evalua la aplicacion de la Directiva de Reordenamiento Tarifario en la EPS EMAPA PASCO S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS, se aprobo la Directiva de Reordenamiento Tarifario que sera aplicada en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales para eliminar gradualmente las distorsiones contenidas en el sistema de facturacion que se ha venido empleando y poner en practica los principios del Sistema Tarifario establecidos por la Ley Nº 26338; Que, el informe de evaluacion emitido por la Intendencia de Tarifas de la SUNASS recomienda otorgar a EMAPA PASCO S.A. un tratamiento de excepcion que permita implementar un sistema de medicion de los servicios, a fin de elaborar una estructura tarifaria que permita alcanzar los objetivos del Reordenamiento Tarifario; Que, ante lo senalado en el considerando anterior, es posible una modificacion de la actual estructura tarifaria, a fin de preparar a la EPS hacia una nueva estructura tarifaria mas simple y transparente que permita cumplir con los objetivos del reordenamiento tarifario; motivo por el cual se plantea aprobar para la EPS EMAPA PASCO S.A., una estructura tarifaria modificada para el periodo 1999 - 2000, que aplica una tarifa unica con asignaciones de consumo para cada categoria de clasificacion de usuarios, y la aplicacion de un MORDAZA procedimiento para el calculo del importe a facturar; asi como otorgar un plazo para elaborar una nueva estructura tarifaria que permita alcanzar los objetivos del MORDAZA de reordenamiento tarifario; Que, la aplicacion de lo dispuesto en la presente resolucion no modifica las tarifas por metro cubico que viene aplicando la EPS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338 y sus respectivos reglamentos; SE RESUELVE:

Caso 2: Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo pero dentro del Primer Rango de Consumos:
Comercial I A Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 50 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 45 m3 = 40 m3 = S/. 1.5100 por m3 = 45 m3 x S/. 1.5100 por m3 = S/. 67.9500 = S/. 67.9500 x 0.45 = S/. 30.5775 = = = = = S/. 67.9500 S/. 30.5775 S/. 98.5275 S/. 17.7350 S/.116.2625

Caso 3: Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo pero esta en el MORDAZA Rango de Consumos:
Industrial III A Consumo Medido Consumo Minimo = 35 m3 = 24 m3

Articulo 1º.- Aprobar la Estructura Tarifaria y el Cuadro de Equivalencias de Asignaciones de Consumos

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