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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (22/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 178432 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, con fecha 13 de setiembre de 1999 se publicó la Resolución Ministerial Nº 133-99-TR, en la que se resuelve Oficializar la Jornada Nacional de Coordinación del Ministe- rio de Trabajo y Promoción Social, a llevarse a cabo en la ciudad de Huaraz los días 23, 24 y 25 de setiembre de 1999; Que, el nombre que corresponde al mencionado evento es el de I Encuentro Nacional de Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción Social como organismo rector de la Administración del Trabajo y de la Promoción y Previsión Social, tiene como finalidad la direc- ción, supervisión y evaluación de la política sociolaboral de los sectores de Trabajo y de Promoción Social, en función de la política general del Gobierno en coordinación con los Gobiernos Regionales; Que, la Ley Nº 26922, Ley Marco de Descentralización creó los Consejos Transitorios de Administración Regional en cada uno de los departamentos del país, cuyo objetivo es lograr adecuados niveles de coordinación de las entidades públicas de ámbito nacional con las instancias descentra- lizadas; Que, bajo este marco, el Ministerio de Trabajo y Pro- moción Social llevará a cabo un Encuentro Nacional, orientado a poner en valor la unificación de criterios, acciones y compromisos de consecución de metas y objeti- vos institucionales, teniendo como referente los linea- mientos de la Política General del Gobierno, cuyo eje central es la generación de empleo, la reducción de la pobreza extrema y el crecimiento estable; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Artículos 6º y 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción Social aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 012-93-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 133-99-TR, dándose carácter oficial al I Encuentro Nacional de Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social, a llevarse a cabo en la ciudad de Huaraz los días 23, 24 y 25 de setiembre de 1999, con la participación de funcionarios de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social. Artículo 2º.- La coordinación y dirección del evento estará a cargo de la Secretaría General. Las Dependencias de la Sede Central del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, en todos sus niveles, brindarán el apoyo necesario en el desarrollo del evento a que se refiere la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 12076 M T C Modifican Resolución Directoral que otorgó a empresa permiso de opera- ción de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 150-99-MTC/15.16 Lima, 23 de agosto de 1999 Vista la solicitud de la COMPAÑIA PANAMEÑA DE AVIACION S.A. "COPA", sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 057-98-MTC/ 15.16 del 12 de mayo de 1998, se otorgó a la COMPAÑIA PANAMEÑA DE AVIACION S.A. "COPA", de conformidad con la "Convención sobre Transporte Aéreo entre la Repúbli-ca de Panamá y la República del Perú" y el "Acta Final de la III Reunión de Consulta de Autoridades Aeronáuticas de las Repúblicas del Perú y Panamá", la Renovación y Modificación de su Permiso de Operación para prestar Servicio de Trans- porte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cinco (5) años; Que, la COMPAÑIA PANAMEÑA DE AVIACION S.A. "COPA", en el presente trámite de Modificación de Permi- so de Operación solicita la inclusión como parte de su material aeronáutico del equipo Boeing 737-700, en adi- ción al que tiene autorizado; habiendo cumplido con acre- ditar la capacidad técnica operacional y de aerona- vegabilidad según los términos del Memorándum Nº 209- 99-MTC/15.16.5.03 y Memorándum Nº 273-99-MTC/ 15.16.05.2 emitidos por la Subdirección de Operaciones y Subdirección de Material Aeronáutico de la Dirección de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáutico, respectiva- mente; Que, la COMPAÑIA PANAMEÑA DE AVIACION S.A. "COPA" cuenta con la designación correspondiente emitida por la Dirección de Aeronáutica Civil de la República de Panamá, para efectuar servicios de trans- porte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; De conformidad con la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Regla- mento; la Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 057-98-MTC/15.16, que otorgó a la COMPAÑIA PANAMEÑA DE AVIACION S.A. "COPA", Permiso de Ope- ración de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regu- lar de pasajeros, carga y correo, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 1º.- Otorgar a la COMPAÑIA PANAMEÑA DE AVIACION S.A. "COPA", de conformidad con la "Con- vención sobre Transporte Aéreo entre la República de Panamá y la República del Perú" y el "Acta Final de la III Reunión de Consulta de Autoridades Aeronáuticas de las Repúblicas del Perú y Panamá", la Renovación y Modifica- ción de Permiso de Operación por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING 737-200. - BOEING 737-700. RUTAS Y FRECUENCIAS: - PANAMA - LIMA - SANTIAGO DE CHILE y/o BUENOS AIRES y vv., con siete (7) frecuencias semanales y con derechos de tráfico de Tercera, Cuarta y Quinta Libertad del Aire, pudiendo omitir puntos más allá". Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Direc- toral Nº 057-98-MTC/15.16 del 12 de mayo de 1998, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aéreo 12054